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Documento BOE-A-2008-12623

Orden INT/2164/2008, de 15 de julio, por la que se crean la Unidad de Madres de Mallorca y la Unidad de Madres de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2008, páginas 32213 a 32213 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2008-12623

TEXTO ORIGINAL

Más de 200 menores de tres años conviven con sus madres en distintos establecimientos destinados al cumplimiento de las penas impuestas a éstas por la autoridad judicial. El ordenamiento penitenciario regula la admisión y estancia de menores de tres años con sus madres en los centros penitenciarios en que éstas se encuentren internadas. Esta convivencia, dispone nuestro ordenamiento, debe orientarse, desde la gestión de la Administración a potenciar al máximo el desarrollo de la relación materno-filial y de la formación de la personalidad de los menores dentro de la especial circunstancia determinada por el cumplimiento por la madre de la pena privativa de libertad (artículo 38.2 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria). La finalidad primordial de estas Unidades de Madres, de nueva creación, es la mejora de las condiciones de desarrollo físico, madurativo y psicológico de los hijos de mujeres sujetas a sanción penal. Se trata de obtener la máxima normalización en la vida de los menores allí ingresados. Son Unidades de Madres, reguladas en el Capítulo V del Título VII del Reglamento Penitenciario, aprobado por el Real Decreto 190/1996, de 9 febrero, dotadas de cierta independencia funcional, pero dependientes administrativamente del Centro de Inserción Social al que se encuentran anexionadas, con personal que ejercerá funciones en ambas estructuras y efectivos específicos adscritos exclusivamente a ellas. En virtud de cuanto antecede, dispongo:

Primero. Creación de la Unidad de Madres de Palma de Mallorca.-Crear, en el término municipal de Palma de Mallorca, una Unidad de Madres, con la denominación de «Unidad de Madres de Mallorca», cuya organización, administración y funcionamiento se regirán por lo dispuesto en la legislación vigente.

Segundo. Creación de la Unidad de Madres de Sevilla.-Crear, en el término municipal de Sevilla, una Unidad de Madres, con la denominación de «Unidad de Madres de Sevilla», cuya organización, administración y funcionamiento se regirán por lo dispuesto en la legislación vigente. Tercero. Dependencia orgánica y funcional.-Los inmuebles penitenciarios a que se refieren los apartados primero y segundo, dependerán orgánica y funcionalmente de los respectivos Centros de Inserción Social de Mallorca y Sevilla, creados por Orden INT/ .... de ............, de ..................., por la que se crean el Centro de Inserción Social «Joaquín Ruiz-Giménez» de Mallorca, en Palma de Mallorca (Baleares), y el Centro de Inserción Social «Luis Jiménez de Asúa» de Sevilla, en Sevilla, lo que conllevará, en cuanto a la ordenación de recursos humanos, la adscripción general a éstos del personal destinado en aquéllas. Cuarto. Autorización de desarrollo.-Autorizar a la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Orden, concretando los distintos aspectos del destino y régimen penitenciarios que correspondan a los nuevos Centros de Inserción Social y Unidades de Madres, adoptando las actuaciones que procedan a fin de reordenar los recursos humanos disponibles. Quinto. Entrada en vigor.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de julio de 2008.-El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

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