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Documento BOE-A-2007-45

Orden EHA/4023/2006, de 22 de noviembre, de autorización de la fusión por absorción de las entidades Unión Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros Generales, Sociedad Unipersonal y Reale Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Sociedad Unipersonal, por la entidad Reale Seguros Generales, S.A. y la extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de las entidades absorbidas, así como la autorización administrativa a la entidad absorbente para operar en el ramo de decesos.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2007, páginas 57 a 57 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-45

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Reale Seguros Generales, S.A.; Unión Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros Generales, Sociedad Unipersonal y Reale Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Sociedad Unipersonal, han presentado, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción de las entidades Reale Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Sociedad Unipersonal y Unión Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros Generales, Sociedad Unipersonal, por parte de la entidad Reale Seguros Generales, S.A. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y 72 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para llevar a cabo la fusión. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.-Autorizar a la entidad Reale Seguros Generales, S.A. a operar en el ramo de decesos, ramo número 19 de la clasificación de los riesgos por ramos establecida en el artículo 6.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Segundo.-Autorizar la fusión por absorción de las entidades Unión Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros Generales, Sociedad Unipersonal y Reale Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Sociedad Unipersonal, por parte de la entidad Reale Seguros Generales, S.A. Tercero.-Declarar la extinción y cancelación del Registro administrativo de entidades aseguradoras de las entidades Unión Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros Generales, Sociedad Unipersonal y Reale Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Sociedad Unipersonal.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 22 de noviembre de 2006.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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