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Documento BOE-A-2008-12310

Orden CUL/2109/2008, de 30 de junio, por la que se conceden las ayudas de acción y promoción cultural, correspondientes a 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 17 de julio de 2008, páginas 31331 a 31341 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-12310

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre (Boletín Oficial del Estado número 7, de 8 de enero de 2005) establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Por Resolución de 15 de noviembre de 2007 (Boletín Oficial del Estado número 283, de 26 de noviembre), de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, se convocan las ayudas de acción y promoción cultural correspondientes al presente ejercicio. De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de 15 de noviembre de 2007, la Comisión de Estudio y Valoración ha examinado y valorado las solicitudes presentadas a la convocatoria, habiendo dado traslado de la propuesta a la Subdirección General de Acción y Promoción Cultural, órgano instructor del procedimiento, para la concesión de determinadas ayudas a los solicitantes seleccionados. De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 15 de noviembre de 2007, los criterios tenidos en cuenta por la Comisión de Estudio y Valoración para la selección de solicitudes han sido:

a) Valoración de la aportación que represente la actividad propuesta para el cumplimiento de las finalidades del apartado primero de la resolución. En este sentido, serán especialmente valoradas las actividades que contribuyan a la realización del Año Europeo del Diálogo Intercultural 2008 y las que supongan el desarrollo de proyectos relativos al uso de las tecnologías de la información, la comunicación e Internet en materia de acción y promoción cultural.

b) Capacidad y solvencia del solicitante. c) Trayectoria dentro de la actividad para la que se solicita la ayuda. d) Calidad del proyecto presentado.

Con posterioridad a la propuesta de concesión de las ayudas de acción y promoción cultural, se han producido las siguientes circunstancias:

Desistimiento de la Fundación Iniciativas 21, a quien se había propuesto un importe de 18.000 euros.

Desistimiento de la Fundación Museo Cerralbo, a quien se había propuesto un importe de 6.000 euros. Desistimiento de la Asociación Cultural Rafael R. Baixeras, a quien se había propuesto un importe de 30.000 euros.

En virtud de ello, vistas todas las solicitudes presentadas a la convocatoria; vista la propuesta elaborada por la Comisión de Estudio y Valoración en su reunión de 5 de marzo de 2008, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre y en la Resolución de 15 de noviembre de 2007, antes citada, dispongo:

Primero.-Conceder ayudas a las personas y entidades que se relacionan en el anexo a la presente orden, para la realización de las actividades que en el mismo se mencionan y en las cuantías que allí se señalan.

Segundo.-Fijar el 31 de diciembre del año 2008 como término para llevar a cabo las actividades objeto de las ayudas. La realización de estas actividades será justificada por los beneficiarios de conformidad con lo establecido en el punto segundo, 9.3 y 9.4 de la Resolución de 15 de noviembre de 2007, de acuerdo con las instrucciones que se notificarán a los interesados, y en los tres meses siguientes a la terminación del plazo establecido en el párrafo anterior. Tercero.-Denegar el resto de las solicitudes que figuran en el anexo II al acta de la Comisión de Estudio y Valoración, cuyo contenido se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección General de Política e Industrias Culturales.

Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 30 de junio de 2008.-El Ministro de Cultura, P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Guillermo Corral van Damme.

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