Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-11985

Orden EYE/953/2008, de 15 de mayo, por la que se amplía el reconocimiento como agua mineral natural del agua denominada «Virgen del Camino» al agua procedente de un nuevo sondeo, situado en Valverde de la Virgen, de León.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2008, páginas 30769 a 30770 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2008-11985

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente relativo a la solicitud de ampliación de reconocimiento como agua mineral natural del agua denominada «Virgen del Camino» al agua procedente de un nuevo sondeo, situado en el término municipal de Valverde de la Virgen, en la provincia de León, y del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Con fecha 20 de octubre de 2000, la Consejería de Industria, Comercio y Turismo resuelve declarar como mineral natural, recurso de la Sección B), el agua procedente de sondeo, denominada «Virgen del Camino», situado en el término municipal de Valverde de la Virgen, de la provincia de León, con coordenadas U.T.M. (Huso 30) X = 279.221 Y = 4.716.447 promovido por la sociedad Compañía de Explotaciones y Minas, S.A. (CEMISA). 2. Habiendo transcurrido los plazos fijados por la normativa, contados a partir de la notificación de la declaración de mineral natural del agua sin que se haya ejercitado el derecho al aprovechamiento por CEMISA, la administración procede a sacar a concurso público el aprovechamiento de acuerdo con el artículo 27.2 de la Ley de Minas y del artículo 42.2 del Reglamento a instancia de la sociedad Manantiales de León, S.A. La convocatoria del concurso se realiza en el B.O.E. de fecha 25 de diciembre de 2004, adjudicándose el aprovechamiento del agua por la Mesa del Concurso con fecha 28 de febrero de 2005 a la sociedad Manantiales de León, S.A. 3. De conformidad con lo previsto en el artículo 41 del Reglamento de Minas y una vez examinada la documentación presentada por el nuevo promotor para la fijación del perímetro de protección, se procedió en fecha 8 de febrero de 2006 a inspeccionar sobre el terreno el perímetro de protección propuesto, constatándose que se había realizado un nuevo pozo y construido unas instalaciones fuera todo ello de la parcela donde se había realizado el sondeo inicial. Solicitadas aclaraciones al representante del titular se puso de manifiesto por éste que la parcela inicial donde se ubicaba el sondeo inicial no era de su propiedad y que en la citada zona se desarrolla un Plan Parcial para la construcción de viviendas unifamiliares impidiendo la construcción de naves industriales y por lo tanto el desarrollo del establecimiento de beneficio, nave de embotellado del agua, por lo que como alternativa más viable era el cambio de situación del sondeo a la parcela 361 del polígono 31, con las coordenadas U.T.M. (Huso 30) X = 278.911 Y = 4.716.241, propiedad de Manantiales de León, S.A. 4. Con fecha 10 de marzo de 2006, D. Ángel Álvarez Merino en nombre y representación de Manantiales de León, S.A. solicita la ampliación del reconocimiento como agua mineral natural al agua del nuevo sondeo, situado en el mismo acuífero y captando las mismas aguas que el inicial. Aportan como documentación un plano con las coordenadas del sondeo actual, documentación sobre el desarrollo del sondeo y sus características, geología, columnas estratigráficas de ambos sondeos que evidencian el corte de los mismos materiales y la misma profundidad alcanzada, hidrogeología, y boletín de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos de una muestra de agua del nuevo sondeo. 5. Con fecha 25 de abril de 2006 se realiza la toma de muestras reglamentaria por personal técnico de la Sección de Minas de León, en presencia del representante de la sociedad. 6. Con fecha 27 de abril de 2006, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León remite la muestra de agua al Instituto Geológico y Minero de España para analizar la identidad del agua procedente de la nueva captación. 7. Con fecha 23 de febrero de 2007, el Instituto Geológico y Minero de España emite informe en el que pone de manifiesto, que del estudio comparativo de este último análisis y el realizado para la declaración inicial, se deduce que el agua del sondeo actual y el declarado como mineral natural el 20 de octubre de 2000, cumplen los requisitos exigidos en la reglamentación vigente sobre aguas de bebida envasadas, y son de composición fisico-química muy similar, proponiendo que se amplíe el reconocimiento como agua mineral natural al agua nuevo sondeo. 8. Con fecha 20 de marzo de 2007, la Sección de Minas de León informa favorablemente el reconocimiento de la identidad del nuevo sondeo con el inicial, puesto que sigue cumpliendo la reglamentación vigente y tiene las mismas características fisicoquímicas, y que de acuerdo con el IGME, se puede ampliar el reconocimiento como agua mineral natural al agua procedente del nuevo. 9. Con fecha 2 de julio de 2007, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León da traslado del expediente al Servicio de Minas de la Dirección General de Energía y Minas para continuar con la tramitación del mismo. 10. Con fecha 21 de diciembre de 2007, el Servicio de Minas remite el expediente a la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad para informe, de acuerdo con el artículo 39.3 del Reglamento General para el Régimen de la Minería. 11. Con fecha 6 de febrero de 2008, la Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad informa manifestando que el agua procedente de los dos sondeos es similar, remitiendo el expediente a la Dirección General de Energía y Minas con fecha 7 de febrero de 2008. 12. Con fecha 19 de marzo de 2008, el Servicio de Minas emite informe favorable a la declaración de ampliación de agua mineral natural, siendo ratificado en los mismos términos por la Dirección General de Energía y Minas.

Fundamentos de Derecho

1. El Consejero de Economía y Empleo es el competente para la resolución de la ampliación de reconocimiento de agua mineral natural, de acuerdo con el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías y el Decreto 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo 2. Con fecha 18 de octubre de 2002 se aprueba por Real Decreto 1704/2002, la regulación del proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas. Esta nueva norma, en su artículo 2, distingue varios tipos entre las aguas de bebidas envasadas, entre ellas las «aguas minerales naturales». Vistos la Ley de Minas 22/1973, de 21 de julio, la Ley 54/1980, de 5 de noviembre que la modifica y el Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978. Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Minas:

RESUELVO:

Autorizar la ampliación de reconocimiento como agua mineral natural, con la denominación «Virgen del Camino», al agua procedente del nuevo sondeo realizado en las coordenadas U.T.M. (Huso 30) X = 278.911 Y = 4.716.241, por su identidad con el agua procedente de la captación inicial, situada en el término municipal de Valverde de la Virgen, en la provincia de León, promovida por la sociedad Manantiales de León, S.A.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados también desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, 15 de mayo de 2008.-El Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva Rodríguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid