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Documento BOE-A-2006-8337

Resolución de 10 de abril de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el estudio informativo del proyecto de la «Línea ferroviaria de alta velocidad Madrid-Extremadura. Tramo: Mérida-Badajoz», de la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2006, páginas 18158 a 18163 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-8337

TEXTO ORIGINAL

1. Objeto, localización y justificación del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.-El estudio informativo tiene por objeto diseñar el trazado ferroviario de alta velocidad desde Mérida hasta Badajoz (de acuerdo con el Real Decreto 1191/2000, de 23 de julio, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de alta velocidad), formando parte del Programa de Infraestructuras Ferroviarias 2000-2007. Dicho trazado discurre por los términos municipales de Mérida, Esparragalejo, La Garrovilla, Torremayor, Montijo y Badajoz dentro de la provincia de Badajoz en la Comunidad Autónoma de Extremadura. El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento. 2. Tramitación de evaluación de impacto ambiental.-El proyecto está incluido en el Anexo I, Grupo 6 «Proyectos de infraestructuras», apartado b «Construcción de líneas de ferrocarril para tráfico de largo recorrido» de la Ley 6/2001 de Evaluación de Impacto Ambiental. La tramitación se inició con fecha 19 de abril de 2002, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente (DGCyEA) la memoria-resumen procedente de la Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento. A finales de junio de 2002 se inicia el trámite de consultas previas. Trascurrido el plazo, se trasladó a la Dirección General de Ferrocarriles, el 23 de septiembre de 2002, las respuestas a las consultas realizadas por la DGCyEA. El inicio del trámite de información pública del estudio informativo y estudio de impacto ambiental se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 18 de enero de 2003. Trascurrido el plazo de información pública, con fecha 16 de diciembre de 2003, tiene entrada en la DGCyEA el escrito de notificación procedente de la Dirección General de Ferrocarriles, en el que se adjunta la documentación generada en dicho trámite. Se han recibido alegaciones de 16 organismos en relación con el estudio de impacto ambiental. La DGCyEA solicita en oficio de 16 de mayo de 2005 a la Dirección General de Ferrocarriles información complementaria al estudio de impacto ambiental, la cual llega con fecha de 21 de octubre de 2005. En ese mismo oficio se solicita que se adjunte informe de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Extremadura para que se pronuncie sobre la afección de la infraestructura proyectada sobre la Red Natura. Dicho informe se recibe en la DGCyEA el 30 de enero de 2006. Con fecha 17 de marzo la Dirección General de Ferrocarriles envía un escrito en el que considera necesario acotar el alcance de la Declaración de Impacto Ambiental de modo que comprenda la línea entre los pp.kk. 10+000 y 49+200, y señala que el entronque de la línea con la ciudad de Badajoz se incluirá en el estudio informativo de la Conexión Ferroviaria de Alta Velocidad Madrid-Lisboa/Oporto. 3. Descripción del proyecto. Antecedentes.-El proyecto originalmente abarcaba una longitud total de 65,95 kilómetros y constaba de 2 partes fundamentalmente:

1. Línea directa de doble vía a Badajoz. Del p.k. 10+000 situado en las proximidades de la desembocadura del río Aljucén en el río Guadiana (a unos 6 km al oeste de Mérida) al p.k. 63+322 en la actual estación de Badajoz.

2. By-pass pasante por la estación actual de Mérida. Con inicio en la estación de Mérida en las cercanías del río Albarregas y final en la línea directa a Badajoz. Está compuesto por dos ejes de vía sencilla:

Eje 1. Sentido Mérida-Badajoz de 8,9 km de longitud.

Eje 2. Sentido Badajoz-Mérida de 3,7 km de longitud.

La Dirección General de Ferrocarriles consideró necesario extraer del presente proyecto los dos ejes pertenecientes al by-pass por la problemática que suponen con respecto al Patrimonio Cultural en el entorno de la ciudad de Mérida, así como limitar el proyecto de la línea directa hasta el p.k. 49+200, desde donde podría arrancar la futura variante de Badajoz.

Descripción técnica del proyecto definitivo: El trazado objeto de esta declaración tiene una longitud de aproximadamente 39 kilómetros. Los parámetros de trazado adoptados han sido los correspondientes a una línea de alta velocidad diseñada para circular a 300 km/h, con un radio mínimo en planta de 7.250 m, un ancho de vía de 1,435 m y una pendiente máxima de 25 mm/m. El proyecto consta de:

1. Línea directa de doble vía a Badajoz. Se inicia en el p.k. 10+000 en las cercanías de la carretera EX-209 y al oeste del río Aljucén y acaba en el p.k. 49+200.

2. PAET (Puesto de Adelantamiento y Estacionamiento de Trenes) entre los pp.kk. 29+060 y el 31+660. 3. Línea de alta tensión a 220 kV. 4. En cuanto a estructuras se prevén las siguientes:

Número puentes

Número pasos superiores

Número pasos inferiores

Número pérgolas

Número obras de drenaje

10

18

4

1

49

4. Factores ambientales relevantes del entorno del proyecto.-Los valores más relevantes del medio con los que interacciona el proyecto son los relativos a: Espacios naturales y fauna asociada: LIC ES4310017 «Río Aljucén Bajo». Hábitat ribereño constituido por fresnedas en su mayoría, alojando uno de los tres carrizales más importantes de Extremadura. Es utilizado como refugio y zona de alimentación por numerosas aves palustres y limícolas. Incluye como especie destacada, la nutria, entre otros taxones de la Directiva 92/43/CEE.

