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Documento BOE-A-2008-12118

Resolución de 18 de junio de 2008, de la Universidad Carlos III, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Administración.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 15 de julio de 2008, páginas 30977 a 30988 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-12118

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid («BOCM» núm. 16, de 20 de enero), y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios, el Rector, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), en relación con el artículo 2.2.e) de la citada norma, así como en el artículo 47 de los Estatutos de esta Universidad y una vez cumplidas las formalidades contenidas en el artículo 125 de los citados Estatutos, previo acuerdo con la Junta Personal de Administración y Servicios, ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Carlos III de Madrid. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombre y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 11 por el sistema general de promoción interna y sistema general de acceso libre. 1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 8 plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 3 plazas. Del total de plazas del turno libre se reserva 1 plaza para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en los términos previstos en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre.

1.2 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción interna se acumularán al sistema general de acceso libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre. El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas. 1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes. No obstante, los aspirantes que ingresen por el cupo para personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados. En tal caso, la Gerencia de la Universidad decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificada, limitándose a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona discapacitada. 1.5 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de los Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero, de la Comunidad de Madrid («BOCM» número 16, de 20 de enero), y las presentes bases de convocatoria. 1.6 El temario que ha de regir las pruebas es el que figura en el Anexo II de la presente convocatoria. 1.7 El proceso selectivo constará para acceso libre de una fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso y una fase de oposición. El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en Anexo III de la presente convocatoria. 1.8 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.7 de esta convocatoria. 1.9 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del 1 de noviembre de 2008.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública y, en particular: a) Tener nacionalidad española, o de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria. d) Estar en posesión del Título universitario de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al cual se opta por esta convocatoria. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán estar en situación de servicio activo o encontrarse en situación de excedencia para el cuidado de hijos o encontrarse en situación de servicios especiales y pertenecer, el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, a Cuerpos o Escalas de Gestión (Subgrupo A2, antiguo Grupo B) del área de actividad o funcional objeto de la convocatoria, tener destino en la Universidad Carlos III de Madrid, poseer una antigüedad de al menos dos años como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de Gestión (Subgrupo A2, antiguo Grupo B), y reunir todos los demás requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en algunos de los cuerpos o escalas anteriormente citados serán computables a efectos de antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas. 2.3 Los aspirantes que concurran a las plazas reservadas a personas con discapacidad, deberán acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. 2.4 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1, 2.2 y 2.3 deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña como Anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, Avenida de la Universidad Carlos III, número 22, de 28.270 Colmenarejo (Madrid); calle Madrid, número 126, de 28.903 Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad, número 30, de 28.911 Leganés (Madrid), o en la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas, calle María de Molina, número 50, de Madrid y en la página web de la Universidad http://www.uc3m.es.

3.2 La publicidad de la presente convocatoria se realizará en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la página web de esta Universidad. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Carlos III de Madrid en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, avenida de la Universidad Carlos III, número 22, de 28.270 Colmenarejo (Madrid); calle Madrid, número 126, de 28.903 Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad, número 30, de 28.911 Leganés (Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.4 Los derechos de examen serán de 15,65 euros para los aspirantes de promoción interna y de 31,30 euros para los aspirantes de turno libre. Estos derechos se ingresarán bien directamente o mediante transferencia bancaria en la cuenta abierta en el BBV-Argentaria 0182 9059 29 0203893031 a nombre de la Universidad Carlos III de Madrid, realizando el ingreso en concepto de «Pruebas Selectivas Escala Superior». Los participantes en las pruebas selectivas que estén inscritos como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años referida a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas así como las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos estarán exentos del pago de derechos de examen por participar en pruebas selectivas (Decreto Legislativo 1/2002 de 24 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid). En la solicitud deberá figurar el sello de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2. 3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso, en la solicitud figurará el sello de la Entidad bancaria en la que se ha efectuado el ingreso. c) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición.

3.6 Sólo podrá presentarse una solicitud por aspirante. En la solicitud se consignarán necesariamente los siguientes datos:

En el apartado 1, «Categoría», se hará constar la denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Escala Superior de Técnicos de Administración.

En el apartado «Grupo» se consignará «A1». En el apartado 3, «Forma de acceso», se consignará la letra «L» ó la letra «P», según se participe por el turno libre o por el turno de promoción interna.

Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas deberán indicarlo en el recuadro 6 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro número 7.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes. 3.9 Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Órgano convocante.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En esta Resolución, que se publicará en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés, figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. Los aspirantes que habiendo concurrido por el turno de promoción interna no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva o no aporten dentro del plazo de subsanación la documentación acreditativa de su condición, serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el sistema de acceso libre, siempre que cumplan todos los requisitos necesarios para ello. 4.3 La Resolución que apruebe con carácter definitivo las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación o, potestativamente, el recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo con la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 4.4 De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Procedimiento de selección

5.1 El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y Fase de concurso. 5.1.1 Fase de oposición: Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en el Anexo III de la presente convocatoria.

