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Documento BOE-A-2007-12341

Resolución de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico de El Losar del Barco (Ávila).

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 22 de junio de 2007, páginas 27120 a 27123 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-12341

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado c) del grupo 9, del anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de impacto ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo a formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.-El promotor del proyecto es la empresa Energía y Desarrollo, S. A. (EYDESA), y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Duero.

La finalidad del proyecto, es el aprovechamiento para la producción de energía eléctrica del río Tormes, en el término municipal de El Losar del Barco en la provincia de Ávila. Los principales elementos que componen el proyecto de minicentral fluyente propuesto son:

Azud ya existente que deberá ser recuperado, con una altura aproximada de 1 m, generando una superficie de inundación de 100 m de ancho por 250 m de largo. Se realizarán otras actuaciones tales como construcción de escala de peces y zona de compuertas.

Canal de derivación situado en la margen izquierda del río, utilizará el trazado de un canal de riego existente, ampliándose y desplazándose por necesidades del proyecto. Tendrá unos 525 m de longitud, una sección rectangular de 5 m de base por 2 m de calado y deberá transportar un caudal de 19 m3/s. Se instalarán 4 pasos, colocados cada 100 m para posibilitar su cruce. La central de planta rectangular de 8 × 8,5 m y ubicada en la margen izquierda del río. Se realizará con una arquitectura similar a las edificaciones de la zona. Albergará todos los equipos electromecánicos. Los parámetros de la instalación son:

Caudal máx. y mín.: 19 y 4 m3/seg.

Salto neto: 6,10 m. Potencia máxima: 995 kW.

Para el acceso a la central se utilizará una pista ya existente.

Canal de restitución de unos 10 m de longitud, con escollera para evitar erosiones al río. Línea eléctrica de evacuación partirá desde la central hasta la red de distribución existente, será de 15 kV, de unos 700 m de longitud y enterrada. 2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-Hidrografía: La actuación se pretende realizar en el río Tormes, afluente del Duero por la margen izquierda que nace en Fuente Tormella y cuyo caudal se incrementa con la aportación de numerosos arroyos procedentes de la cercana Sierra de Gredos. Espacios naturales protegidos y de interés: La zona donde se pretende desarrollar la actuación se encuentra dentro del LIC «Riberas del río Tormes y afluentes» (ES4150085), zona caracterizada por albergar tanto hábitats naturales, como a numerosa fauna y flora protegidos. En cuanto a los Hábitats Naturales de Interés Comunitario recogidos en la Directiva 92/43/CEE, en la zona de estudio se encuentran:

91E0: Bosques aluviales residuales de «Alnus glutinosa» y «Fraxinus excelsior» («Alno-Padion», «Alnion incanae», «Salicion albae»). Hábitat prioritario.

91B0: Bosques de fresnos con «Fraxinus angustifolia». 92A0: Bosques galería de «Salix alba» y «Populus alba». 3260: Vegetación flotante de ranúnculos de los ríos de zonas premontañosas y de planicies. 6420: Prados mediterráneos de hierbas altas y juncos («Molinion-Holoschoenion»).

Cercana a la zona de actuación, se encuentra la IBA n.º 67 «Sierras de Gredos y Candelario», rica en avifauna protegida, con mención especial para rapaces forestales y rupícolas.