LIC ES4310032 «Ribera de los Limonetes-Nogales». Destaca una zona de importancia para la avifauna acuática y de humedales con varias especies de ictiofauna protegida y presencia de nutria. LIC ES4310062 «Laguna temporal de tres arroyos». Destaca una especie de planta acuática endémica. LIC ES4310059 «Río Gévora Bajo». Destacable por sus bosques de galería de fresnos, sauces y chopos. Lo más importante de esta zona sensible es su fauna piscícola, destacan la boga, calandino, pardilla, jarabugo, barbo comiza y colmilleja. También están presentes la nutria y el galápago leproso, especies catalogadas como de interés comunitario por la Directiva 92/43/CEE. ZEPA ES0000328 «Embalse de Montijo». El embalse, que retiene las aguas del Guadiana y del Aljucén en las proximidades de Mérida, presenta uno de los mejores carrizales y de las mejores colonias de ardéidas de Extremadura. Lugar de concentración como dormidero, zona de reproducción y de invernada de aves palustres como garza imperial, espátula, garcilla cangrejera, etc. ZEPA ES0000393 «Azud de Badajoz». Se encuentra formando parte del casco urbano de Badajoz. Es una balsa de agua que se forma por el remanso del azud situado en la zona de La Granadilla. Este espacio acoge ornitofauna acuática de importancia internacional según los criterios del Convenio Ramsar. Hay 24 taxones de la Directiva Aves, de los cuales 5 pertenecen al anexo I de la citada Directiva. Áreas Importantes para las Aves (IBAs). La IBA 288 «Mérida-Embalse de Montijo» abarca dentro de sus límites la ZEPA «Embalse de Montijo». Incluye también en su interior la ciudad de Mérida y destaca por tener una colonia de garzas, martinete común, garcilla bueyera, garceta común, cigüeña blanca y cernícalo primilla. La IBA 289 «Lácara-Monrante» con avutarda, buitre negro y buitre común. Y finalmente IBA 290 «Botoa-Villar del Rey» cuenta con la presencia de aves esteparias. Áreas de Interés Ambiental por Planeamiento Urbanístico. De las 6 áreas de interés existentes en las cercanías de la traza, solo se afecta directamente la de Torremayor (área de especial protección y área de protección ambiental). Áreas de Gran Importancia Ambiental. Hay dos la «Desembocadura del río Aljucén» (con especies como la espátula, garza imperial, avetorillo común, garcilla cangrejera, calamón y águila pescadora) y el «Entorno del puente sobre el río Guadiana en Talavera La Real», con presencia de garza imperial y avetorillo común. Otras zonas de interés natural. El «Tramo piscícola del río Guadiana» tiene una zona ciprinícola destacada según su categoría de amenaza del «Libro Rojo de los Vertebrados de España». Las especies más destacables son sábalo, anguila, barbo comiza y espinoso por ser vulnerables y barbo cabecicorto y pardilla por ser especies raras y endémicas.

Vegetación y usos del suelo. Regadíos: La zona se compone de cultivos de secano y sobre todo de regadío en un entorno muy trasformado. Al norte del canal de Montijo se localizan superficies de dehesas de encinas (Quercus rotundifolia) con matorral (jara, tomillo, retama), pastizal (gramíneas), labor intensiva o extensiva (cultivos de trigo, cebada y avena). También hay manchas aisladas de alcornocales (Quercus suber). Las zonas humanizadas cercanas a los dos grandes núcleos (Mérida y Badajoz) están rodeadas de olivares, viñedos, frutales, chopos y eucaliptos. A lo largo del Guadiana hay plantaciones de eucaliptos y restos de vegetación de ribera. En el ámbito cercano al trazado predominan los cultivos de regadío (en su mayoría herbáceos).

Patrimonio cultural: Vías pecuarias. En el entorno del proyecto existen 8 vías pecuarias, destacando la Cañada Real de Sta. María, Araya y Badajoz, y la Cañada Real de Sancha Brava. Patrimonio histórico-arqueológico. Existen cerca de 400 yacimientos catalogados en las Cartas Arqueológicas de los ayuntamientos implicados en el ámbito de estudio (puentes romanos, obras hidráulicas, recintos funerarios, poblados, calzadas, etc.). Su nivel de protección viene detallado por el Plan Especial del Conjunto Histórico-Arqueológico de Mérida (PECHAM) y la Revisión del Plan General del Conjunto Histórico Arqueológico. El estudio de impacto ambiental utiliza la información de estudios arqueológicos de otros proyectos previos de la empresa ARQUEPEC S.L. En la documentación se clasifica la zona abarcada por el trazado y su banda de influencia en zonas de actuación según el PECHAM y se les asigna niveles de protección. 5. Tratamiento del análisis de alternativas. Selección de alternativa.-En la memoria resumen del proyecto se definen dos corredores, entre Mérida y Badajoz, a escala 1:50.000:

El primero, MB-01, sigue la dirección este a oeste y engloba al canal de Montijo, la vía de ferrocarril actual y la carretera EX-209.

