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Documento BOE-A-2008-11823

Resolución de 3 de julio de 2008, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 11 de julio de 2008, páginas 30552 a 30558 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-11823

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30)) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial d el Estado» del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria, Código 1177 T. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas, por el sistema de promoción interna, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria, código 1177 T, por promoción interna.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan de igualdad de género en la Administración General del Estado, se hace constar que existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado. Hasta que se dicte la resolución de nombramiento de funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas completarán, en su caso, su formación a través de un período de prácticas que se desarrollará en los Servicios Centrales o Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en que vayan a ser destinados como funcionarios de carrera, salvo que la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la que corresponde la competencia para la fijación de las normas de desarrollo de este período, disponga otra cosa.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los candidatos

4.1 Además de los requisitos enumerados en el apartado Noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, los aspirantes deberán cumplir los siguientes: 4.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

4.3 Antigüedad: Haber prestado servicio efectivo, durante al menos dos años, como funcionarios de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. 4.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico u otra titulación equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar, por vía manual o telemática, el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) que se facilitará gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es.

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 5.3 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en los registros de cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el apartado Duodécimo.2 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado. 5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV. 5.5 A la solicitud se acompañará:

A las solicitudes suscritas en el extranjero se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.

Los aspirantes que estén exentos del pago de tasas actuarán de acuerdo con el punto 5 del apartado Duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre. Los aspirantes que sean miembros de familia numerosa y tengan exención o bonificación del 50% de tasas aportarán copia del título de familia numerosa actualizado. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles de Organismos Internacionales actuarán de acuerdo con lo previsto en el apartado Undécimo de la Orden mencionada anteriormente.

5.6 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

6.2 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinente. 6.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. El Tribunal velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. 6.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid, teléfono: 91 583 10 04. Cualquier consulta sobre el desarrollo del proceso se podrá realizar a través de esta dirección de correo electrónico convocatorias@correo.aeat.es; este correo no tiene la consideración de Registro Telemático.

7. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero)

8. Fomento de la Promoción Interna

Los aspirantes por la forma de acceso A que superen el primer ejercicio y que no superen la fase de oposición, quedarán exentos del mismo en las dos convocatorias inmediatas siguientes de las mismas características, esto es, de ejercicios análogos en contenido y en forma de calificación, computándose con una puntuación equivalente a la obtenida. El cómputo para esta exención se realizará a partir de la convocatoria del proceso selectivo en que se haya superado dicho ejercicio.

No obstante lo anterior, si los aspirantes optan por realizar la prueba selectiva de la que hubieran quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en la anterior fase de oposición. En todo caso, los aspirantes exentos de realizar el primer ejercicio deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo correspondiente, así como el certificado de méritos.

9. Norma adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se incluirán en la dirección de Internet (www.agenciatributaria.es).www.agenciatributaria.es

10 Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 3 de julio de 2008.-El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche y Rojo.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

Fase de oposición.

Fase de concurso. Curso selectivo.

1. Fase de oposición.-Consistirá en la realización de dos ejercicios que a continuación se detallan, siendo ambos eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario, con 100 preguntas como máximo, de respuesta múltiple sobre las materias contenidas en el Anexo II.1 de esta convocatoria.

Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente. La duración máxima de esta prueba será de noventa minutos.

Segundo ejercicio:

Constará de dos partes a realizar en una única sesión, siendo ambas eliminatorias. 1.ª Parte: Consistirá en desarrollar por escrito un tema propuesto por el Tribunal y resolver un supuesto práctico. Tema y supuesto versarán sobre las materias del programa contenido en el Anexo II.1 de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión pública. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito. En él se valorarán la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. Una vez leído, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias en relación con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. 2.ª Parte: Consistirá en contestar un cuestionario compuesto por 50 preguntas de respuesta múltiple que versarán sobre el temario de «Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Administración Tributaria» que figura cono Anexo II.2 a la presente convocatoria. Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de treinta minutos. Los aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria (forma de acceso «A») estarán exentos de la realización de la segunda parte de este ejercicio.

