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Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 24 de julio de 2007.-El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Fernando Puig de la Bellacasa y Aguirre.
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con la Ley de Canarias 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, en su reunión celebrada el día 24 de julio de 2007, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas sobre los artículos 2.1.b); 6.j); 7.2; 14; 19; 20; 88; 90; 91;92.2; 93; 94; 104, apartados 10, 11, 13, 18, 19, 20, 22 y 24; 105, apartados 4 a 9; 106, apartados 2, 4 y 5 y la Disposición Transitoria tercera de la Ley de Canarias 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por carretera de Canarias.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda. 3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 24 de agosto de 2007, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.
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