El segundo, MB-02, sigue la misma dirección y sentido que el anterior, pero se sitúa más cercano al río Guadiana.

El estudio de impacto ambiental, una vez recibidas las contestaciones al trámite de consultas previas, elige que la traza discurra por el corredor MB-01 por aproximarse más a la línea de ferrocarril existente y a su vez alejarse del río Guadiana.

El estudio informativo adjunta un análisis multicriterio de las diferentes alternativas a escala 1:20.000. Se comparan las alternativas posibles (numeradas de la 1 a la 5), descartando las más desfavorables teniendo en cuenta los conceptos de trazado, tiempos de recorrido, geología, geotécnia, hidrología, drenaje, túneles, viaductos, localización de estaciones, impacto ambiental y presupuesto. A la vista de los resultados, opta por la alternativa 2, que se define como alternativa de trazado a escala 1: 5.000. Esta solución discurre casi en su totalidad, excepto en la proximidad de Mérida, al Norte y paralela a la carretera Ex -209. Para la línea eléctrica se presentan 2 alternativas (acometida 1 y acometida 2) que discurren paralelas separándose entre ellas una distancia entre 0 y 1 km. El pasillo seleccionado finalmente es el que ocupa la acometida 2, por ser la opción que menos afecciones genera, ya que discurre paralela a la carretera BA-9031. La nueva acometida de 220 kV discurre en diagonal al sur del trazado de la línea de alta velocidad, entronca con la línea de 220 kV existente a unos 11 kilómetros, al sur del trazado, aproximadamente a la altura del p.k. 41+000 (ver croquis adjunto a la presente Declaración). 6. Consultas previas.-La relación de organismos consultados es la siguiente:

Relación de Consultados

Respuestas recibidas

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

F.A.T.

Confederación Hidrográfica del Guadiana.

X

Greenpeace.

Delegación del Gobierno en Extremadura.

S.E.O.

X

Subdelegación del Gobierno en Badajoz.

Sociedad Conservación Vertebrados (SCV).

RENFE.

X

Asociación para Defensa de la Naturaleza y Recursos de Extremadura (ADENEX).

Dirección General de Estructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

CASE.

Dirección General de Infraestructura de la Consejería de Obras Públicas y Turismo de la Junta de Extremadura.

Fondo Patrimonio Natural de Europa.

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

X

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura.

X

Ayuntamiento de Mérida (Badajoz).

Diputación Provincial de Badajoz.

Ayuntamiento de Esparragalejo (Badajoz).

Instituto Geológico y Minero de España.

Ayuntamiento de La Garrovilla (Badajoz).

Cátedra de Botánica de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Extremadura.

Ayuntamiento de Torremayor (Badajoz).

D. Juan Gil Montes.

Ayuntamiento de Montijo (Badajoz).

Instituto Universitario de Estudios de Desarrollo Regional.

Ayuntamiento de Puebla de la Calzada (Badajoz).

X

A.D.E.N.A.

Ayuntamiento de Talavera la Real (Badajoz).

X

Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG).

Ayuntamiento de Badajoz.

X

Ecologistas en Acción.

X

Asociación por el Mundo Salvaje (AMUS).

Un resumen de las principales sugerencias a tener en cuenta en el estudio de impacto ambiental obtenidas en las respuestas recibidas es el siguiente: Afección a espacios protegidos y taxones de la Directiva Hábitats. Las infraestructuras lineales podrían afectar a las zonas sensibles y espacios naturales del entorno de actuación (río Gévora Bajo, río Lácara, la desembocadura del río Aljucén, etc.).

Afecciones al patrimonio cultural. Posibles afecciones debidas al movimiento tierras y tránsito de maquinaria en la ciudad de Mérida, la cual alberga en su casco urbano varios conjuntos patrimoniales, de entre los que destaca el arqueológico, declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en el año 1993. Efecto barrera. Las opciones de trazado podrían suponer una barrera física y ecológica debido a que las zonas por donde se proyecta el trazado constituyen un ecotono del Guadiana (transición entre terrenos adehesados y las terrazas fluviales) o bien atraviesan Áreas de Importancia para las Aves (IBAs) y Lugares de Importancia Comunitaria. Afección a la fauna. Se atraviesa la IBA 288 (Mérida-Embalse de Montijo). Se necesitan estudios de campo que determinen la localización de las aves de la IBA, en el que se localicen las poblaciones de aves más sensibles, sus periodos reproductivos, lugares de nidificación, alimentación y cría, etc. Sugieren tener muy en cuenta las poblaciones de águilas, buitres y avutarda. Afección a la hidrología. Posibilidad de afección a los cauces interceptados por la línea ferroviaria. Caso de producirse, requerirán una restitución a su estado previo, así como la aplicación de medidas preventivas y correctoras. 7. Principales alegaciones durante la información pública.-El estudio informativo y estudio de impacto ambiental de la línea ferroviaria de alta velocidad en el tramo Mérida-Badajoz fue sometido al trámite de información pública en el Boletín Oficial del Estado de 18 de enero de 2003. Se recibieron alegaciones de 16 organismos. A continuación se resumen las más destacadas, así como los participantes y las respuestas del promotor:

La Garrovilla, Esparragalejo, Montijo y Torremayor recogen los siguientes aspectos: Efecto barrera de los terraplenes. Se pide que los caballones que superen la altura de 12 m sean sustituidos por viaductos, túneles, falsos túneles, nuevos pasos trasversales y superiores, etc. para evitar el aislamiento del territorio.

