Examinado el expediente incoado a instancia de doña Concepción Gimeno Cardona, solicitando la inscripción de la Fundación SEIMC-GESIDA en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC, en Madrid, el 12 de julio de 2007, según consta en la escritura pública número mil novecientos noventa y cuatro, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Rafael Vallejo Zapatero. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Alcalá, número 35-3.º izquierda, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Impulsar, promover y favorecer la investigación científica y técnica, así como la formación, desarrollo y divulgación del conocimiento en el campo de las enfermedades infecciosas y la microbiología clínica, y las diferentes patologías asociadas. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por Presidenta, doña Concepción Gimeno Cardona, por razón de su cargo de Presidenta de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC; Vicepresidente, don José López Aldeguer, por razón de su cargo de Presidente de GESIDA; Vocales, don Fernando Segura Porta, por razón de su cargo de Vicepresidente de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC; don Federico Pulido Ortega, por razón de su cargo de Secretario de GESIDA; don José Luis Pérez Saenz, por razón de su cargo de representante del Control de Calidad de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC; don Jesús Rodríguez Baño, por razón de su cargo de Tesorero de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC; doña Asunción Moreno Camacho, por razón de su cargo de Vocal de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC, responsable de los grupos de estudios; don Joaquín Portilla Sogorb, por razón de su cargo de Vocal de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Enfermedad Infecciosas y Microbiología Clínica SEIMC, representante en el comité científico para evaluación y seguimiento de estudios; don Esteban Ribera Pascuet, por razón de su cargo de Vocal de la Junta Directiva de GESIDA, representante en el comité científico para evaluación y seguimiento de estudios. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos jurídicos
Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.
Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43. b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.
Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Real Decreto 384/1996, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación SEIMC-GESIDA en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento a la Fundación SEIMC-GESIDA, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Alcalá, número 35-3.º izquierda, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 3 de septiembre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid