Visto el expediente de indulto de don Javier Alexandro Campo Azcarreta, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección cuarta, en sentencia de 20 de marzo de 2002, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años y un día de prisión y multa de 6.000 euros, con las accesorias de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 2006,
Vengo en indultar a don Javier Alexandro Campo Azcarreta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 7 de abril de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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