Protección de espacios protegidos y especies de fauna o vegetación de interés. Solicitan el jalonamiento de las comunidades vegetales singulares durante el replanteo, un estudio de las zonas de exclusión de instalaciones auxiliares de obra, incluir en el estudio la ubicación de las balsas de decantación y retención de materiales y contaminantes. Piden la prohibición de ruidos en periodo de cría y nidificación de avifauna, así como la adecuación de cerramientos y dispositivos de escape para la fauna. Se solicitan también un plan de gestión de tierra vegetal y un plan de prevención de incendios. Afección a cultivos. Requieren que se tenga en cuenta la afección a las acequias, balsas de riego, etc. de las zonas de regadío. Afección al medio socioeconómico y cultural. Se solicita un estudio acústico en aquellas zonas donde el trazado pase a menos de 300 m de núcleos urbanos para estudiar la ubicación de más pantallas acústicas de las previstas en el informe del estudio. Se solicita también un estudio arqueológico in situ. Respuesta del promotor: La línea no supone una nueva barrera física, ya que no implica un ensanchamiento del actual pasillo ferroviario. Se consideran los caminos de servicio para uso público, pasos inferiores, los pasos a nivel que garantizan la permeabilidad trasversal, etc. con las características adecuadas a detallar en el proyecto constructivo.

El ayuntamiento de Mérida solicita que se prolongue la línea directa, en doble vía electrificada, con ancho internacional, hasta la ciudad de Mérida y que se construya una estación de tren de alta velocidad junto a la autovía. Que se acepte la propuesta de Red Arterial Ferroviaria para Mérida que proponen y que se inicien los estudios necesarios que posibiliten su ejecución.

Afección a importantes monumentos romanos y restos arqueológicos como son el Puente sobre la Vía de La Plata y el Acueducto de los Milagros. Respuesta del promotor: Las actuaciones que propone el ayuntamiento no son objeto del estudio. El estudio no incluye ninguna modificación en la red de ancho ibérico. La solución se encaja en la actual plataforma ferroviaria que dispone de grandes anchuras, por lo que no se afectará a ningún bien patrimonial ni se necesitan expropiaciones. Se definirán todas las medidas necesarias para evitar la afección a dichos restos durante el periodo de obras. Se evitan con el diseño de la traza el puente romano de la Vía de la Plata sobre el río Albarregas y el acueducto de los Milagros.

Desde Ecologistas en Acción consideran que el corredor MB-01 supone una barrera infranqueable. Finalmente detallan las medidas preventivas y correctoras indispensables como el trasplante de ejemplares de vegetación, reposición de pasos, integración paisajística, etc.

Respuesta del promotor: Se ha tenido en cuenta el impacto de diversas alternativas a lo largo de los dos corredores definidos y se concluye que la mejor alternativa es la adoptada por su destacado menor efecto barrera y su menor afección a vegetación, usos del suelo, biotopos, etc. En relación con la minimización de afecciones sobre diferentes factores del medio se han analizado y valorado las medidas preventivas y correctoras necesarias en el estudio de impacto ambiental.

8. Integración del proceso de evaluación. Impactos y medidas correctoras.-Analizados los elementos que se han puesto en juego en el proceso de evaluación ambiental, para lo que se ha tenido en cuenta el estudio de impacto ambiental, redactado con los criterios y valoraciones expresadas por el promotor, las alegaciones realizadas durante la consulta pública, la información complementaria requerida del promotor, así como los informes de la Junta de Extremadura, se determinan a continuación los elementos clave del proceso:

1. Afección a espacios protegidos y taxones de vegetación de la Directiva Hábitats.-El trazado comienza unos 200 m a la derecha del LIC «Río Aljucén Bajo» a la altura de la confluencia del río Aljucén con el río Guadiana. Discurre durante una longitud aproximada de 2 kilómetros bordeando el Embalse de Montijo en su lado más septentrional.