5.1.2 Fase de concurso:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado en el Anexo III. En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para superar los ejercicios que se hayan realizado en la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos alegados será requisito necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo que figura como Anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece en la base 3.5 de la presente convocatoria. Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas selectivas.

5.1.3 Valoración final:

La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas. Corresponderá al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los ejercicios del proceso de selección. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta Escala.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar los ejercicios de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:

A) Mayor puntuación obtenida sumando las dos partes del cuarto ejercicio de la oposición.

B) Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. C) Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la oposición. D) Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición. E) Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición.

Si una vez aplicadas las anteriores reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes elegidos.

5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema general de acceso libre será el de oposición.

5.2.1 Fase de oposición: Los ejercicios a realizar por los aspirantes por el sistema general de acceso libre se especifican en el Anexo III de esta convocatoria.

Corresponderá al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los ejercicios del proceso de selección. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta Escala. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los cuatro ejercicios que componen la fase de oposición. En caso de empate en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con mayor puntuación:

A) Mayor puntuación obtenida sumando las dos partes del cuarto ejercicio de la oposición.

B) Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la oposición. C) Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición. D) Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición.

Si una vez aplicadas las anteriores reglas no se ha dirimido el empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes seleccionados.

6. Tribunal Calificador

6.1 El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de los puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, así como a lo especificado en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El tribunal de las presentes pruebas selectivas es el que figura en el Anexo V.

6.2 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, el Tribunal tendrá la categoría primera. 6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de las circunstancias de abstención o recusación. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. 6.4 Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, el Rector publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 6.3. 6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros titulares o suplentes. 6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común. 6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. 6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Administración Pública. 6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, calle Madrid, número 126, de Getafe (Madrid), teléfonos 91 624 84 00 y 91 624 57 93. El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas, en relación con estas pruebas selectivas. 6.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será nula de pleno derecho. Con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Z», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 22 de junio de 2007, de la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el resultado del sorteo para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2007.

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad. 7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. Los aspirantes discapacitados que en su solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán concurrir al ejercicio para el que aquélla se concrete provistos del correspondiente certificado acreditativo de la discapacidad, al objeto de poder hacer efectiva, en su caso, la citada petición. 7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.9, el primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del 1 de noviembre de 2008, publicándose en la misma Resolución a la que se refiere la base 4.1 el lugar, fecha y hora de su celebración. 7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se efectuará por el Tribunal en la página web (http://www.uc3m.es), en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación. 7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Magnífico y Excmo. Sr. Rector, dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes. La Resolución de exclusión pondrá fin a la vía administrativa, y, contra la misma, los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, o potestativamente recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, en ambos casos a partir del día siguiente a su notificación, en los términos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

8. Listas de aprobados

8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones de aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna, se expresará asimismo en dicha relación la puntuación de la fase de concurso.

8.2 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista al Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, especificando, igualmente, el número de aprobados de cada uno de los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en la página web (http://www.uc3m.es) y en los tablones de anuncios del Servicio de Recursos Humanos y Organización de los Campus de Colmenarejo, Getafe y Leganés.

9. Presentación de documentos y nombramiento como funcionario de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan superado las presentes pruebas selectivas presentarán para su nombramiento como funcionarios de carrera en el Registro General de la Universidad Carlos III de Madrid, Avenida de la Universidad Carlos III, número 22, de 28.270 Colmenarejo (Madrid); calle Madrid, número 126, de 28.903 Getafe (Madrid), o Avenida de la Universidad, número 30, de 28.911 Leganés (Madrid), escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos Humanos y Organización con los siguientes documentos: a) Una fotocopia del DNI o acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del original para su comprobación. En caso de formato antiguo del DNI, una copia del NIF.

b) Fotocopia del título académico exigido debidamente compulsada, o el original y fotocopia para su comprobación y compulsa. c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. d) Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

9.2 Igualmente, durante el plazo citado en la base anterior, y con carácter previo a la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados se someterán a un reconocimiento médico de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciban del Servicio de Recursos Humanos al objeto de verificar el requisito reseñado en el apartado c) de la base 2.1 de la presente convocatoria.

9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición. 9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base, el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede de los Tribunales indicadas en la base 6.10. 9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición de los destinos, la autoridad convocante procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

10. Bolsa de trabajo

10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de la Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Carlos III de Madrid, se formará lista de espera con los aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, quedando ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados. En caso de igualdad de puntuación se estará a la prelación dispuesta en la base 5.

10.2 De la mencionada lista de espera quedarán excluidos aquellos aspirantes que, expresamente, comuniquen su voluntad de no ser incluidos en la misma mediante escrito dirigido al Tribunal.

