Como desarrollo de la política dirigida a favorecer la vertebración del territorio compensando desigualdades, el Gobierno ha venido aprobando una serie de acuerdos para las zonas que han tenido históricamente menos oportunidades. En esta línea de actuaciones, el Consejo de Ministros aprobó en su sesión de 20 de enero de 2006 un Programa de Medidas de Activación para Jaén denominado «Jaén XXI». Entre las diversas medidas contempladas en el Programa se inscriben las concernientes al apoyo técnico a las Entidades Locales en materia de tecnologías de la información, como instrumento para mejorar los servicios a los ciudadanos. En concreto, el Programa de Medidas contempla la configuración de una red provincial de comunicaciones que permita el acceso a aplicaciones comunes y servicios de apoyo, así como la creación de un Centro de Servicios Avanzados como proveedor en red de servicios de gestión municipal, encomendando las actuaciones correspondientes al Ministerio de Administraciones Públicas. Con fecha 25 de mayo de 2006 se formalizó un Convenio Marco de colaboración entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía, a través del Ministerio de Administraciones Públicas y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, para establecer los mecanismos que permitan hacer efectivas, mediante una actuación coordinada, las medidas anteriormente mencionadas.
En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula novena de dicho Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía, esta Secretaría General para la Administración Pública dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de abril de 2007.-La Secretaria General para la Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA, PARA EL DESARROLLO DE LAS MEDIDAS CONTEMPLADAS EN EL PROGRAMA DE MEDIDAS DE ACTIVACIÓN JAÉN XXI
En Jaén, a 25 de mayo de 2006.
REUNIDOS
De una parte, Don Jordi Sevilla Segura, Ministro de Administraciones Públicas, en representación de la Administración General del Estado y facultado para la suscripción de Convenios de Colaboración con las Comunidades Autónomas según acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de julio de 1998.
De otra parte, D. Francisco Vallejo Serrano, Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía.
EXPONEN
1. Como desarrollo de la política del Gobierno dirigida a favorecer la vertebración del territorio compensando desigualdades, el Gobierno de España ha venido aprobando una serie de acuerdos para las zonas que han tenido históricamente menos oportunidades.
2. En esta línea de actuaciones, el Consejo de Ministros aprobó en su sesión de 20 de enero de 2006 un Programa de Medidas de Activación para Jaén denominado «Jaén XXI». 3. Las medidas contempladas en dicho programa tienen los siguientes objetivos:
Impulsar el desarrollo de infraestructuras, transportes y comunicaciones para favorecer la cohesión y el equilibrio territorial.
Fomentar la economía y la creación de empleo para aumentar la competitividad y el valor añadido del sistema productivo. Profundizar en un modelo de desarrollo sostenible en el que la protección, conservación y puesta en valor del patrimonio de la provincia sea condición para el crecimiento económico. Lograr un desarrollo equilibrado en el territorio, favoreciendo la creación de oportunidades para las personas y los entornos rurales a fin de consolidar la población de los municipios más pequeños y de montaña.
4. De acuerdo con los objetivos anteriores, las actividades que integran dicho Programa se estructuran en las siguientes áreas de actuación:
Impulso y desarrollo de infraestructuras.
Fomento de la actividad económica y creación de empleo. Desarrollo sostenible. Actuaciones de carácter social, cultural y de seguridad.
5. El reconocimiento de que el fortalecimiento institucional es un factor de primordial importancia para el impulso de la actividad cívica y para el progreso social y económico y de que allí donde la provisión de servicios por parte de las Administraciones se realiza de manera más eficiente se crean mejores condiciones para el desenvolvimiento de las iniciativas ciudadanas, así como que este campo de las nuevas tecnologías de la información y de las telecomunicaciones contribuyen de modo dinámico a la mejora de los servicios prestados por las Administraciones, aconseja el desarrollo de un conjunto de actuaciones dentro del Plan «Jaén XXI» orientadas a fortalecer y acelerar la introducción efectiva de los ayuntamientos y entes locales de la provincia de Jaén en la Sociedad de la Información.
6. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía sirve con objetividad a los intereses generales de Andalucía de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 34 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En consecuencia, las partes en este acto acuerdan la firma del presente Convenio de Colaboración, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
1. El presente Convenio tiene por objeto definir la colaboración entre el Ministerio de Administraciones Públicas y la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de las actuaciones comprendidas en el Programa de Medidas de Activación «Jaén XXI», que persigue la modernización de sus sectores de actividad, la diversificación de su economía y, en general, la mejora de sus infraestructuras para mejorar la calidad de vida de su ciudadanía y de las expectativas de futuro de la provincia de Jaén.
