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Documento BOE-A-2008-13872

Resolución de 1 de agosto de 2008, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se desarrolla la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura, para la concesión de los Premios Nacionales de Artes Plásticas, Fotografía y Restauración y Conservación de Bienes Culturales, correspondientes al año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 14 de agosto de 2008, páginas 34543 a 34543 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-13872

TEXTO ORIGINAL

Convocados los Premios Nacionales de Artes Plásticas, Fotografía y Restauración y Conservación de Bienes Culturales por Orden CUL/776/2008, de 11 de marzo, procede desarrollar la normativa que regula su concesión de conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la orden citada. En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-1. Los Premios Nacionales de Artes Plásticas, Fotografía, Restauración y Conservación de Bienes Culturales, recompensarán la meritoria labor del galardonado en cada uno de sus ámbitos culturales, bien como reconocimiento a la obra o actuación hecha pública o realizada durante el año 2007, bien, en casos debidamente motivados, como reconocimiento a una trayectoria profesional.

2. Para la concesión de los Premios se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) La calidad de las obras o actividades reconocidas;

b) su carácter innovador; c) su significación como aportación sobresaliente a la vida cultural y artística española.

3. Los Premios se otorgarán sobre la base de las actividades de creación cultural realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser considerados como creadores, cualquiera que sea su personalidad jurídica.

Segundo.-1. De acuerdo con las respectivas aplicaciones presupuestarias, la dotación económica de los Premios será la siguiente:

Aplicación presupuestaria 24.03.333B.481-03: Premio Nacional de Artes Plásticas: 30.000 euros

Premio Nacional de Fotografía: 30.000 euros

Aplicación presupuestaria 24.03.337B.481-01:

Premio Nacional de Restauración y Conservación de Bienes Culturales: 30.000 euros. 2. La cuantía de los Premios no podrá dividirse.

Tercero.-1. Para los Premios Nacionales de Artes Plásticas y Fotografía se constituirán sendos Jurados, cuya composición, para cada uno de ellos, será la siguiente:

Presidirá el Jurado el Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Vocales:

El premiado en la convocatoria anterior.

Dos directores o conservadores de museos o centros de arte contemporáneo español, uno a propuesta del Instituto de Arte Contemporáneo (IAC), y otro, a propuesta de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. Tres críticos, investigadores o comisarios de arte contemporáneo de reconocido prestigio, uno a propuesta de la Asociación de Directores de Arte Contemporáneo de España (ADACE), otro a propuesta de la Unión de Asociaciones de Artistas Visuales (UAAV), y un tercero a propuesta de un suplemento cultural de prensa o un medio de comunicación especializado de arte contemporáneo. Actuará como Secretario el Subdirector General de Promoción de las Bellas Artes.

No podrán formar parte del Jurado quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores.

2. Para el Premio Nacional de Conservación y Restauración de Bienes Culturales se constituirá un Jurado, cuya composición será la siguiente:

Presidirá el Jurado el Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Vocales:

El Premiado en la convocatoria anterior, o un representante de la persona jurídica premiada, libremente designada por ésta.

Un arquitecto especialista en conservación y restauración, a propuesta del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España. Un director de instituto, museo, escuela o centro de conservación y restauración de bienes culturales, a propuesta del Comité Español del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS). Dos profesionales especializados en conservación y restauración, ligados a la universidad o a un centro de investigación, uno a propuesta del Grupo Español del Instituto Internacional para la Conservación de Obras Artísticas e Históricas (IIC), y otro a propuesta del Centro Internacional para el Estudio de la Preservación y Restauración de la Propiedad Cultural (ICCROM). Un Conservador-Restaurador de prestigio, a propuesta de la Real Academia de la Historia. Actuará como Secretario el Subdirector General del Instituto del Patrimonio Cultural de España.

No podrán formar parte del Jurado quienes hayan participado en el mismo en alguna de las dos convocatorias anteriores.

3. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las gratificaciones correspondientes a sus trabajos de asesoramiento, con las limitaciones establecidas en la legislación vigente sobre incompatibilidades y, en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran incurrir para el desarrollo de dicho trabajo. 4. En lo no previsto en esta resolución, el funcionamiento del Jurado se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarto.-Los candidatos a los Premios Nacionales de Artes Plásticas, de Fotografía y de Restauración y Conservación de Bienes Culturales serán presentados por los miembros del Jurado o por las entidades culturales o profesionales relacionadas con los diferentes ámbitos culturales, mediante propuestas razonadas dirigidas al Ministro o al propio Jurado, una vez constituido. Quinto.-El fallo será elevado al Ministro de Cultura, a través del Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, antes del 15 de diciembre de 2008. La Orden de concesión de los premios se publicará inmediatamente en el Boletín Oficial del Estado. Sexto.-La entrega de los premios concedidos se efectuará en un acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas. Séptimo.-Los importes de estos premios y los gastos derivados de los mismos se satisfarán con cargo a las dotaciones presupuestarias asignadas a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. Octavo.-En ningún caso la concesión del premio implicará cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de su autor. Noveno.-Contra la presente resolución, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el superior jerárquico, al amparo de lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 1 de agosto de 2008.-El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, José Jiménez Jiménez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/08/2008
  • Fecha de publicación: 14/08/2008
Materias
  • Ministerio de Cultura
  • Premios

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