11. Norma final

11.1 Los aspirantes por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las presentes bases.

11.2 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su modificación por Ley 4/1999, de 13 de enero y la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, el Rector de la Universidad Carlos III de Madrid podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su modificación por Ley 4/1999, de 13 de enero y la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Getafe, 18 de junio de 2008.-El Rector, P. D. (Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Juan Manuel Moreno Álvarez.

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ANEXO II

TEMARIO

Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Carlos III de Madrid

Grupo de materias general

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Principios constitucionales. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. 3. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La Ley 50/1997, de 27 de noviembre del Gobierno. 4. Órganos constitucionales de control de la Administración. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado. 5. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la justicia: El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. Los Tribunales Superiores de Justicia. La organización judicial española. 6. El Tribunal Constitucional. Composición. Atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. 7. La Administración Pública: Principios constitucionales que la informan. Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. Principios de organización, funcionamiento y relaciones con los ciudadanos. Los Órganos de la Administración General del Estado. 8. La Administración institucional. Organismos públicos. Los organismos autónomos. Entidades públicas empresariales. La Administración corporativa. 9. La organización territorial del Estado: Principios constitucionales. Las Comunidades Autónomas: Organización política y administrativa. Los Estatutos de Autonomía. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. El Estatuto de autonomía. Las competencias. La Asamblea legislativa. El Presidente de la Comunidad. Organización y estructura básica de las Consejerías. 10. La delimitación constitucional de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Relaciones entre Administraciones Públicas.

II. La Unión Europea

1. Las Comunidades Europeas: Objetivos y naturaleza jurídica de las Comunidades. Origen y evolución histórica. Ampliación y profundización. Situación actual y perspectivas. El Tratado de la Unión Europea. La unión política y la unión económica y monetaria.

2. Las Instituciones de las Comunidades: El Consejo Europeo. El Consejo de Ministros. El Parlamento Europeo. La Comisión. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. 3. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y decisiones. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico español. 4. La libre circulación de mercancías y la política comercial común. La libre circulación de trabajadores y la política social. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales. 5. La política regional de la Unión Europea. Los fondos estructurales. La cohesión económica y social.

III. Derecho Administrativo

1. La Administración Pública y el derecho. El principio de legalidad y el poder de autotutela de la Administración.

2. Derecho Administrativo. Fuentes. La jerarquía de las fuentes. El derecho comunitario. La Constitución. Los Tratados internacionales. 3. La Ley. Concepto y tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. 4. El Reglamento: concepto, clases y límites. La potestad reglamentaria: fundamento, titularidad y ejercicio. Límites de la potestad reglamentaria. El control de los Reglamentos. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. 5. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación, notificación y publicación. Revisión, anulación y revocación. 6. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y caracterización. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general y principios rectores. 7. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos. Procedimiento, flexibilidad y eficacia. El tiempo en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. Cómputo y alteración de los plazos. La obligación de resolver. El silencio administrativo. 8. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. 9. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. 10. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Concepto y clases. Requisitos generales. Efectos. 11. Régimen jurídico de la responsabilidad de la Administración. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. 12. La Ley de Contratos del Sector Público. Ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a todos los contratos. 13. Concepto y clases de contratos administrativos. Elementos. El procedimiento de contratación y adjudicación de contratos. Incumplimiento de los contratos administrativos. 14. El servicio público: concepto y clases. Formas de gestión de los servicios públicos. Gestión directa. Gestión indirecta: modalidades. Régimen jurídico.

IV. Gestión pública y gestión de recursos humanos

1. La modernización de las Administraciones Públicas. La Administración prestadora de servicios. Las nuevas orientaciones de la Administración pública: la Administración al servicio del ciudadano. La información administrativa: General y particular al administrado. La atención al público. La comunicación. Tratamiento de quejas y reclamaciones.

