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Documento BOE-A-2007-13906

Resolución de 18 de junio de 2007, de la Dirección General de Seguridad Industrial y Consumo de la Consejería de Empresa, Universidad y Ciencia, por la que se otorga autorización de modelo para su uso e instalación en la red de transformadores de medida de tensión e intensidad, en media tensión, de la marca F.T.M., modelos CTY-24, CTY-24/U, CTAS-1 y CTAS-2, fabricados por Fabbrica Trasformatori di Misura, S.R.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2007, páginas 31348 a 31348 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2007-13906

TEXTO ORIGINAL

Vista la memoria técnica aportada firmada por facultativo competente y visada por el correspondiente colegio profesional, los informes de ensayos n.º 200309330435 para el modelo CTY-24 aplicando la norma UNE 60044, n.º 200410330471 para el modelo CTY-24/U, n.º 200507330416 y n.º 200401330005 para el modelo CTAS-1, n.º2000507330417 y n.º200309330436 para el modelo CTAS-2 emitidos por el Laboratorio Central Oficial de Electrotécnia, los certificados de ensayo n.º 6649/01 y 6649/02 para esos mismos modelos expedidos por el Instituto de Tecnología Eléctrica todos ellos justificando la conformidad con la correspondiente norma UNE-EN y el certificado suscrito por CISQ/IMQ-CSQ con número 9101.FTRF que garantiza la implantación y mantenimiento de un Sistema de Gestión de la Calidad en el diseño y la producción de transformadores de media y baja tensión en la factoría de F.T.M. Fabbrica Trasformatori di Misura, srl, ubicada en la dirección anteriormente indicada, conforme a la norma ISO 9001. Considerando el Real Decreto 385/2002, de 26 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Puntos de Medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, y en particular su artículo 8. Considerando cumplidos los trámites preceptivos, en virtud de las competencias otorgadas por el Decreto 184/2004, de 1 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, esta Dirección General Seguridad Industrial y Consumo, resuelve:

Único.-Otorgar autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida, en media tensión, marca F.T.M. siguientes: Transformador de tensión, Modelo: CTY-24. Tensión nominal primaria: 22000/√-3.

Tensión nominal secundaria: 110/√-3. Instalación interior Tensión de aislamiento: 24 kV. Factor de tensión nominal: 1,9/8 h. Clases de precisión y cargas máximas: 0,2 (15 VA); 0,5 (25 VA); 1 (100 VA); 3P (200 VA) Dimensiones geométricas exteriores: 355x300x200 mm.

Transformador de tensión, Modelo: CTY-24/U.

Tensión nominal primaria: 22000/√-3.

Tensión nominal secundaria: 110/√-3. Instalación interior Tensión de aislamiento: 24 kV. Factor de tensión nominal: 1,9/8 h. Clases de precisión y cargas máximas: 0,2 (15 VA); 0,5 (25 VA); 1 (100 VA); 3P (200 VA). Dimensiones geométricas exteriores: 320x300x200 mm.

Transformador de intensidad Modelo: CTAS-1.

Un único secundario.

Corriente nominal primaria: hasta 300 A. Corriente nominal secundaria: 5 A. Tensión de referencia para el aislamiento: 24 kV. Factor de tensión nominal: 1,9/8 h. Clases de precisión y cargas máximas: 0,2 (15 VA); 0,5S (25 VA); 5P10 (10-15 VA).

Transformador de intensidad Modelo: CTAS-2.

Dos secundarios.

Corriente nominal primaria: hasta 300 A. Corriente nominal secundaria: 5 A. Tensión de referencia para el aislamiento: 24 kV. Factor de tensión nominal: 1,9/8 h. Clases de precisión y cargas máximas: 0,2 (15 VA); 0,5S (25 VA); 5P10 (10-15 VA).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo del Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, la presente autorización tiene plena validez en todo el territorio del Estado, estando sometida a las siguientes condiciones:

Primera.-Los equipos de medida objeto de este acto administrativo que vayan a integrarse en el sistema de medidas del Sistema Eléctrico Nacional incluidos en el campo de aplicación del Real Decreto 2018/1997, de 26 de diciembre, se corresponderán íntegramente con la documentación presentada para la obtención de esta autorización. Si se produjese cualquier modificación en relación con aquélla, será necesario obtener, previamente a su instalación y uso en la red, una nueva autorización aportando para ello la documentación establecida por la normativa de aplicación.

Segunda.-Antes de su instalación, los equipos a los que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos y etiquetas identificativas correspondientes. Tercera.-Esta autorización se concede sin perjuicio de terceros y del resto de concesiones, permisos y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables a este tipo de equipos de medida, y entre ellos los que pueda resultar necesarios como consecuencia de la entrada en vigor de nueva reglamentación que sea de aplicación a estos equipos. Cuarta.-Los equipos de medida objeto de esta resolución se corresponderán con los recogidos en el Anexo gráfico que la acompaña incorporando los precintos que en el mismo se indican.

La presente resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Empresa en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 18 de junio de 2007.-El Director General de Seguridad Industrial y Consumo, Carlos Mazón Guixot.

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