Vegetación: De entre la vegetación existente, hay que destacar la presencia de dos especies: «Veronica micrantha» y «Festuca elegans», que requieren protección estricta según la Directiva 92/43/CEE. En la zona de construcción de la central aparece una vegetación arbórea y, sobre todo arbustiva. Las comunidades del robledal se disponen formando pequeños bosquetes de robles medianos, como acompañantes del robledal aparecen solitarios o en pequeñas manchas: durillos (Viburnum tinus), madroños (Arbutus unedo), arces (Acer monspessulanum), olivillas (Phyllirea angustifolia) y ruscos (Ruscus aculeatus). En el curso superior del río aparecen restos de robledal de quejigo (Quercus faginea) mezclados con algunos ejemplares de rebollo o de encina en la ladera norte. La vegetación de ribera está formada por fresnedas, alisedas y las saucedas. En general aparecen matorrales de distintas especies de sauce (Salix s.p.), además hay presencia de almez (Celtis australis) que forma pequeñas manchas boscosas en las gargantas y recodos más resguardados. Fauna: Existen especies que requieren protección estricta según la Directiva 92/43/CEE, tales como: nutria (Lutra lutra), sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi), galápago europeo (Emys orbicularis) y galápago leproso (Mauremys leprosa). Entre las especies ictícolas destacan el barbo común (Barbus bocagei), la boga (Chondrostoma polylepis), la bermejuela (Chondrostoma arcasii), el cachuelo (Leuciscus pyrenaicus), la bermejuela (Rutilus arcasii), el calandino (Tropidophoxinellus alburnoides), y la lamprehuela o colmilleja (Cobitis maroccana). También se cita la presencia de moluscos náyades (Anodonta, Unio, Potamida litoralis) Dentro de los anfibios de la zona, destacan el sapo común (Bufo bufo), el sapo corredor (Bufo calamita), el sapo partero común (Alytes obstetricans), la ranita de San Antón (Hyla arborea) y el tritón ibérico (Triturus boscai). Los principales reptiles existentes son lución (Anguis fragilis), culebra lisa meridional (Coronella girondica), culebra de escalera (Elaphe scalaris), salamanquesa común (Tarentola mauritánica), lagartija colirroja (Acanthodactilus erythrurus), lagartija ibérica (Podarcis hispanica), lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi), lagartija serrana (Lacerta monticola) y lagartija colilarga (Psammodromus algirus). Respecto a la avifauna destacamos entre otras, especies protegidas tales como: azor común (Accipiter gentiles), mito (Aegithalos caudatus), cogujada montesina (Galerida theklae), martín pescador (Alcedo athis), vencejo real (Apus melba), mirlo acuático (Cinclus cinclus), águila culebrera (Circaetus gallicus), cernícalo primilla (Falco naummani), buitre leonado (Gyps fulvus), alimoche común (Neophron percnopterus), golondrina daúrica (Hirundo daurica) y avión roquero (Ptynoprogne rupestres Medio sociocultural: El río se viene utilizando para la toma de agua para uso domestico; para baño y recreo en varias represas situadas en diferentes zonas del río; para captaciones de agua para el riego de cultivos y para la pesca deportiva, existiendo un coto de salmónidos aguas abajo de la localización del proyecto. 3. Resumen del proceso de evaluación.

A) Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial.-La tramitación se inició el 22 de diciembre de 1999 con la entrada de la memoria-resumen.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.-Con fecha 21 de marzo de 2000, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental realizó consultas previas sobre el proyecto, a los siguientes organismos e instituciones:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio Medio Ambiente

-

Confederación Hidrográfica del Duero

-

Secretaría General. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Castilla y León

X

Diputación Provincial de Ávila

X

Subdelegación de Gobierno en Ávila

-

Instituto Técnológico Geominero de España

-

A.D.E.N.A.

-

A.E.D.E.N.A.T.

-

C.O.A.G.

-

Ecologistas en Acción

-

F.A.T.

-

S.E.O.

-

Colectivo Cantueso

-

Gabinete de Estudios Biológicos y Ambientales

-

Gredos Verde

-

Ayuntamiento de El Losar del Barco (Ávila)

-

Los aspectos ambientales más relevantes de las contestaciones recibidas son:

El estudio de impacto ambiental deberá incluir un estudio hidrológico, que contemple el cálculo del caudal medio anual y mensual y una justificación del caudal a detraer. Se calcularán caudales mínimos a respetar en cada mes y en períodos de freza, incubación, alevinaje y crecimiento de las comunidades piscícolas existentes.