2. La gestión del cambio en las Administraciones públicas. El valor estratégico de la gestión del conocimiento. 3. La formulación de políticas públicas: identificación de necesidades, problemas y alternativas. La evaluación de políticas públicas. 4. La calidad en los servicios públicos. Principios básicos y evolución del concepto de calidad. Técnicas de gestión de la calidad: La dirección por objetivos. La programación de proyectos. Determinación de indicadores de gestión de los servicios públicos. Los procesos de mejora continua. 5. Modelos de evaluación de servicios. Las normas ISO: Modelos de calidad total. Especial referencia al modelo europeo EFQM. Los Contratos Programa. 6. Sistemas de información en las organizaciones. Planificación estratégica. Sistemas de información para la dirección y la gestión. Sistemas gestores de bases de datos. Workflow. Groupware y DataWarehouse. 7. La red Internet y los servicios básicos. Intranet y extranet. Portales y servicios básicos para el usuario. La informática y la modernización de los procedimientos administrativos y su papel innovador en las universidades. 8. Administración electrónica. Firma y comercio electrónico. 9. Protección de datos. Legislación aplicable en las Universidades públicas de Madrid. Seguridad en los sistemas de información. 10. La planificación de Recursos Humanos. La gestión del cambio y la adecuación de los puestos de trabajo en la Administración Pública. La función de la Relación de Puestos de Trabajo. Conciliación y planes de igualdad. 11. Gestión de Personas: planes de desarrollo profesional. La formación y el perfeccionamiento de los Recursos Humanos. Nuevos sistemas de evaluación, promoción y reconocimiento. Liderazgo y motivación. 12. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Legislación aplicable. El Estatuto Básico del Empleado Público. 13. Los procesos selectivos en la Administración Pública. La provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. 14. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. 15. El sistema de retribuciones. Estructura y contenido. Políticas retributivas. 16. Relaciones laborales en la Administración Pública: órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Las peculiaridades del ejercicio de la libertad sindical. La representación de los funcionarios. La negociación en el ámbito de las Administraciones Públicas. 17. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico. Modalidades de contratación. Selección y provisión de puestos de trabajo. 18. La Seguridad Social del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen general y régimen especial de los funcionarios del Estado. Mutualismo administrativo. Sistema de clases pasivas y jubilación. 19. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Órganos de Prevención. Conceptos básicos sobre Seguridad, Higiene, Ergonomía y Vigilancia de la Salud. Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales.

V. Gestión Universitaria

1. Las Universidades: su naturaleza jurídica. Los estatutos de las universidades públicas: posición en el ordenamiento jurídico.

2. El sistema universitario español. Los fines de la universidad. La autonomía universitaria. La Ley Orgánica de Universidades. Estructura y Organización de las Universidades. 3. La Administración de la Enseñanza Superior: distribución competencial. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Órganos de Coordinación Universitaria. 4. Política europea en materia de enseñanza superior: el Espacio Europeo de Educación Superior. La declaración de Bolonia. 5. Política europea en materia de investigación. Programas Marco. Programas nacionales y regionales de apoyo a la investigación. 6. La mejora de la calidad de la Universidad. La evaluación de la calidad en las Universidades: evaluación de Servicios y Titulaciones. Indicadores de enseñanza e indicadores de investigación. 7. Personal Docente e Investigador y Personal de Administración y Servicios. Clases y régimen jurídico. El Personal Investigador en las Universidades. Estatuto del Personal de Investigación en Formación. 8. La Universidad Carlos III de Madrid (I). La misión de la Universidad. Los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid. Órganos de Gobierno. Organización Académica. Departamentos. Facultades y Escuelas. Institutos Universitarios. Otros Centros. El Defensor universitario. 9. La Universidad Carlos III de Madrid (II). Régimen del alumnado. Planes de estudios. Normas de acceso y permanencia. Traslados y convalidaciones. Simultaneidad de estudios. Derechos y deberes de los alumnos. Oferta de titulaciones. 10. La Universidad Carlos III de Madrid (III) La investigación en las Universidades. Normativa y ordenación institucional. La gestión de la investigación: La Oficina de Transferencia de Resultados de la Investigación. Programas competitivos y contratos del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades. El Parque Científico. 11. La Universidad Carlos III de Madrid (IV) Servicios Administrativos. 12. La Universidad Carlos III de Madrid (V) Régimen económico financiero. Patrimonio. El Presupuesto de la Universidad. Financiación y control. Especial referencia al Contrato Programa suscrito entre la Comunidad de Madrid y las Universidades públicas madrileñas.

VI. Gestión Financiera

1. El Presupuesto del Estado. Características y estructura.

2. Los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Gastos plurianuales. 3. Las modificaciones presupuestarias. Concepto. Órganos competentes. Transferencias de créditos. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Incorporaciones de crédito. Generaciones de crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias. 4. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (I): Concepto, contenido y regulación jurídica. La formación del Presupuesto: Elaboración, examen, enmienda y aprobación. La estructura presupuestaria. 5. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (II): Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Desglose de aplicaciones presupuestarias. 6. El presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid (I): Características y estructura. Ingresos y gastos. Créditos iniciales y su financiación. Normas sobre modificación de créditos presupuestarios. Ejecución general de ingresos. 7. El presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid (II): Ejecución general de gastos presupuestarios: normas y procedimientos de gestión presupuestaria y económico financiera. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Documentos contables que intervienen en la gestión presupuestaria. Liquidación y cierre del ejercicio. Las cuentas de liquidación. 8. Contabilidad pública. Concepto. Control del gasto público: clases. Plan General de Contabilidad Pública. Fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. Criterios de valoración. 9. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre del ejercicio. Normas de elaboración de las cuentas anuales según en el Plan General de Contabilidad Pública. 10. La ejecución presupuestaria y la contratación administrativa. Contratos de obras, de gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia técnica y servicios. 11. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y los pagos. 12. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Gastos de inversión. 13. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja Fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos. 14. Retribuciones de los empleados públicos. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación. Devengo y liquidación de derechos económicos. 15. La Ley General de Subvenciones. Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Los contratos-programa como forma de financiación de la investigación. 16. La financiación de la investigación. Las ayudas públicas para la financiación de la I+D+i. Desarrollo económico de las actividades subvencionadas. Modelos de imputación de costes. Elegibilidad del gasto y justificación de las ayudas en proyectos nacionales y europeos. 17. Financiación de las Universidades. El modelo de financiación de la Comunidad de Madrid.