Este eje ferroviario no atraviesa ningún hábitat de interés comunitario recogido en la Directiva 92/43/CEE. Pero cabe reseñar, por estar citados en el Río Aljucén Bajo, dos especies de narciso, como taxones del anexo II de la citada Directiva, y la existencia de poblaciones de la orquídea Serapias perez-chiscanoi «en peligro de extinción» según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo de 2001). La nueva acometida de 220 kV discurre en paralelo al sur del trazado de la línea atravesando el LIC «Ribera de los Limonetes-Nogales», en el entorno del LIC «Laguna temporal de tres arroyos» hasta llegar a Badajoz cruzando la ZEPA «Azud de Badajoz». En cuanto a hábitats de interés comunitario cabe destacar, por estar en el entorno de la línea eléctrica a construir, tres de ellos no prioritarios. Estos son las dehesas perennifolias de Quercus ssp. de código UE 6310, galerías ribereñas termomediterráneas y del sudeste de la península ibérica, formadas por tamujos, adelfas, atarfes de código UE 92D0, y bosques de fresnos con Fraxinus angustifolia de código 91B0. En esta misma zona existe también cartografiado un hábitat prioritario de interés comunitario de código 6220 de Poo bulbosae + trifolietum subterranei. Se contemplan una serie de recomendaciones de buenas prácticas ambientales para la prevención de impactos en la fase de obras y medidas correctoras de integración de la actuación para la fase de construcción. En relación con la protección de la vegetación el promotor asume que en aquellos lugares en los que existan hábitats protegidos por la Directiva 92/43/CEE, así como en las teselas de vegetación identificadas se evitará la ubicación de instalaciones de obra, préstamos, vertederos, etc. Con el fin de minimizar la superficie alterada se replantearán y señalizarán los límites de las zonas de actuación. Previo al inicio de las obras se instalarán protecciones en los ejemplares arbóreos o grupos de ellos de especies de elevada edad, gran porte y buen estado sanitario que corran riesgo por su proximidad a la obra, en la totalidad del trazado. El tránsito de maquinaria en la zona circundante al embalse de Montijo se restringirá al margen noroeste del trazado. Es decir, se ajustará estrictamente desde los márgenes de su plataforma hacia el norte, no pudiendo realizarse movimientos de la franja de ocupación de este eje hacia el sur. La afección del trazado en la zona susceptible de albergar orquidáceas del Aljucén Bajo se valora en el estudio de impacto ambiental como severa para un taxón de efectivos poco numerosos. Por tanto, el promotor considera necesario adoptar medidas correctoras y realizar un estudio específico de dichas poblaciones. El estudio sobre la distribución de esta orquidiácea «en peligro de extinción» lo realizará una entidad especializada en la materia e independiente al promotor. Además, se contará con un experto botánico a pie de obra que controle las afecciones por el movimiento de maquinaria, depósito de materiales, etc., durante la realización de los trabajos en la zona cartografiada como susceptible de albergar esta especie. En función de los resultados del estudio, el promotor considera la posibilidad de realizar ajustes en el trazado hacia el oeste para evitar la afección a este endemismo del valle del Guadiana, a su paso por la provincia de Badajoz. Como medida precautoria sería conveniente que, a priori, el tránsito de maquinaria, en esta zona del principio del trazado, se restrinja al área que estrictamente ocupa la traza y sus caminos auxiliares. La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura solicita la translocación de ejemplares de orquídeas, que vayan a ser afectados, así como su replantación en parcelas donde tengan asegurada su conservación. La instalación de los apoyos de la línea eléctrica cuenta con una serie de acciones preventivas y correctoras específicas. El promotor se compromete a seguir medidas cautelares siguiendo códigos de buenas prácticas en las zonas de cultivo. También asume la sobre-elevación de los apoyos en las zonas del hábitat de encinar y alcornocal que atraviesa, así como en las masas forestales de pinar y eucaliptal, de forma que las copas queden suficientemente superadas sin necesidad de cortar ningún ejemplar. En caso de que sea necesaria la corta de ejemplares se realizará de forma selectiva, procediendo a la rehabilitación de los daños efectuados sobre las propiedades durante la ejecución de los trabajos, o indemnizando económicamente según acuerdos con los dueños o gestores del monte. En zonas de elevada pendiente se utilizarán apoyos con patas desiguales que se adapten al terreno sin necesidad de realizar movimientos de tierra o explanaciones de importancia. En aquellos casos que se prevean daños sobre la vegetación, las primeras fases del tendido se realizarán de forma manual, vigilando en todos los casos que se utilicen métodos que no dañen la vegetación arbórea. Antes de la obra se realizará también un plan de prevención y extinción de incendios de acuerdo a la normativa estatal y autonómica. 2. Afecciones al patrimonio cultural.-De los cerca de 400 yacimientos catalogados en las Cartas Arqueológicas, sólo 64 se cartografían. Debido a esta insuficiente información se solicita documentación adicional al respecto. En dicha documentación se adjunta informe técnico, con fecha de 23 de agosto de 2005, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura en el que se pronuncia sobre los yacimientos afectados en el entorno de Mérida. En consecuencia exige con carácter previo a la ejecución del proyecto la determinación en extensión de la afección a los restos arqueológicos durante el primer desbroce de la traza y su posterior excavación integral, además del estudio y documentación de los bienes inmuebles localizados durante el proceso de excavación. En concreto especifica que, con objeto de evaluar de forma concreta el grado de afección al Patrimonio Arqueológico, tanto del ya conocido como del no detectado, el estudio definitivo deberá incluir:

a) Con carácter previo a la ejecución del proyecto: Prospección arqueológica intensiva por técnicos especializados en toda la traza. El equipo encargado de realizar este trabajo deberá contar con los especialistas exigidos y supervisados por la Dirección General de Patrimonio. Del informe emitido a raíz de estas intervenciones la Dirección General de Patrimonio determinará las medidas correctoras pertinentes que establecerán la conservación de los restos como criterio básico.