2. En concreto, este Convenio tiene por objeto la realización de un proyecto de configuración de una red provincial de comunicaciones que conecte los Ayuntamientos y otros entes locales de la provincia de Jaén, que permita el acceso a aplicaciones comunes y servicios de apoyo. Esta red se diseñará de forma integrada con el Nodo Extendido de Extranet Administrativa de la Junta de Andalucía (NEREA), para su interconexión con la Red SARA de la Administración General del Estado. Esta interconexión de redes permitirá a las Administraciones Locales el acceso a los sistemas de gestión administrativa de la Administración General (Gestión Tributaria del Estado, Tesorería de la Seguridad Social, y otros), autonómicos (Gestión Tributaria autonómica, Subvenciones y Ayudas, y otros), así como a otros servicios generales a través de la interconexión de redes como correo electrónico, transferencia de ficheros, videoconferencia, etc. 3. El proyecto incluirá la creación de un Centro de Servicios Avanzados, proveedor en red de servicios de gestión municipal (padrón, registro, gestión tributaria, contabilidad, servicio de información geográfica, entre otros) a todos los Ayuntamientos integrados en dicha red.
Segunda. La Red Provincial de Comunicaciones.
1. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el Ministerio de Administraciones Públicas, propondrá la solución técnica para la construcción de la red provincial de comunicaciones y sus mecanismos de interconexión y seguridad.
2. La Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima determinará, previa propuesta de las Administraciones intervinientes, la estructura y servicios ofrecidos por la red provincial de comunicaciones. 3. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía será la encargada de la contratación y ejecución de los trabajos necesarios para la puesta en funcionamiento de la red de comunicaciones.
Tercera. La conexión entre la red autonómica y la red estatal (SARA).
1. La Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía elaborarán respectivamente los criterios a aplicar para la conexión de la red de comunicación provincial con la red de la Administración General del Estado (red SARA), a través del Nodo Extendido de Extranet Administrativa de la Junta de Andalucía (NEREA), así como para la conexión con la red corporativa de la Junta de Andalucía.
2. La red provincial se conectará con ambas redes, en las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en el punto anterior. 3. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía será la encargada de la contratación y ejecución de los trabajos necesarios para la puesta en funcionamiento de los sistemas de interconexión.
Cuarta. El Centro de Servicios Avanzados.
1. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el Ministerio de Administraciones Públicas, propondrá la solución técnica para la creación de un Centro de Servicios Avanzados que permita ofrecer a todos los Ayuntamientos integrados en la red un conjunto de servicios de gestión municipal (Padrón, registro, gestión tributaria, contabilidad, servicio de información geográfica, entre otros) y que permita el acceso a los servicios autonómicos y estatales ofrecidos por la Junta de Andalucía y la Administración General del Estado, respectivamente.
2. Como modelo de transferencia de experiencias y buenas prácticas en el uso de las TICs en las Administraciones locales, este Centro se encargará igualmente de la gestión del área para Administraciones Locales, incluida en el Repositorio de Software Libre de la Junta de Andalucía, la gestión del mantenimiento evolutivo-adaptativo-correctivo del software, así como a ejercer el soporte técnico y apoyo a la implantación de dichos sistemas, en Ayuntamientos que se acojan a los servicios de dicho Centro. 3. El Centro ofrecerá también plataformas para el desarrollo de servicios orientados a ciudadanos y empresas prestados por los propios ayuntamientos, garantizando su integración con los ofrecidos por la red 060. 4. La Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima determinará, previa propuesta de las Administraciones intervinientes, la estructura y servicios ofrecidos por el Centro de Servicios Avanzados. 5. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía será la encargada de la contratación y ejecución de los trabajos necesarios para la puesta en funcionamiento del Centro de Servicios Avanzados.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. El Ministerio de Administraciones Públicas, en virtud del presente Convenio de Colaboración asume los siguientes compromisos: a) La Administración General del Estado, a través del Ministerio de Administraciones Públicas, aportará la financiación necesaria para sufragar los costes de las inversiones de las infraestructuras recogidas en la cláusula primera.
b) Prestar colaboración técnica respecto a los contenidos de las acciones y medidas previstas en el presente Convenio.