1.1 Calificación: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará de cero a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio:

1.ª Parte se calificará de cero a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 para superarla.

2.ª Parte se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario para superarla obtener la calificación de apto. La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición. En caso de igualdad de puntuación final entre dos o más aspirantes, la prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la primera parte del segundo ejercicio.

2. Fase de Concurso:

1. Certificado de requisitos y méritos.-Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días naturales para presentar el certificado de requisitos y méritos previsto en el Anexo V de esta convocatoria, debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con los previsto en el apartado Decimosexto de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, (B. O. E. del 27).

Acreditación de requisitos: el certificado habrá de contener la acreditación, en los términos previstos en los apartados 4.2 y 4.3 de esta convocatoria, de que pertenece, como funcionario de carrera, a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007. de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Igualmente, contendrá la acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1. 2. Valoración concurso.

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de la ley 7/2007, de 12 de abril, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 36 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado decimosexto de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 14 e inferiores: 10 puntos.

Grado 15 y 16: 12 puntos. Grado 17 y 18: 14 puntos. Grado 19 y 20: 16 puntos. Grado 21 o superiores: 18 puntos.

Asimismo, se otorgará diez puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma, como funcionario de carrera, durante al menos 2 años.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado, así como de los Órganos Constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como funcionario del Subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 15 e inferiores: 14 puntos.

Nivel 16 y 17: 15 puntos. Nivel 18 y 19: 16 puntos. Nivel 20 y 21: 17 puntos. Nivel 22 y superiores: 18 puntos.

La valoración efectuada en el apartado c) no podrá ser modificada por reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tenga consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C1. A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Organismos Constitucionales, es decir, el nivel del puesto de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto, Calificación del concurso-oposición.-La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, en el primer ejercicio de fase de oposición, en la valoración de mérito de antigüedad, del grado personal consolidado y del trabajo desarrollado, por este orden. De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General del Estado, computándose los años, meses y días de servicio que conste en el Registro Central de Personal al día de la publicación de la convocatoria. 3. Curso Selectivo.-Los aspirantes que superen las pruebas de las fases de oposición y de concurso realizarán un curso selectivo, de una duración máxima de tres meses lectivos, en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales. Corresponde a la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales organizar, dirigir, impartir y evaluar el citado curso. El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática. El programa del curso será aprobado, de forma conjunta, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Escuela de la Hacienda Pública. La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas y apreciadas por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. El curso selectivo se calificará de cero a 50 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos y haber aprobado todas las asignaturas. Los aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se calificará en más de 5 puntos sobre 10. 4. Calificación Final.-La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso-oposición y curso selectivo. En caso de igualdad de puntuación entre uno o más aspirantes, la prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo y, de persistir ésta, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado de Calificación del concurso-oposición. No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

ANEXO II

Programa para el ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria

Anexo II.1

Bloque I. Tecnología Básica

Tema 1. Características técnicas y funcionales de los sistemas operativos: Windows, Linux y Unix. Tema 2. Estructuras de datos: Tablas, listas y árboles. Algoritmos: Ordenación, Búsqueda, Recursión, Grafos. Organizaciones de ficheros. Tema 3. Lenguajes de marca o etiqueta. Características y funcionalidades. SGML, HTML, XML y sus derivaciones. Lenguajes de script.