Grupo de temas específico

Grupo de materias jurídicas I. Derecho Constitucional y Derecho administrativo

1. La protección de los derechos fundamentales: recursos de amparo, vía judicial preferente y sumaria.

2. El ordenamiento jurídico-administrativo: estructura y caracteres. Las fuentes del Derecho Administrativo. 3. La Constitución como norma jurídica. La Ley: concepto y tipos de leyes. Reserva de Ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley: Decreto Ley y Decreto Legislativo. 4. El Reglamento. concepto, naturaleza y clases. La potestad reglamentaria: Fundamento, titularidad y ejercicio. Límites de la potestad reglamentaria. El control de los Reglamentos Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. 5. Las relaciones entre el ordenamiento jurídico del Estado y de las Comunidades Autónomas: Las cláusulas de prevalencia y de supletoriedad del derecho estatal. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las leyes de transferencias o delegación. Las leyes de armonización. Las normas autonómicas. 6. La Administración Pública y el derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. Potestades regladas y potestades discrecionales. Control de discrecionalidad y desviación de poder. Los Conceptos jurídicos indeterminados. 7. La relación jurídica administrativa. Los derechos públicos subjetivos y los intereses legítimos. El administrado. Clases. Capacidad de los administrados y sus causas modificativas. 8. Los derechos de los ciudadanos en el Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. La participación en las Administraciones Públicas. 9. El órgano administrativo: concepto, elementos y naturaleza. Clases de órganos. Especial referencia a los órganos colegiados. La potestad organizativa de la Administración: creación, modificación y supresión de órganos. 10. Los principios de la organización administrativa (I): La competencia: naturaleza y criterios de delimitación. Técnicas de traslación: delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. La jerarquía. La coordinación y el control. 11. Los principios de la organización administrativa (II): Centralización y descentralización. Clases de descentralización. La desconcentración. La tutela administrativa. 12. El acto administrativo. Elementos del acto administrativo: sujeto, causa, fin y forma. Clases de actos. El acto presunto: naturaleza y régimen jurídico. 13. La eficacia del acto administrativo: principios generales. Efectividad del acto administrativo. Procedimiento de ejecución: términos y plazos. 14. El acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez: conversión y convalidación. La revisión de oficio. Revocación de actos. Rectificación de errores. 15. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general, ámbito de aplicación y principios informadores. La estructura del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Certificación de actos presuntos. 16. Los recursos administrativos: concepto y principios generales. Objeto del recurso y legitimación. Clases de recursos. Recurso contencioso-administrativo. 17. Contratos de las Administraciones Públicas y los contratos administrativos. Principios comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los contratos. Perfección y formalización. Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los contratos. 18. Prerrogativas de la Administración y derechos y deberes del contratista. Ejecución y modificación de los contratos. Revisión de precios. 19. Extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación. La invalidez e impugnación de los contratos públicos. Los actos separables. 20. La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. El procedimiento sancionador. 21. Los bienes de las Administraciones Públicas. El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y elementos. Su régimen jurídico. Uso y utilización. La concesión demanial. Los bienes patrimoniales de las Administraciones Públicas: Concepto y régimen jurídico. 22. El servicio público (I). Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa: modalidades y régimen jurídico. 23. El servicio público (II). La gestión indirecta. Modalidades y régimen jurídico. La concesión: régimen jurídico.

II. Derecho Financiero

1. El derecho financiero: concepto, autonomía y contenidos. La Hacienda Pública en la Constitución española. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

2. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. El sistema tributario español: estructura. Impuestos directos: naturaleza y clasificación. Impuestos indirectos: naturaleza y clasificación. Tasas y precios públicos. 3. La financiación de las Comunidades Autónomas. Financiación incondicionada, financiación condicionada y financiación autónoma. 4. El gasto público: concepto, clases y régimen jurídico. Gastos de personal. Gastos de bienes corrientes y de servicios. Gastos de inversiones. Las subvenciones: naturaleza y clases. 5. El Presupuesto. Concepto y naturaleza. Características. Contenido y Estructura. Elaboración y aprobación. 6. Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales. 7. La planificación del gasto público. Escenarios presupuestarios. Impuestos directos: naturaleza y clasificación. 8. El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases. Gestión de los diferentes gastos. Pagos: concepto y clases. 9. El control de la actividad económica-financiera del sector público. El control presupuestario: Concepto, ámbito de aplicación. Control externo y control interno. La Intervención General. El control externo: El Tribunal de Cuentas. Control de legalidad. Control de eficiencia. 10. La Contabilidad Pública. El Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.