2. La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa se compromete a lo siguiente:
a) A desarrollar los proyectos de las acciones y medidas conforme a lo establecido en el Programa de Medidas de Activación de Jaén XXI y en el presente Convenio. A tal fin, ejercerá la debida coordinación con las Consejerías implicadas en el desarrollo del mismo.
b) A gestionar los proyectos directamente o a través de algún procedimiento de gestión indirecta, participando o colaborando en el desarrollo de las actividades con otras entidades, organismos, instituciones o personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que de algún modo puedan servir a los objetivos del presente Convenio. c) Adherir a cuantas organizaciones integradas o dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, puedan contribuir a mejorar los servicios que vayan a prestar. En especial, se tratará de implicar la participación de las Corporaciones Locales.
3. Complementariamente, las partes firmantes aceptan los siguientes compromisos mutuos:
a) Coordinarán su plan de actividades del Programa de Medidas de activación de Jaén XXI.
b) Compartirán las redes de conocimiento y promoverán actividades conjuntas en las materias objeto del Convenio. c) Coordinarán todas las actuaciones que se ejecuten en el marco del presente Convenio, con los proyectos en vigor, tanto de la Administración General del Estado como de la Junta de Andalucía, que tengan relación con el objeto de dicho Convenio, especialmente los que se mencionan a continuación:
Red SARA de la Administración General del Estado.
Nodo Extendido de Extranet Administrativa de la Junta de Andalucía (NEREA). Red Corporativa de la Junta de Andalucía. Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano (060)
d) Participarán activamente en la Comisión Mixta de Seguimiento del presente Acuerdo. Sexta. Colaboración en otros medios.
1. Las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a estudiar y adoptar medidas de colaboración para procurar la cooperación entre las redes y servicios proporcionados por la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía y la red provincial creada al amparo del presente convenio.
Séptima. Comisión de Seguimiento y Evaluación.-Se crea una Comisión de seguimiento y evaluación del Convenio, copresidida por el Director General de Modernización Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y por el Director General de Innovación y Administraciones Públicas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, e integrada por tres representantes designados por el Ministerio y tres designados por la Comunidad Autónoma.
Actuará como Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, un funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Comisión mixta se reunirá con la periodicidad que la misma determine y como mínimo tres veces al año. De sus reuniones se elaborará la correspondiente Acta. Corresponden a la Comisión mencionada las siguientes funciones:
a) La propuesta de adopción de cuantas medidas estimen adecuadas para el mejor desarrollo y cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidos en el Convenio y para una adecuada coordinación entre las instituciones participantes.
b) La revisión y aprobación de las propuestas para el desarrollo de la Red de Comunicaciones Provincial, los esquemas de interconexión de redes y el Centro de Servicio Avanzados. c) La elaboración de un informe anual de seguimiento y evaluación del Convenio. d) El examen y resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento del Convenio que se susciten.
La Comisión de Seguimiento ajustará su actuación a lo dispuesto en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Octava. Desarrollo del Convenio y financiación.-Durante el año 2006, la Comisión de Seguimiento y Evaluación se encargará de diseñar y aprobar las propuestas técnicas de la red de comunicaciones provincial y del Centro de Servicios Avanzados, así como de los mecanismos de interconexión con las redes de comunicación de la Junta de Andalucía y de la Administración General del Estado (red SARA). La construcción y puesta en funcionamiento de la red provincial y del Centro de Servicios Avanzados, así como su conexión a otras redes y la puesta en funcionamiento de los servicios, se realizará a lo largo de los años 2007 y 2008. Las necesidades de financiación serán objeto de acuerdo y formalización en un nuevo Convenio específico. Novena. Efectos del Convenio.-El presente Convenio se publicará el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», surtiendo efectos desde la fecha de su publicación en el último de los diarios oficiales mencionados. El período de vigencia del Convenio finalizará el 31 de diciembre del año 2008, pudiendo prorrogarse anualmente por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia. También podría extinguirse la vigencia si el Convenio es denunciado, previa audiencia de la Comisión de Seguimiento y comunicación a las otras partes firmantes, por aquélla que considere que se ha vulnerado el espíritu del mismo o se ha incumplido alguna de sus cláusulas. La denuncia se efectuará por escrito, con una antelación mínima de tres meses a la fecha. En todo caso, salvo pacto expreso, las partes se comprometen a realizar las actuaciones necesarias dirigidas a la finalización de las acciones ya iniciadas. Décima. Naturaleza jurídica.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiendo para su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico-administrativo. Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse de la firma y ejecución del presente Convenio corresponderán a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en el lugar y fecha indicados al principio.-El Ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla Segura.-El Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, Francisco Vallejo Serrano.
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