Respecto al trazado de la Calzada romana de la Plata, incoada como Bien de Interés Cultural, como del resto de calzadas romanas que pudieran detectarse, se actuará en todo momento teniendo en cuenta que tanto su recorrido como sus parámetros físicos (construcción, estructura, anchura de trazado, etc.) deberán ser respetados en su integridad. b) Durante la fase de ejecución del proyecto: Control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural que conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico se hará extensivo a todas las obras de construcción, instalaciones auxiliares, redes de abastecimiento, desbroces, replantes, saneamientos, trazados de colectores, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural. Se proyecta la reposición de los tramos de vías pecuarias, que se vean interrumpidos por el trazado y el mantenimiento del paso por ellos durante la fase de obras. Se seguirán las indicaciones de la Ley 3/1995 de 23 de marzo de Vías Pecuarias, y el Decreto 49/2000 de 8 de marzo por el que se establece el Reglamento de Vías Pecuarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En general, los criterios para la reposición de las vías pecuarias afectadas serán los siguientes:

Realización del paso correspondiente a la reposición del trazado de la vía pecuaria en el mismo punto en que dicha vía pecuaria queda interceptada o lo más próximo a él.

Los pasos serán específicos para el tránsito ganadero y estarán adaptados al efecto. Se dará la amplitud (anchura y gálibo) suficientes para el tránsito ganadero.

3. Efecto barrera.-Las opciones de trazado podrían suponer una barrera física y ecológica. Para paliar este impacto se proyectan para los 39,2 km de trazado objeto de esta declaración los siguientes pasos de fauna:

Ocho obras de drenaje de 2×2,25 m en los pp.kk. 13+9, 15+8, 25+9, 29+4, 29+6, 34+4, 39+2, 49+0, y 2 de 4×4 en los pp.kk. 16+6, 25+0, acondicionadas para el paso de fauna.

Los puentes sobre los ríos Lacarón, Lácara, Alcazaba, Guerrero, sobre el Canal de Montijo y sobre acequias. Tratamiento de pasos inferiores para caminos, poco transitados por vehículos, que puedan ser transitados por vertebrados poco recelosos a la presencia humana.

Se adecuarán y sobredimensionarán como pasos de fauna todas aquellas obras de fábrica proyectadas que sean necesarias para cumplir las siguientes premisas:

Para grandes mamíferos: 1 paso de fauna al menos cada kilómetro (en las áreas de sensibilidad faunística y corredores faunísticos).

Para micromamíferos: 1 paso de fauna cada 3 kilómetros (a lo largo de todo el recorrido) como mínimo. Con carácter general deberá existir un paso amplio (de 7×3 m, o pasos superiores de al menos 7 m de anchura siempre que sean caminos o carreteras locales) apto para la fauna al menos cada 3 kilómetros.

Dichos pasos de fauna se adecuarán igualmente para que sean atractivos para los animales y cumplan su función, para ello se asumen una serie de recomendaciones basadas en estudios del CEDEX (Centro de Estudios Experimentales de Obras Públicas) del tipo dimensionamiento adecuado a la fauna que vaya a utilizarlos, revegetación de las embocaduras, tipos de materiales apropiados, rampas y paredes rugosas, pasarelas internas que salven el drenaje, etc. Además, se coordinará el diseño y ubicación de dichas obras de fábrica y puentes con la instalación del cerramiento longitudinal de la nueva infraestructura, que a su vez deberá ser continuo y servir para dirigir la fauna hacia los pasos diseñados.