Bloque II. Análisis y Desarrollo de Sistemas

Tema 1. Modelización conceptual. Elementos: Entidades, atributos, relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización. Validación y construcción de modelos de datos. Tema 2. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de viabilidad. Personal, procedimientos, datos, software y hardware. Criterios. Tema 3. Diseño del interfaz de usuario. Interacción hombre-máquina. Concepto. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información. Asistencia y ayuda al usuario. Evaluación de interfaces. Tema 4. Diseño de bases de datos. La arquitectura ANSI/SPARC. El modelo lógico relacional. Normalización. Diseño lógico. Diseño físico. Problemas de concurrencia de acceso: Lectura sucia, lectura fantasma y bloqueo. Mecanismos de resolución de conflictos. Tema 5. Diseño de programas. Diagramas estructurados. Análisis de transformación. Análisis de transacción. Cohesión y acoplamiento. Tema 6. Construcción del sistema. Preparación de la instalación. Estándares de documentación. Manuales de usuario y manuales técnicos. Formación de usuarios y personal técnico: Métodos y materiales. Tema 7. Pruebas. Planificación y documentación. Pruebas de caja negra. Pruebas de caja blanca. Utilización de datos de prueba. Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos. Tema 8. Instalación y cambio. Estrategias de sustitución. Recepción e instalación. Evaluación post-implementación. Mantenimiento. Tema 9. Análisis y diseño orientado a objetos. Concepto. Elementos. El proceso unificado software. El lenguaje de modelado unificado (UML). Tema 10. La arquitectura J2EE. La plataforma. Net. Tema 11. Control de calidad en el desarrollo de software.

Bloque III. Gestión de Operaciones y Producción

Tema 1. Estructura y organización de un departamento de sistemas de información. Planificación física de un centro de tratamiento de la información. Vulnerabilidades, riesgo y protección. Instalaciones. Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar. Tema 2. Gestión de librerías de programas. Gestión de medios magnéticos. Controles de cambios. Los lenguajes de control de trabajos. Las técnicas y herramientas de operación automática. Tema 3. Gestión de la atención a clientes y usuarios: Centros de contacto, CRM. Arquitectura multicanal. IVR. Tema 4. Control de la ejecución de los trabajos. Evaluación del rendimiento. Planificación de la capacidad. Análisis de la carga. Herramientas y técnicas utilizables. Tema 5. Seguridad física de un sistema de información. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento. Auditoria de seguridad física. Tema 6. Seguridad lógica de un sistema de información. Riesgos, amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y aseguramiento. Auditoría de seguridad lógica. Tema 7. Presupuestación y control de costes de un proyecto informático. Técnicas de selección de proyectos alternativos: Payback, VAN y TIR. Tema 8. Documática. Archivo electrónico de documentos. Organización funcional de los sistemas documáticos. Optimización de consultas y recuperación de la información. Tema 9. La protección de datos personales. La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de carácter Personal. El Real Decreto 994/1999 de Medidas de Seguridad y normativa derivada. La Agencia de Protección de Datos: Estructura, competencias y funciones.

Bloque IV. Telecomunicaciones

Tema 1. Elementos básicos de telecomunicación. Características de canal. Codificación. Modulación. Multiplexación. Interfaces y protocolos. Jerarquías digitales. Tema 2. Conmutación. Conmutación de circuitos y paquetes. X25. Frame Relay, ATM. Integración voz-datos sobre FR, IP, ATM. Protocolos de encaminamiento. Ethernet comutada. MPLS. Tema 3. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos. Redes privadas virtuales. Tema 4. La red Internet: Arquitectura de red. Principios de funcionamiento. Servicios: Evolución, estado actual y tendencias. Tema 5. La Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones: Organización, funciones y competencias. Tema 6. Tecnología XDSL. Concepto. Características técnicas. Formativa reguladora. Telecomunicaciones por cable: Características y formativa reguladora. Tema 7. Telecomunicaciones de voz. Tecnologías VOIP. Tema 8. Comunicaciones móviles. Telefonía sin hilos y DECT. Paging. Radiotelefonía privada. Sistemas celulares. Trunking. GSM, GPRS y UMTS. Tema 9. Redes inalámbricas: Protocolos 802.11x Wi-Fi. Características funcionales y técnicas. Modos de operación. Seguridad. Formativa reguladora. Tema 10. Comunicaciones emergentes: IP móvil y PLC (Power Line Communications). Características técnicas. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes.

