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Documento BOE-A-2006-9147

Resolución de 16 de marzo de 2006, de la Secretaría General de Energía, por la que se certifica un captador solar plano, marca Helioakmi, modelo ST2000, fabricado por Helioakmi Solar Energy Sistems, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 25 de mayo de 2006, páginas 19694 a 19695 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-9147

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría General de Energía la solicitud presentada por Helioakmi Solar Energy Sistems, S.A. con domicilio social en Nea Zoi, 19300 Aspropyrgos, Attiki (Grecia) para la certificación de un captador solar plano, fabricado por Helioakmi Solar Energy Sistems, S.A., en su instalación industrial ubicada en Grecia. Resultando que por el interesado se ha presentado el dictamen técnico emitido por el laboratorio de captadores solares del Centro Nacional de Energías Renovables (CENER), con clave 30.0109.1-1. Habiendo presentado certificado en el que la entidad RWTÜV Systems GmbH confirma que Helioakmi Solar Energy Sistems, S.A. cumple los requisitos de la norma ISO 9001:2000. Resultando que se ha presentado certificado expedido por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) en el que se considera que los certificados emitidos por la entidad RWTÜV Systems GmbH aportan el mismo nivel de confianza que los emitidos por entidades de certificación acreditadas por ENAC. Por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1.980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares. Esta Secretaría General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-3706, y con fecha de caducidad el día 16 de marzo de 2009, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 16 de marzo de 2009. Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: Helioakmi.

Modelo: ST 2000. Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Pintura negra. Superficie de apertura: 1,80 m2. Superficie de absorbente: 1,82 m2.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de marzo de 2006.-El Secretario General, Antonio Joaquín Fernández Segura.

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