III. Derecho Laboral

1. El derecho del trabajo: Características. Principios constitucionales. Las fuentes del ordenamiento laboral. La contratación laboral en la Administración Pública. Las peculiaridades del derecho laboral en su aplicación a las Administraciones Públicas.

2. El Estatuto de los Trabajadores. Los convenios colectivos: concepto y naturaleza. Régimen jurídico. Contenido de los convenios colectivos: contenido obligacional y contenido normativo. 3. El Convenio Colectivo del Personal de administración y servicios laboral de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid. Estructura básica. Derechos y deberes. Sistema de retribuciones. Incompatibilidades. 4. El Convenio Colectivo del Personal docente Laboral de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid. Estructura básica. Derechos y deberes. Sistema de retribuciones. Incompatibilidades. 5. El contrato de trabajo. Regulación general. Contenido. Forma. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Retribuciones y jornada de trabajo. Modalidades del contrato de trabajo. Duración del contrato de trabajo. 6. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción social y administración laboral; la reclamación previa a la vía laboral.

Grupo de materias económicas I. Política económica y Teoría económica general

1. Teoría de la demanda del consumidor. Función de utilidad. Curvas de indiferencia. Comportamiento maximizador. Efecto renta y sustitución. Teoría de la preferencia revelada.

2. Teoría de la producción. Función de producción. Curvas isocuantas e isocostes. Comportamiento maximizador. Oferta de producto. Demanda de factores. 3. Teoría del mercado: competencia perfecta. Definición. Comportamiento a corto y a largo plazo. Efectos económicos. Competencia imperfecta: Monopolio: Definición, determinación de precios y efectos del monopolio. Intervención sobre el monopolio. Oligopolio: Definición y Efectos del oligopolio. 4. Macromagnitudes agregadas básicas. Relaciones en economía cerrada y abierta. 5. Determinantes y comportamiento del consumo: Características. Teoría del ciclo vital. Teoría de la renta permanente. Otras. El papel de las expectativas. 6. Determinantes y comportamiento de la inversión. Inversión en existencias: factores determinantes. Inversión en equipo: El coste de uso del capital. El proceso de ajuste óptimo. Inversión en construcción: Factores a corto y a largo plazo. 7. La balanza de pagos y el tipo de cambio. Definición y componentes de la balanza de pagos. Regímenes cambiarios. El Sistema Monetario Europeo. 8. Tipos de cambio fijos: definición y funcionamiento del sistema. Tipos de cambio flexibles: definición y funcionamiento del sistema. 9. El modelo económico español en el marco de la economía mundial. Líneas generales de la política económica actual.

II. Hacienda Pública y Administración Financiera

1. La Hacienda Pública: Funciones, instrumentos y medidas. La Hacienda Pública supranacional.

2. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado. 3. La Hacienda Pública en la Comunidad de Madrid. La Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid: estructura y principios generales. 4. Los ingresos públicos: concepto y clases. Efectos económicos. 5. El impuesto: Concepto, clases, principios y efectos económicos. El sistema fiscal español: estructura. Los impuestos directos: Concepto, caracteres y clases. Los impuestos indirectos: Concepto, caracteres y clases. Tasas y precios públicos. 6. El Impuesto sobre la Renta. Características. Regulación. Efectos económicos. 7. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Características. Regulación. Efectos económicos. 8. El Impuesto de Sociedades. Características. Regulación. Efectos económicos. 9. La Seguridad Social: Dimensión y Características económicas. Financiación y problemas actuales. 10. El Gasto Público: Concepto. Principios constitucionales. Naturaleza y clases. La incidencia del Gasto Público. 11. El déficit público: concepto y clases. Causas y efectos. La financiación del déficit público. La deuda pública. Clases. La gestión de la deuda pública. 12. La Administración financiera: Su organización. Órganos de presupuestación. Órganos de ejecución presupuestaria. Órganos de control. 13. Las relaciones financieras entre las Administraciones Públicas españolas. Las relaciones financieras con la Unión Europea. 14. El presupuesto: Concepto contenido y fines. Los principios clásicos del presupuesto y su crisis. Clasificación de los gastos públicos: Efectos limitativos. 15. El presupuesto por programas. El presupuesto base cero. Otras técnicas presupuestarias. 16. El ciclo presupuestario. Preparación, discusión y aprobación. Ejecución. Control. 17. Modificaciones presupuestarias: Créditos extraordinarios y suplementos de créditos. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. 18. Procedimiento común de ejecución de gastos públicos: Autorización. Compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación. Propuesta de pago. 19. Procedimiento de pago. El pago directo por el Tesoro Público. Pagos a través de habilitados: Anticipos de caja fija y pagos a justificar. 20. Gestión de los gastos de personal: Retribuciones de los empleados públicos. Devengo y liquidación. Los gastos de clases pasivas. 21. Gestión de los gastos contractuales: Tipos de contratos. Autorización y compromiso de gastos contractuales. Reconocimiento de la obligación. Pago. Control de los gastos contractuales. 22. Gestión de los gastos de transferencias. Las subvenciones: Procedimiento de concesión. El reconocimiento de la obligación y el pago de las subvenciones: Reintegro y control. 23. El control de la actividad económica-financiera del sector público. El control presupuestario: Concepto, naturaleza y ámbito de aplicación. Control externo y control interno. La Intervención General. El control externo: El Tribunal de Cuentas. Control de legalidad. Control de eficiencia. 24. La Contabilidad Pública: contenido, naturaleza y ámbito de aplicación. El Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado. 25. Liquidación del presupuesto y rendición de cuentas.