Anexo II.2

Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Administración Tributaria

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. La Corona: atribuciones y competencias. Tribunal Constitucional. Cortes Generales. Composición y atribuciones Congreso de Diputados y Senado. Defensor del Pueblo. Tribunal de Cuentas. Tema 2. El Gobierno. Nombramiento y cese. La funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La Administración Pública: Principios constitucionales. Las Comunidades Autónomas. Los estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La Administración local: regulación constitucional. Provincias, municipios y otras Entidades de la Administración local. Tema 3. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de la fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo. Tema 4. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza Principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Los recursos administrativos. Naturaleza, extensión y límites de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Tema 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades. Tema 6. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Tema 7. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. Creación, funciones y objetivos. Organización Central: Los Departamentos y órganos directivos. Organización territorial. El Departamento de Informática Tributaria. Tema 8. Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes: Ley General Tributaria. Los tributos: Concepto y clasificación. Hecho imponible. No sujeción y exención. Devengo. Prescripción. Base imponible y base liquidable. Tipo de gravamen. Cuota y deuda tributaria. Obligados tributarios. Contribuyentes. Sujetos pasivos. Sucesores. Responsables solidarios y subsidiarios. Otros obligados tributarios. Capacidad de obrar. Representación. Domicilio fiscal. Declaración censal. El deber de expedir y entregar factura de empresarios y profesionales. Derechos y garantías de los obligados tributarios. Obligaciones y deberes de la Administración Tributaria. Tema 9. El procedimiento de gestión tributaria. La declaración tributaria. La recaudación de los tributos La inspección de los tributos. Órganos. Funciones. Facultades. Deberes. Tema 10. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Naturaleza. Objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Exenciones. Sujeto pasivo. Período de imposición y devengo del impuesto. Base imponible. Cuota íntegra. Deducciones. Pago a cuenta. Tributación individual y conjunta. Impuesto sobre Sociedades: Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaria. Tema 11. Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y naturaleza. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Exenciones. Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen. Regímenes especiales. Los Impuestos Especiales. Normas comunes a los Impuestos Especiales de Fabricación. Impuesto sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas. Impuesto sobre Hidrocarburos. Impuesto sobre las labores del Tabaco. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

ANEXO III Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular: Presidenta: Doña Maria Begoña González Lozano, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Secretario: Doña M. Mercedes Ramos Argote, de la Escala de Gestión de Empleo del INEM. Vocales: Doña M. Carmen Amat Barrasa, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado. Don Félix Alberto Martín Gordo, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado. Doña M. Dolores Fernández Muñoz, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado

Tribunal suplente:

Presidente: Don Jaime Vivar Mateo, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Secretaria: Doña Almudena Valle Muñoz, del Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado. Vocales: Don José Antonio Fernández González, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Don Carlos Peláez-Campomanes Gavilan, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado. Don Nicolás Pérez Arribas, de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OOAA del MAPA.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará «Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria», el código «1177 T» correspondiente. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará de acuerdo con las siguientes claves:

«A»: Promoción interna (los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria).

«R»: Promoción interna (sólo funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escalas del Subgrupo C1 no incluidos en el apartado anterior).

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «AEAT», código «TB».

En el recuadro 19, «Fecha BOE», se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación poseída o en condiciones de obtener. En el recuadro 25, apartado A, se consignará Cuerpo o Escala de procedencia. En el recuadro 26 se indicará si se está exento del pago de la tasa o si se tiene derecho a la bonificación del 50%. Con carácter general el importe será para el sistema de promoción interna de 10,35 € y para las familias numerosas de categoría general de 5,17 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud por vía telemática o en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621 (IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621), abierta, exclusivamente para las solicitudes suscritas en el extranjero, en C/ Orense 85 -28020 Madrid- a nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. c) La familias numerosas en los términos del artículo 12.1c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. En aquellos casos en que, con arreglo a los dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución de ingresos indebidos de la tasa, será necesario, para instar la devolución, solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta corriente (veinte dígitos), a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución, acompañando al original de la solicitud el «ejemplar para el interesado» del impreso modelo 791. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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