Se justificará el diseño de la escala de peces, indicando su ubicación, así como la potencia disipada por unidad de volumen. Se estimará un caudal circulante por la escala que haga posible el paso por ella de la piscifauna de este tramo de río, estableciendo los mecanismos para garantizarlo. También deberá garantizarse un caudal de llamada. Se establecerán mecanismos limitadores de la toma del caudal de aprovechamiento hidroeléctrico. Instalación de limnígrafos para control del caudal de turbinación y garantía del caudal ecológico. Estudio y análisis de afecciones a fauna acuícola, piscícola y no piscícola, que pueblan el río Tormes. Determinación de la fragilidad y peculiaridad genética de las especies. Repercusiones del proyecto aguas arriba: turbidez; alteración en la calidad de las aguas; efecto barrera. Repercusiones del proyecto aguas abajo: alteraciones macrobentónicas; disminución de biomasa y diversidad; arrastre de alevines. Estudio real de afecciones al medio socioeconómico de la zona de actuación: tomas existentes para abastecimiento, concesiones de riego u otros usos, vertidos realizados, presencia de obstáculos y actividades recreativas. Analizar afecciones y proponer medidas correctoras en relación al coto de salmónidos AV-2 «El Lanchar». Realización de un plan de vigilancia ambiental, que incluya: mantenimiento de instalaciones y parámetros de obra; instalación de limnígrafos para el control del caudal de turbinación y garantía del caudal ecológico; análisis periódicos de calidad de las aguas embalsadas. Se considera imprescindible la realización de un estudio de los efectos sinérgicos sobre el ecosistema acuático del río Tormes de los aprovechamientos «La Higuerilla», «Molino de Navamorisca» y «Navamorisca».

c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.-El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor el 21 de noviembre de 2000, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que se deberán incluir en el estudio de impacto ambiental. B) Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado.-La Confederación Hidrográfica del Duero sometió conjuntamente el proyecto y su estudio de impacto ambiental al trámite de información pública, durante un periodo de treinta días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, con fecha 24 de febrero de 2004.

Durante el proceso de información pública se presentaron 2 alegaciones pertenecientes al Ayuntamiento de El Losar del Barco y a la Comunidad de Regantes de la Regadera Nueva. Del contenido de las mismas cabe destacar lo siguiente:

En el estudio de impacto, hay una mala definición de las obras e instalaciones proyectadas, lo que conlleva que no se puede conocer lugar exacto de la toma, su nivel, ni que fincas se verán afectadas. No se conocen los puntos exactos donde se instalarán los pasos y protecciones sobre el canal pretendido. Es necesario corregir las irregularidades citadas, para conocer con detalle el proyecto de aprovechamiento.

El promotor no considera que exista tal indefinición.

Durante la ejecución del proyecto, se deberán evitar perjuicios directos o indirectos sobre cualquier elemento propiedad de la Comunidad de Regantes Regadera Nueva de El Losar del Barco de Ávila.

El promotor sobre este tema, indica que el azud de los regantes no se verá afectado, y que el canal de riego actual se modificará en unos 100 m de longitud. C) Fase previa a la declaración de impacto ambiental.

Con fecha 21 de marzo de 2005, la Confederación Hidrográfica del Duero remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, que comprende el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública; también remite informe propio donde hacía entre otras, las siguientes consideraciones al estudio de impacto ambiental y a las alegaciones presentadas: El proyecto se encuentra ubicado dentro del LIC «Riberas del río Tormes y afluentes» (ES4150085), por ello es necesario evaluar si el proyecto afectará o no de forma apreciable los valores del citado LIC. En el estudio de impacto ambiental del proyecto, no se han analizado los efectos sinérgicos con otros aprovechamientos existentes o proyectados. Pone de manifiesto, la existencia en la zona de estudio, de nutria y de buenas poblaciones de piscifauna incluidas en el anexo II de la Directiva de Hábitats.

