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Documento BOE-A-2007-15467

Resolución de 25 de julio de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del II Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios.

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 15 de agosto de 2007, páginas 34821 a 34822 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-15467
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/07/25/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del II Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios (Código de Convenio n.º 9915105), que fue suscrita con fecha 16 de febrero de 2007, de una parte por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Deportivas (FNEID) en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de julio de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Instalaciones deportivas y gimnasios tablas salariales año 2007

Grupo profesional

Nivel

Salario - Euros

Plus transporte - Euros

Hora extra festiva euros/horas

(art 13) hora complemento traslado euros/hora

Hora extra ordinaria euros/hora

Hora extra festiva euros/horas

Grupo 1.

-

926,55

1,44

0,72

0,62

6,49

10,30

Grupo 2.

1

849,34

1,44

0,72

0,57

6,49

10,30

2

823,60

1,44

0,72

0,55

6,49

10,30

Grupo 3.

1

746,39

1,44

0,72

0,49

6,49

10,30

2

700,06

1,44

0,72

0,46

6,49

10,30

Grupo 4.

1

664,03

1,44

0,72

0,44

5,40

8,49

2

653,73

1,44

0,72

0,43

5,40

8,49

Grupo 5.

-

643,44

1,44

0,72

0,43

5,40

8,49

Desayuno: 3,09 Euros.

Comida: 12,35 Euros. Cena: 12,35 Euros.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/07/2007
  • Fecha de publicación: 15/08/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 23 de agosto de 2006 (Ref. BOE-A-2006-15567).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Gimnasios
  • Instalaciones deportivas

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