III. Economía de la empresa

1. La empresa y su marco institucional. La empresa y el mercado. La demanda.

2. Teorías y principios de organización. Principales modelos. 3. La empresa pública (I): Objetivos. Efectos macroeconómicos. Características fundamentales de su gestión. 4. La empresa pública (II):. La financiación de la empresa pública. Las fuentes de financiación externas. La estructura financiera. El control de la empresa pública: alcance y crítica. La fijación de precios. 5. Las fuentes de financiación de la empresa. La financiación interna. La amortización. El crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento permanente. 6. La financiación externa de la empresa: Contratos de «leasing», «factoring» y «renting». Otras formas de financiación externa. 7. La inversión. Concepto y clases. Selección de inversiones. 8. La dimensión de la empresa. Criterios y teorías delimitadores del tamaño. El crecimiento de la empresa. Estrategias de crecimiento. 9. La información contable en la empresa (I) Principios contables y normas de valoración. Las cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria económica. 10. La información contable en la empresa (II) Contabilidad analítica. Coste directo y coste completo. Coste estándar. 11. La información económico-financiera y los estados contables. 12. Estadística: definición y conceptos fundamentales. la estadística descriptiva. representaciones gráficas. Medidas de posición y medidas de dispersión. Números índices. 13. Series temporales. Tendencia. Variaciones cíclicas y variaciones estacionales. Concepto de muestreo. Tipos.

ANEXO III

PROCESO SELECTIVO

Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Carlos III de Madrid

El proceso selectivo constará de una fase de oposición para todos los aspirantes. Además, para los aspirantes que participen por el turno de promoción interna, existirá una fase de concurso.

I. Fase de oposición

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios. Primer ejercicio. Cuestionario de preguntas con respuestas alternativas.-De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter teórico, integrado por un máximo de 120 preguntas tipo test con respuestas múltiples (siendo sólo una de ellas correcta) que versarán sobre el programa que figura como Anexo II. El test constará de dos partes, una primera de 60 preguntas referida al grupo de temas general y una segunda de 60 preguntas sobre el grupo de temas específicos. Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna realizarán únicamente la parte correspondiente a las preguntas referentes al temario específico.

La calificación de este ejercicio será de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos. A la vista de la dificultad del ejercicio propuesto y del grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso a esta Escala, el Tribunal calificador determinará el número de preguntas válidamente contestadas necesarias para la superación de este ejercicio, una vez descontada la penalización por respuestas erróneas. El tiempo de duración del ejercicio será, como máximo, de noventa minutos. Segundo ejercicio. Idioma.-Este ejercicio será eliminatorio para los aspirantes que concurran por el turno libre y obligatorio no eliminatorio para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna. Consistirá en una prueba de conocimientos del idioma inglés para todos los aspirantes. El ejercicio constará de una traducción directa, por escrito, en castellano, de un texto en inglés propuesto por el Tribunal y relacionado con el temario. Para la realización de esta prueba se podrá hacer uso de diccionario. El texto tendrá un mínimo de 700 palabras. El tiempo máximo para realizar esta primera parte será de una hora. La calificación global del ejercicio será de cero a cinco puntos. Para la superación de este ejercicio por parte de los aspirantes del turno libre, se deberá obtener un mínimo de 2,5 puntos. El Tribunal establecerá los conocimientos mínimos necesarios para alcanzar esta puntuación. Para los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna solamente se tendrán en cuenta las notas iguales o superiores a 2,5 puntos. Tercer ejercicio. Tema de composición.-De carácter eliminatorio. Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas a elegir entre cuatro propuestos por el tribunal. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas. Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Una vez leído el ejercicio completo, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas considere necesarias sobre el citado ejercicio durante un período máximo de quince minutos. Se valorará especialmente la formación general, la claridad y el orden de ideas, así como la facilidad de expresión escrita. Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlo. Cuarto ejercicio. Práctico.