Hay que destacar la presencia de los siguientes hábitats incluidos en el anexo I de la Directiva de Hábitats, el último de los cuales además es prioritario: 3260 Vegetación flotante de ranúnculos; 6420 Prados mediterráneos de hierbas altas y juncos; 91B0 Bosques de fresnos; 92 A0 Bosques de galería de «Salix alba» y «Populus alba» y 91E0 Bosques aluviales residuales. En el estudio de impacto ambiental, no se han evaluado correctamente los efectos del proyecto sobre los citados hábitats y su posible afectación no ha sido cuantificada. El mayor impacto de la minicentral sobre fauna de la zona, viene por el efecto barrera que se producirá. La disminución de caudal en el tramo del río, puede provocar la desaparición de zonas lóticas, pudiéndose reducir el hábitat de determinados estadíos de desarrollo de los peces y en particular la disponibilidad de frezaderos.

a) Información complementaria solicitada por el Órgano Ambiental.-La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, mediante escrito de 27 de diciembre de 2005, solicitó del promotor el envío de información complementaria sobre aspectos que no habían sido suficientemente analizados en el estudio de impacto ambiental presentado, destacando entre otros:

Ampliar y completar información sobre las actuaciones a realizar, parámetros de obra, ubicación exacta y dimensiones de las instalaciones, incluyendo también la línea eléctrica de evacuación.

Medidas correctoras y protectoras complementarias, que mitiguen afecciones sobre los valores naturales del LIC «Riberas del río Tormes y afluentes» (ES4150085) y la numerosa flora y fauna protegida, existente en la zona de actuación. Estudio de los efectos sinérgicos de esta minicentral, con otras ya existentes o proyectadas en zonas próximas del mismo río.

El promotor, mediante escrito recibido el 8 de mayo de 2006, remite la documentación complementaria solicitada, donde se pretende dar contestación a la problemática ambiental planteada.

b) Consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental.-Para recabar información de las posibles afecciones del proyecto, sobre espacios de Red Natura 2000 y otros valores naturales, se solicitó informe a la Dirección General para la Biodiversidad, recibiéndose contestación el 1 de marzo de 2007. En él se indica que:

El proyecto se ubica en su totalidad dentro de Red Natura 2000, en concreto en el LIC «Riberas del río Tormes y afluentes». Este espacio debe su designación, por albergar entre otros valores naturales, a 5 tipos de hábitats naturales incluidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE, uno de los cuales está catalogado además como prioritario. Se encuentran también presentes en esta zona, varios taxones de fauna y flora protegidos en virtud de la ya citada Directiva, algunos de los cuales precisan de protección estricta. En esta última situación, se encontrarían especies animales como la nutria, el sapillo pintojo y los galápagos leproso y europeo, y especies vegetales tales como «Verónica micrantha» y «Festuca elegans».

Dada la existencia de otros aprovechamientos hidroeléctricos en zonas próximas a la de actuación, con la ejecución de este proyecto se podrían ocasionar impactos acumulativos sobre este espacio protegido. Por todo ello se estima, que el proyecto de aprovechamiento puede tener repercusiones significativas sobre el LIC «Riberas del río Tormes y afluentes» y considera que la mejor medida de protección sería su no ejecución.

4. Integración de la evaluación.

a) Impactos significativos de la alternativa elegida, y medidas preventivas y correctoras previstas por el Promotor.-Afecciones sobre el LIC «Riberas del Tormes y afluentes» y los Hábitats Naturales de Interés Comunitario Con la ejecución del proyecto se podrían afectar varios hábitats naturales de interés comunitario, con mención especial para el hábitat prioritario 91E0: Bosques aluviales residuales de «Alnus glutinosa» y «Fraxinus excelsior» (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae). En el estudio presentado no se han valorado suficientemente los impactos.