El acceso y la adecuación de los pasos de fauna además, tendrá un seguimiento específico para verificar que la vegetación prospera, no se producen descarnes o acumulaciones de tierra que dificulten los recorridos de fauna y que, en definitiva, son utilizados por la fauna de forma efectiva. 4. Afecciones a la fauna.-A fin de prevenir los impactos sobre la fauna se recoge que se respetarán las condiciones naturales de los cauces atravesados por la traza, de manera que puedan actuar como pasos de fauna naturales, además se evitará la ubicación de préstamos, vertederos, instalaciones auxiliares y parques de maquinaria en el interior de las zonas de los espacios protegidos, y se reducirá el tiempo de estancia en la zona, se realizarán los caminos de acceso imprescindibles y se reducirá al máximo la franja de actuación. Como medida de protección a la avifauna por circulación de maquinaria y creación de accesos (ruidos y vibraciones), se asumen periodos de reposo de las obras según la proximidad a zonas de avifauna. Por ello y para paliar los efectos de la afección a los valores faunísticos que motivaron la declaración de las zonas sensibles que atraviesa el trazado, y en especial, la ZEPA «Embalse de Montijo» y LIC «Río Aljucén Bajo», se especifican los periodos de reproducción y nidificación. Los periodos de reposo se marcan dependiendo de si son zonas de avutardas (febrero a julio), de rapaces de gran porte o protegidas en el contexto autonómico (marzo a julio), de cigüeña blanca (finales de marzo a principios de julio) o de ardéidas (marzo a julio). En resumen el promotor asume que el periodo global de parada de las obras más ruidosas, desbroces, movimientos de tierras y voladuras deberá respetar el abarcado desde el 1 de febrero hasta el 31 de julio. Además del estudio sobre las orquídeas ubicadas en la desembocadura del río Aljucén, descrito anteriormente, el estudio de impacto ambiental, recoge también que, por tratarse de una de las zonas más importantes de concentración de aves y de los mejores carrizales de Extremadura, habría que hacer un estudio más detallado de fauna y vegetación para el control de las afecciones. En función de los resultados de dicho estudio, el estudio de impacto ambiental asume la posibilidad de reajustar el trazado en torno del río Aljucén. Además, el proyecto constructivo incluirá un estudio acústico y de vibraciones, de calidad, de acuerdo con la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y el Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. El promotor se compromete a realizar dicho estudio, en el que incluirán las medidas de protección necesarias para alcanzar los objetivos de calidad que se señalen, prestando especial atención a las mencionadas zonas sensibles de la Red Natura 2000 a las que afectan la línea y otras vías de comunicación de la zona. Las medidas de protección anti-ruido quedarán instaladas previamente a la emisión del acta de recepción de la obra. El Plan de Vigilancia Ambiental incorporará campañas de mediciones durante la fase de explotación para comprobar la efectividad de las medidas mitigadoras realizadas. Las pantallas acústicas y el vallado que se instale en el trazado deberán llevar una señalización que permita su localización visual y evite la colisión y muerte por impacto de aves en vuelo. A su vez no se emplearán materiales que dañen a la avifauna de porte medio o grande por enganche. Se implantarán terraplenes rugosos y escapes de fauna en el vallado para favorecer que, los individuos que accidentalmente hayan accedido, puedan salir con facilidad. Las afecciones de la línea eléctrica e instalaciones asociadas se centran en la posible colisión de las aves con el cable de tierra. Consideran que el riesgo de electrocución no es significativo porque la separación de los conductores es de 3,5 m y no es probable la existencia de ejemplares que alcancen esa envergadura. Las líneas eléctricas seguirán lo establecido en el Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura. El promotor recoge como medidas de protección de la avifauna frente a los choques y electrocuciones con la catenaria y tendido eléctrico una serie de medidas entre las que destacan las medidas de seguridad en transformadores, aisladores, apoyos, etc. y el compromiso de instalar salvapájaros cada 8 m en la totalidad de la línea eléctrica. El promotor recoge también, como posible medida de protección adicional, la instalación en puntos concretos del perímetro del trazado de lugares acondicionados con una vegetación específica y elementos adecuados para la anidación de avifauna. Estos acondicionamientos o mejoras del hábitat se harán de manera coordinada con la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. 5. Afección a la hidrología.-Durante la construcción de los puentes se prestará especial atención a la no afección a los cursos de agua existentes, tanto a la calidad como a la cantidad de agua que trasportan, así como a la vegetación y cultivos asociados. El proyecto contempla el compromiso de no rectificar, ni canalizar ningún curso natural de agua. Además, los puentes y las obras de paso sobre los cauces se realizarán de forma que los estribos queden al menos a 5 metros de la vegetación de ribera, a ambos lados del cauce, cumpliendo el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, sin perjuicio de lo establecido para la protección de la vegetación de ribera. Siempre que sea técnicamente viable se colocarán las pilas fuera de los cauces. Igualmente adoptará las medidas necesarias para minimizar al máximo el arrastre de partículas por escorrentía que puedan alcanzar los cursos de agua. Además se verificará la correcta gestión y manejo de los residuos generados en obra. 6. Otras afecciones:

Movimiento de tierras. Ubicación de préstamos, vertederos e instalaciones auxiliares. Zonas de exclusión y valoración ambiental.-Tras detallar que se necesitarán 400.000 m3 de tierras de préstamo y se generarán 1.400.000 m3 de sobrantes, se concreta la ubicación de los 6 vertederos de tierras sobrantes que se van a generar durante la obra de la línea de alta velocidad según pp.kk. del trazado, la superficie ocupada y la capacidad de almacenamiento. Además, zonifican el territorio circundante a la actuación en 3 tipos de áreas: zonas excluidas (de importancia por albergar hábitats, especies de flora y/o fauna amenazada, espacios naturales protegidos y cauces), zonas restringidas (terrenos de cultivo) en la que se pueden localizar instalaciones de carácter temporal restituyendo posteriormente sus condiciones originales, y zonas admisibles (vertederos, canteras abandonadas, zonas degradadas).

Todos los lugares destinados a vertedero serán zonas de bajo valor ambiental caracterizadas por ausencia de vegetación arbórea y ausencia de cursos de agua. Se contemplan medidas de integración paisajística entre las que cabe destacar la concordancia de las formas y color con el entorno, y favorecer su revegetación. Igualmente, se proyecta la utilización de canteras abiertas y autorizadas en la actualidad que cuenten con un plan de restauración aprobado y con respecto a las graveras y zonas de préstamo en general se seguirán una serie de indicaciones que incluyen entre otras la integración visual de las mismas en el paisaje, el modelado adecuado con el entorno y labores necesarias para su posterior colonización por vegetación. Estudios de ruido y vibraciones.-Tras realizar una simulación de los niveles sonoros que se alcanzarán en la zona del trazado, se contempla como medida correctora la instalación de pantallas acústicas para minimizar el efecto del ruido provocado por el paso de los trenes en los núcleos urbanos. Para el trazado objeto de esta declaración (entre los pp.kk. 10+000 y 49+200), estas pantallas se localizarán en las siguientes zonas:

pp.kk. 16+000 a 16+700 (La Garrovilla).

pp.kk. 27+000 a 28+900 (Montijo).