Primera parte: Esta parte la realizarán exclusivamente los aspirantes que concurran por el turno de acceso libre y será de carácter eliminatorio. Constará de la elaboración, entrega y posterior defensa de un proyecto gerencial de planificación que, de manera orientativa, podrá estar relacionado con alguna o varias de las siguientes áreas: Recursos Humanos, Organización, Gestión Académica, Gestión Departamental, Calidad e Innovación, Gestión Financiera, Investigación u otras que el aspirante considere justificadas en una Universidad Pública.

El aspirante deberá elaborar de forma individual dicho proyecto gerencial, que deberá ser entregado al Tribunal en la forma y plazo que se indique en la resolución del Tribunal que declare aprobada la lista de aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio. Esta resolución podrá incluir nuevas instrucciones específicas sobre la realización del informe si así lo considera el Tribunal. El proyecto tendrá una extensión máxima de 100 páginas a doble espacio e interlineado doble, no computando para el cálculo de esta extensión máxima los Anexos que el aspirante crea necesario incluir. El tamaño de página será DIN-A4 y el tipo de letra Arial 12, excepto los títulos. El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de 30 minutos para realizar la defensa. El Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de 30 minutos. Para su defensa, el candidato dispondrá de un ordenador y de una pizarra o elementos análogos. La calificación de esta parte del ejercicio será de cero a diez puntos, siendo necesario para superar esta parte y acceder a la realización de la segunda parte obtener un mínimo de cinco puntos. El Tribunal establecerá los conocimientos mínimos necesarios para alcanzar esta puntuación.

Segunda parte:

Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, relacionados con las materias que componen el programa y que figuran en el Anexo II, exceptuando los bloques I y II del temario general (Organización del Estado y de la Administración Pública y La Unión Europea). En este ejercicio se valorará el rigor analítico, la sistemática y claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada de resolución. El tiempo máximo para el desarrollo escrito de este ejercicio será de cuatro horas.

Para el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes podrán acudir provistos de los textos y manuales que consideren necesarios. No se podrán utilizar ordenadores o sistemas de ayuda, salvo que sean facilitados por el Tribunal. El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. El Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio para determinar el grado de adecuación de la solución propuesta durante un tiempo máximo de 30 minutos. El aspirante dispondrá de una pizarra o elemento similar durante este turno de preguntas. La calificación de esta parte del ejercicio será de cero a diez puntos, siendo necesario para superar esta parte del ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos. El Tribunal establecerá los conocimientos mínimos necesarios para alcanzar esta puntuación.

II. Fase de concurso

En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 (antiguo Grupo B), incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el grado personal consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado, la experiencia y los cursos de formación recibidos o impartidos relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo que figura como Anexo V de la presente convocatoria, certificación a la que se adjuntarán documentación acreditativa de los puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y copia de los certificados de cursos de formación para la mejor valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente convocatoria. Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que superen la misma. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición. La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:

a) Antigüedad: Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los servicios efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 (antiguo Grupo B) de Administración General, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Por cada año completo de servicios prestados en el Subgrupo A2 (antiguo Grupo B) o asimilado en la Universidad Carlos III de Madrid, 0,50 puntos. Por cada año completo de servicios prestados en el Subgrupo A2 (antiguo Grupo B) en otros organismos, 0,25 puntos.

b) Grado personal consolidado: Hasta el grado 18: 4,25 puntos, y por cada unidad que exceda de 18, 0,25 puntos hasta un máximo de 6,25 puntos.

c) Trabajo desarrollado:

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de esta convocatoria se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 18: 4,25 puntos, y por cada unidad que exceda de 18, 0,5 puntos hasta un máximo de 8,25 puntos.

d) Cursos de formación: La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de 5 puntos. Se valorará la asistencia o impartición de seminarios, congresos y cursos de formación que estén relacionados con las funciones propias y las competencias relativas a la Escala Técnica Superior de Administración de la Universidad Carlos III de Madrid, las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones así como cursos sobre habilidades directivas, trabajo en equipo, calidad en la gestión, dirección por objetivos, etc.

De 150 horas o más de duración: 0,75 puntos.

Entre 25 y 150: 0,5 puntos. Hasta 25 horas de duración: 0,25 puntos. Congresos y seminarios sin duración especificada, máximo 0,25 puntos por actividad.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO V

TRIBUNAL

Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Carlos III de Madrid

Tribunal titular:

Presidenta: M.ª Teresa Malo de Molina Martín-Montalvo.

Vocal: Francisco Javier Prieto Fernández. Vocal: M.ª Carmen Carrero Domínguez Vocal: Luis J. Mediero Oslé. Vocal: Óscar Celador Angón. Secretario: Tomás Gómez Gómez.

Tribunal suplente:

Presidenta: Paloma Arnáiz Tovar.

Vocal: Jesús Gonzalo Muñoz. Vocal: Ricardo Camarillo Llorens. Vocal: M.ª Teresa Díez García. Vocal: Domingo José Santana Santana. Secretaria: Patricia López Navarro.

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