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Documento BOE-A-2006-660

Resolución de 27 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se renuevan becas de posgrado del programa nacional de formación de profesorado universitario para 2006, de las convocatorias de 2001, 2002, 2003 y 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2006, páginas 1937 a 1958 (22 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-660

TEXTO ORIGINAL

Por resolución de 8 de septiembre de 2005 (BOE de 16 de septiembre), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron becas de posgrado en el marco del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario, estableciéndose en el apartado IV del anexo de la resolución, las previsiones de renovación de las becas concedidas al amparo de anteriores convocatorias. Examinada la propuesta elevada por la Comisión de Selección, nombrada por la Dirección General de Universidades según lo previsto en el punto IV.4.3 de la convocatoria, y de conformidad con el punto IV.5.1 de la misma, corresponde a la Dirección General de Universidades la renovación de las becas. Por todo ello y en aplicación de la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, he resuelto:

Primero.-Renovar las becas del Programa de Formación de Profesorado Universitario que se relacionan en el anexo, con efectos de 1 de enero de 2006 y por el periodo indicado en cada caso.

Segundo.-En los tablones de anuncios de la Dirección General de Universidades y en la página web http://www.univ.mec.es, quedarán expuestas las relaciones de solicitudes denegadas y de solicitudes pendientes de resolución por requerirse información adicional. En este caso y por la Subdirección General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado, se recabará la información adicional necesaria ya sea al becario, al director de la tesis, al departamento o a la universidad. Tercero.-La becas renovadas por esta resolución pasarán a regirse por la citada Resolución de 8 de septiembre de 2005, quedando los beneficiarios obligados a cumplir las normas establecidas en la misma. Cuarto.-El gasto resultante de las renovaciones será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463-A.781 de los Presupuestos Generales del Estado por importe máximo de 34.280.400,00 euros (treinta y cuatro millones doscientos ochenta mil cuatrocientos euros).

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 27 de diciembre de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE de 28 de enero), la Directora General de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad en Posgrado y Posdoctorado.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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