El promotor indica que la superficie afectada del LIC, es muy escasa si se compara con su superficie total. De igual manera considera suficientes, las medidas protectoras y correctoras ya expuestas en el estudio de impacto ambiental del proyecto. Menciona que no se afecta ningún hábitat prioritario en la zona de actuación. Afección a la fauna:

Nutria (Lutra lutra), sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi), galápago europeo (Emys orbicularis) y galápago leproso (Mauremys leprosa), especies incluidas en los anexos II y IV de la Directiva 92/43/CEE, sensibles a la actividad humana y a alteraciones en el curso del río.

En la zona existen especies de piscícolas tales como trucha, barbo, boga y cacho, cuyos ciclos biológicos pueden verse afectados con la ejecución del proyecto. Moluscos náyades (Anodonta, Unio, Potamida littoralis), los cuales requieren de aguas limpias para su preservación.

Avifauna protegida presente en la zona de actuación y en sus proximidades: El promotor presenta, como medidas protectoras el mantenimiento de un caudal ecológico, la creación de refugios y frezaderos, y la construcción de una escala de peces. Si el proyecto elimina las especies bentonitas existentes en el río, el promotor indica que repoblará con ejemplares de esas especies. La línea eléctrica de evacuación será enterrada.

Afección a la vegetación de ribera: Las alisedas representan el principal refugio de la avifauna y permiten la vida de otros muchos vertebrados. Su restauración goza de la declaración de interés publico en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/1992 de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de la Regulación de la Pesca en Castilla y León. Se producirá la deforestación y degradación de la vegetación ubicada en la zona de actuación, pero además, la disminución de caudal afectará no sólo a la persistencia de la vegetación de ribera, sino también a su fijación en las orillas y márgenes. Todo ello podría ocasionar, la eliminación de los refugios y nichos ecológicos de especies piscícolas y terrestres. El promotor para disminuir este impacto, propone la revegetación con especies arbóreas o arbustivas típicas de la zona afectada. En taludes sin suelo orgánico o con excesiva inclinación, se llevará acabo la siembra de gramíneas. Afecciones sobre el medio fluvial por sinergia con los aprovechamientos de «La Higuerilla» y «Navamorisca». La acumulación de aprovechamientos en este tramo del río Tormes, puede ocasionar impactos acumulativos y/o sinérgicos sobre el LIC «Riberas del río Tormes y afluentes» perteneciente a Red Natura. El promotor considera suficiente, la existencia de tramos de remanso y descanso intercalados entre los aprovechamientos para mantener el régimen natural del río.

b) Valoración del Órgano ambiental sobre la idoneidad de las medidas previstas por el Promotor para la corrección o compensación del impacto.-Tras el análisis de la documentación que obra el expediente, a pesar de las medidas y controles propuestos por el promotor, se considera la existencia de potenciales impactos adversos significativos sobre el LIC «Riberas del Tormes y afluentes»; los Hábitats Naturales de Interés Comunitario, entre ellos el hábitat prioritario 91E0: «Bosques aluviales residuales (Alnion glutinoso-incanae)»; las especies animales y vegetales que requiere protección estricta según la Directiva 92/43/CEE, tales como: Nutria (Lutra lutra), sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi), galápago europeo (Emys orbicularis) y galápago leproso (Mauremys leprosa), «Veronica micrantha» y «Festuca elegans»; sobre el medio fluvial y su naturalidad por la acumulación de proyectos. Por todo lo expuesto, se considera que la ejecución del proyecto es incompatible con el mantenimiento de las condiciones ecológicas actuales de la zona de actuación.

Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 18 de mayo de 2007, formula una declaración de impacto ambiental en sentido negativo para el proyecto «Aprovechamiento hidroeléctrico de El Losar del Barco (Ávila)», concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y considerándose que las medidas previstas por el promotor no son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación.

Lo que se hace público y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Duero para su incorporación al procedimiento sustantivo del proyecto, de conformidad con el referido artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 21 de mayo de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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