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Documento BOE-A-2007-19313

Orden MAM/3232/2007, de 19 de octubre, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Confederación Hidrográfica del Duero.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2007, páginas 45890 a 45891 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-19313
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2007/10/19/mam3232

TEXTO ORIGINAL

La puesta en marcha de nuevas iniciativas por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, en un esfuerzo por dotar de transparencia a la gestión del agua y apostando por la utilización de las nuevas tecnologías en relación con las actividades de información y participación pública como la mejora del portal Web de la Confederación y las actividades de participación relacionadas con la planificación hidrológica hacen necesaria la creación de nuevos ficheros de datos de carácter personal. La Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero, reguló los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente. El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. En consecuencia, para dar cumplimiento a lo establecido en dicho artículo y completar al mismo tiempo la relación de ficheros con datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente por medio de la presente Orden, se crean dos ficheros de datos de carácter personal para el desarrollo de las actividades de participación ciudadana a través del portal Web de la Confederación Hidrográfica del Duero y para el desarrollo de las actividades de participación pública propias de las actividades del Organismo. En su virtud, previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos, dispongo:

Artículo 1. Creación de ficheros «Contacta» y «Participa».

Se crean los ficheros «Contacta» y «Participa» que se incluyen y describen en el Anexo de esta Orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2. Seguridad de los ficheros.

El titular del órgano responsable de los ficheros adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en sus normas de desarrollo, y en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Disposición Final Única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de octubre de 2007.-La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.

ANEXO

Fichero: «Contacta».

a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo: Desarrollo de las actividades de participación ciudadana a través del portal Web de la Confederación Hidrográfica del Duero.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Miembros de instituciones públicas y/o privadas, expertos y ciudadanos en general que deseen ponerse en contacto con la Confederación Hidrográfica del Duero a través de su Portal Web. Sus datos son necesarios para permitir al organismo responder a aquellas cuestiones que planteen.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Transcripción o declaración de los datos por el propio interesado

d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos de Carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección postal y electrónica y teléfono.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros:

Cesiones y transferencias a instituciones públicas relacionadas con las actividades de planificación y gestión del agua que realiza la Confederación, siempre dentro del ámbito de la participación y con consentimiento del interesado.

f) Órgano de la Administración responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Duero.

g) Servicios o unidades ante los que los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los datos consignados en el fichero:

Confederación Hidrográfica del Duero.

Oficina de Planificación Hidrológica. C/ Muro 5, 47004-Valladolid.

h) Nivel de Seguridad: El fichero se configura con un nivel de seguridad básico, en los términos previstos en los artículos 8 a 14 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio

Fichero: «Participa». a) Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo: Desarrollo de las actividades de participación pública propias de las actividades del Organismo.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Miembros de instituciones públicas y/o privadas, expertos, participantes y asistentes a actos, eventos y seminarios relacionadas de alguna manera con temas del agua.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Declaración del propio interesado, de las entidades públicas o privadas a las que pertenece con su consentimiento o fuentes accesibles al público.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección postal y electrónica y teléfono. Datos académicos y profesionales.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, transferencias de datos que se prevean a países terceros: Cesiones y transferencias a instituciones públicas relacionadas con las actividades de planificación y gestión del agua que realiza la Confederación, siempre dentro del ámbito de la participación y con consentimiento del interesado. f) Órgano de la Administración responsable del fichero: Confederación Hidrográfica del Duero. g) Servicios o Unidades ante los que los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los datos consignados en el fichero.

Confederación Hidrográfica del Duero.

Oficina de Planificación Hidrológica. C/ Muro 5, 47004-Valladolid.

h) Nivel de seguridad: El fichero se configura con un nivel de seguridad básico, en los términos previstos en los artículos 8 a 14 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/10/2007
  • Fecha de publicación: 07/11/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 08/11/2007
  • Fecha de derogación: 07/07/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • AMPLIA el anexo de la Orden MAM/304/2003, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2003-3357).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Confederaciones Hidrográficas
  • Ficheros con datos personales

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