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Documento BOE-A-2008-10016

Orden ESD/1627/2008, de 8 de mayo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Villacisneros.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2008, páginas 26826 a 26827 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-10016

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Iñigo Gómez-Pineda Goizueta, solicitando la inscripción de la Fundación Villacisneros, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Master Dos, S.L., en Madrid, el 15 de noviembre de 2007, según consta en la escritura pública número dos mil setecientos sesenta y dos, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Ángel Benítez-Donoso Cuesta, que fue subsanada por la escritura número ochocientos noventa y ocho autorizada el 18 de abril de 2008, ante el notario, Don Pedro Contreras Ranera. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Alcobendas (Madrid), calle Camino Sur, número 21 y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución y a la de subsanación de ésta, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: -Defensa de los valores cristianos de occidente; -Difusión de la historia de España, como elemento esencial en el desarrollo profesional y personal del individuo; -Ofrecer igualdad de oportunidades en sectores de la población menos favorecidos económica y socialmente, a través de la educación. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Iñigo Gómez-Pineda Goizueta; Secretario: Don Iñigo Gómez-Pineda Fagalde y Vocal: Doña Rocío Fagalde Mateos. En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Villacisneros en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Villacisneros, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Alcobendas (Madrid), calle Camino Sur, número 21, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 8 de mayo de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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