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Documento BOE-A-2007-46

Orden EHA/4024/2006, de 11 de diciembre, de autorización a la entidad Caixa Tarragona Vida, S.A. D'Assegurances i Reassegurances para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de vida.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2007, páginas 57 a 57 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-46

TEXTO ORIGINAL

La entidad Caixa Tarragona Vida, S.A. D'Assegurances i Reassegurances ha presentado en esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para operar como entidad aseguradora en el ramo de vida. De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que la entidad Caixa Tarragona Vida, S.A. D'Assegurances i Reassegurances cumple los requisitos establecidos en el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, para obtener la autorización administrativa. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.-Autorizar a la entidad Caixa Tarragona Vida, S.A. D'Assegurances i Reassegurances para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de vida.

Segundo.-Inscribir a la entidad Caixa Tarragona Vida, S.A. D'Assegurances i Reassegurances en el Registro administrativo de entidades aseguradoras previsto en el artículo 74 del citado texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/92, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 11 de diciembre de 2006.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

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