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Documento BOE-A-2007-4033

Resolución de 8 de febrero de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que registra y publican las tablas salariales revisadas correspondientes al año 2006, del Convenio colectivo interprovincial de la Industria Metalgráfica.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2007, páginas 8148 a 8149 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-4033
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/02/08/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales revisadas correspondientes al año 2006 del Convenio Colectivo interprovincial de la Industria Metalgráfica (Código de Convenio n.º 9903445) que fue suscrito con fecha 23 de enero de 2007 de una parte por la Asociación Metalgráfica Española (A.M.E.) en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales FM-CC.OO y MCA-UGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 8 de febrero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE COMISIÓN MIXTA PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL EN LA INDUSTRIA METALGRÁFICA Y DE FABRICACIÓN DE ENVASES METÁLICOS LIGEROS

En Madrid, siendo las 16,30 horas del día 23 de enero de 2007, reunidos los representantes de: FM-CC.OO. D. José Antonio Martínez Blázquez.

MCA-U.G.T.

D. Francisco Núñez Custodio.

A.M.E.

D. Javier Cos Egea.

D. José Luís García Marrodán. D. Luís Martín Egido. D. José Luís Vicente Blázquez.

Declaran constituida la Comisión y a efectos de lo dispuesto en el art. 13 del texto del Convenio, por unanimidad y una vez conocido el IPC real de 2.006 (enero-diciembre), que se ha situado en el 2,7%, adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.-Aprobar la tabla salarial y de complemento específico definitiva del Convenio Colectivo Interprovincial de la Industria Metalgráfica, con efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006, confeccionada según IPC real (2,7%), más el 0,85% (Anexo).

Segundo.-Remitir la presenta Acta y sus Anexos a la Autoridad Laboral, para su Registro y posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Tercero.-El pago de atrasos derivados de la revisión de la tabla salarial del año 2006, deben estar abonados por las empresas antes del 31 de marzo de 2007.

Tabla salarial año 2006 revisada

Categoría profesional

Salario base diario

Salario base mensual

Salario base anual

Complemento paga extra

Valor hora extra

Personal obrero

Auxiliar fabrica

29,33

12.472,58

62,36

10,68

Especialista

30,69

13.050,92

65,25

11,17

Oficial 3.ª

31,44

13.369,86

66,85

11,45

Oficial 2.ª

32,15

13.671,79

68,36

11,72

Oficial 1.ª

34,29

14.581,82

72,91

12,51

Ofic. Espec. Litograf

36,37

15.466,34

77,33

13,26

Capataz

31,44

13.369,86

66,85

11,45

Encargado sección

37,44

15.921,36

79,61

13,66

Guarda y sereno

30,04

12.774,51

63,87

10,97

Portero

30,04

12.774,51

63,87

10,97

Ordenanza

30,04

12.774,51

63,87

10,97

Almacenero y listero

32,15

13.671,79

68,36

11,45

Personal administrativo

Telefonista

914,24

12.799,36

64,00

10,98

Auxiliar

956,62

13.392,68

66,96

11,46

Oficial de 2.ª

980,21

13.722,94

68,61

11,79

Oficial de 1.ª

1.043,20

14.604,80

73,02

12,54

Jefe de 2.ª

1.160,76

16.250,64

81,25

13,93

Jefe de 1.ª

1.203,15

16.844,10

84,22

14,81

Personal técnico

Delinit. Dibujt proyect de 3.ª

1.008,92

14.124,88

70,62

12,14

Delinit. Dibujt proyect de 2.ª

1.051,33

14.718,62

73,59

12,63

Delinit. Dibujt proyect de 1.ª

1.094,08

15.317,12

76,59

13,14

Maestro encargado

1.203,15

16.844,10

84,22

14,48

Técnico de organización

1.043,56

14.609,84

73,05

12,54

Jefe de org. Encargado

1.203,15

16.844,10

84,22

14,48

Titulado grado medio

1.203,15

16.844,10

84,22

14,48

Titulado grado superior

1.587,49

22.224,86

111,12

19,06

Contratos de formación

Primer año

25,51

10.848,13

54,24

9,37

Segundo año

28,84

12.264,21

61,32

10,30

Otros conceptos

Dieta completa

44,41

Media dieta

22,20

Uso vehículo propio

0,26

Ayuda estudios

17,15

Ayuda minusvalidos

120,65

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/02/2007
  • Fecha de publicación: 26/02/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de agosto de 2005 (Ref. BOE-A-2005-14220).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Envases
  • Metalografía

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