El proyecto constructivo incluirá un estudio acústico y de vibraciones de calidad, de acuerdo a lo exigido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y el Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. El promotor se compromete a realizar dicho estudio incluyendo las medidas de protección necesarias para alcanzar los objetivos de calidad que se señalen, prestando especial atención a las zonas sensibles de la Red Natura 2000 a las que afectan de manera conjunta la línea de alta velocidad y otras vías de comunicación en la zona entre los pp.kk. 10+000 al 13+000. El diseño de dichas medidas (pantallas antirruido fundamentalmente) considerará su adecuación estética y paisajística.

Además de en los tramos mencionados anteriormente, este estudio sobre acústica y vibración incluirá y detallará la afección a las siguientes poblaciones situadas en las proximidades del trazado, entre los siguientes pp.kk:

p.k. 34+500-p.k. 35+300 (Guadiana del Caudillo a unos 50 m).

p.k. 40+200-p.k. 40+900 (Pueblo Nuevo del Guadiana a unos 300 m). p.k. 47+100-p.k. 47+700 (Novelda del Guadiana a unos 200 m).

En función de los resultados obtenidos se instalarán las medidas correctoras necesarias en coordinación con los ayuntamientos de las poblaciones afectadas. 9. Especificaciones para el seguimiento.-Se incluye un plan de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental, así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observase que se superan los impactos previstos o si son insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas. El programa de vigilancia ambiental contempla tanto la fase de construcción como de explotación. Los controles más destacados son:

Verificar el correcto desarrollo de las labores de mantenimiento previstas para las áreas restauradas (parques de maquinaria, taludes, vertederos, caminos de acceso, vías pecuarias, etc.). Se controlarán los riesgos, reposición de marras, desarrollo de la vegetación, cobertura y calidad de las superficies sembradas. Se elaborarán informes periódicos, informando en caso de tener que tomar medidas urgentes.

Estudio detallado de la afección sobre la zona de orquídeas en peligro de extinción, el área de concentración de aves y carrizal de la desembocadura del río Aljucén. Verificar el modelo acústico y de vibraciones del proyecto de construcción y del programa de vigilancia ambiental. Durante la fase de explotación, incluirá campañas de medición de los niveles sonoros, teniendo en cuenta las zonas sensibles (núcleos urbanos, y zonas de importancia para la fauna), a partir de la cual se elaborará un informe técnico. Este estudio incluirá un análisis comparativo de los datos reales obtenidos y las previsiones estudiadas. Seguimiento exhaustivo de los cuidados, precauciones, dispositivos de defensa, y operaciones de restauración del cauce y sus riberas, de manera que se aseguren las condiciones (biológicas, calidad de las aguas, morfología, etc.) originales de flujo. Se comprobará que las obras de drenaje son las adecuadas en su cometido de desagüe. Se realizará con periodicidad el mantenimiento y limpieza de drenes y desagües, al objeto de conservarlos en perfecto estado y evitar así posibles riesgos de contención e inundación. Se realizará un seguimiento de la permeabilidad de la vía para la población, la fauna para ver si efectivamente los pasos diseñados conectan de manera eficiente el territorio. Se controlará la mortalidad por electrocución y colisión de la avifauna en los tendidos eléctricos y en la catenaria. Asimismo, se examinará la efectividad del cerramiento a lo largo del trazado, verificando que reduce la mortalidad por atropello. Además de los sondeos arqueológicos previos al inicio de las obras, durante las mismas se llevará a cabo un control exhaustivo del movimiento de tierras a lo largo de todo el trazado y, en especial, en las zonas cercanas a los yacimientos inventariados en la prospección realizada. En el supuesto de que sea necesaria la realización de actuaciones arqueológicas de segunda fase, se informará periódicamente a la Dirección de Obra del desarrollo e incidencias de los trabajos arqueológicos hasta su finalización. Se propondrán, asimismo, las medidas que pudieran considerarse necesarias como consecuencia del desarrollo de los trabajos arqueológicos. De los resultados del programa de vigilancia ambiental se emitirán informes que quedarán a disposición de las autoridades competentes que lo soliciten y se inferirá en su caso, la necesidad de completar las medidas mitigadoras mencionadas y la totalidad de las recogidas en el estudio de impacto ambiental e información complementaria.

10. Conclusión.-Analizada la documentación del expediente, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 7 de abril de 2006, formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto de «Línea Ferroviaria de Alta Velocidad Madrid-Extremadura. Tramo Mérida-Badajoz», concluyendo que el trazado constituido por la alternativa 2, propuesta por el promotor, es favorable según los conceptos de trazado, geología, geotecnia, hidrología, drenaje, túneles, puentes, localización de estaciones, e impacto ambiental. En la alternativa propuesta no se observan impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, como así confirma en su informe la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y complementarias propuestas en el estudio de impacto ambiental, en la información adicional, en el escrito remitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura y en la presente Declaración.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio de Evaluación de Impacto Ambiental, y se comunica a la Dirección General de Ferrocarriles para su incorporación en el proceso de aprobación del proyecto.

Madrid, 10 de abril de 2006.-El Secretario General, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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