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Documento BOE-A-2008-14328

Resolución de 27 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto «Mejora y modernización de los regadíos tradicionales de la Comunidad de Regantes de El Torno, en El Torno y otros (Cáceres)».

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 2008, páginas 35522 a 35526 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-14328

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado c, grupo 1 del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental y notificado la decisión motivada de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental a la SEIASA de la Meseta Sur SA en escrito de 3 de noviembre de 2006, por lo que procede formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada norma. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor es la SEIASA de la Meseta Sur SA y el órgano sustantivo es la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. El proyecto tiene por objeto la mejora y modernización de los regadíos de la Comunidad de Regantes de El Torno, permitiendo una gestión coherente del agua para el riego que proviene de las distintas gargantas y arroyos de la margen derecha del río Jerte. Actualmente el riego es por gravedad o localizado, con infraestructuras mal diseñadas. La Comunidad de Regantes tiene una superficie de 693 ha, dedicadas al cultivo de frutales, principalmente cerezos, en el término municipal de El Torno y en menor medida en los términos limítrofes de Cabezabellosa, Valdastillas y Rebollar, en la provincia de Cáceres. La mejora y modernización incorpora un sistema de riego localizado a presión para 1.451 parcelas que ocupan una superficie de 534 ha, correspondientes a dieciséis sectores. La red de riego prevista tendrá una longitud total de 65 km de tuberías enterradas y para su recorrido se utilizará el trazado de caminos y acequias existentes. La posición de los elementos de riego balsas, azudes, hidrantes, etc, no requiere de energía y por tanto no se han previsto instalaciones para el transporte de energía. El siguiente cuadro refleja el resumen por sectores:

Sector n.º

Denominación

Superficie (ha)

Hidrantes

Regulación

Tipo de regulación

Capacidad regulación (m3)

1

ROMANEJO

80,8343

36

Balsa.

22.054

3

LOS ALISAREJOS

50,6653

16

Balsa.

23.545

4

LAS PAREJAS

56,2201

22

Balsa.

25.400

5

CRO-ROBLES

54,7499

26

Balsa.

33.472

6

MORALES

21,8607

9

Depósito.

1.000

7

CASA BLANCA

24,2269

17

Depósito.

1.125

8

EL POZO

21,6231

17

Azud existente.

100

9

EL PUEBLO

19,0627

Depósito existente.

511

10

LOS BONALES

13,3690

11

Balsa.

21.900

PADREJONES

5,7776

Depósito existente.

50

EL REGAJO

19,5862

Depósito existente.

330

LA PICOTILLA

45,4933

28

Depósito.

2.700

11

LOMO

68,0499

31

Balsa.

2.429

12

LAS COVACHAS

35,4545

22

Balsa.

29.648

13

EST. DEL JABUCO

8,1450

4

Depósito.

250

14

EST. LOS ALISOS

10,7920

4

Mejora de azud existente.

59

15

ESTANCO COVACHAS

7,5920

3

Mejora de azud existente.

25

16

EST. EL POSTUERO

9,8400

4

Depósito.

250

17

EST. LAGUNILLA

15,8505

6

Depósito.

250

Total

569,19

256

164.813

Las alternativas propuestas se refieren a: Sistema de riego: El sistema de riego utilizado actualmente es mixto, localizado y por gravedad. El riego por gravedad o a manta eleva los consumos de agua por lo que se opta por el riego localizado.

Ubicación y número de balsas: Se barajó la posibilidad de construir una única balsa en una cota superior a las parcelas de regadío, pero se desecha esta alternativa por el excesivo diámetro de las tuberías. Se opta por la construcción de un depósito o balsa para cada sector. Se plantean dos alternativas para el trazado de la instalación de nuevas tuberías:

Realizar un trazado lineal, lo que plantearía la construcción de nuevos caminos, ocupación de parcelas, inconvenientes para la fauna e impactos negativos.

Llevar el trazado sobre caminos existentes ó siguiendo el trazado de las actuales acequias evitando tramos innecesarios y mayor trabajo de la maquinaria. Se opta por esta segunda alternativa que genera menor impacto ambiental. La solución finalmente adoptada para ubicar distintos sistemas de riego, balsas, azudes e hidrantes, está dentro de los límites establecidos de viabilidad técnica y productiva, y suponen menor afección a la vegetación, principalmente arbórea. Permite un riego en el que no se utilizará ningún tipo de energía, salvo la potencial propia del agua que se encuentra en cotas superiores a las de la zona de riego.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Espacios naturales protegidos y hábitat: Dentro del ámbito de estudio se localizan dos Lugares de Interés Comunitario: ES 4320071 «Río Alagón y Jerte».

ES 4320038 «Sierra de Gredos y Valle del Jerte».

La zona presenta los siguientes hábitats no prioritarios: 9230 Robledales galaico-portugueses de «Quercus robur» y «Quercus pyrenaica».

92A0, bosques galería de «Salix alba» y «Populus alba».

Además hay especies animales y vegetales de interés comunitario recogidos en los anexos II y IV de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Hidrología. El Valle del Jerte recibe este nombre del río que lo recorre en sentido SO. El río Jerte es afluente del Alagón y está encuadrado en la cuenca hidrográfica del Tajo. Se alimenta de una serie de gargantas que lo mantienen con caudal variable e irregular durante todo el año.

Las características hidrológicas generales de El Torno vienen determinadas por la morfología accidentada del terreno que corresponde a un valle estrecho, encajonado y de fuertes pendientes. Los acuíferos de donde se extrae el agua para la zona regable forman parte de la zona n.º 10-64-A del río Jerte en la Cuenca del río Alagón. La calidad de las aguas del río Jerte es muy buena.

Vegetación. La vegetación es la mesomediterránea luso extremadurense. En la comarca de El Torno la vegetación se puede clasificar en: Bosques: Roble rebollo («Quercus pyrenaica»), roble melojo («Arbuto unedonis-Querceto pyrenaicae sigmetum»), encinar («Quercus ilex») alcornocal («Quercus suber») principalmente.

Zonas Ribereñas: Bosques de galería en general asociados al río Jerte y a las gargantas vertientes en los cuales abunda fresno («Fraxinus angustifolia»), aliso («Agnus glutinosa»), tamujo («Flugea tinctorea»), zarzas («Rubus ulmifolius»), sauce («Salix salvifolia»), olmos («Ulmus minor»), chopos («Populus nigra», «P.alba»), etc. Zonas de Cultivos: Situadas en las afueras de las poblaciones, incluye cultivos de secano y regadío, fundamentalmente cerezales y también olivos.

Fauna. Asociada a esta vegetación podemos encontrar especies de invertebrados, anfibios, mamíferos y reptiles que se consideran de interés especial y vulnerables según la normativa autonómica. Paisaje. Zonas montañosas con laderas que desembocan en el fondo del Valle del Jerte. El perfil que presentan las montañas es redondeado, en el que aparecen numerosas afloraciones rocosas, representadas por bolos de gran tamaño, dando origen a numerosos berrocales.

Presencia de numerosos arroyos y gargantas que discurren encajonados, ladera abajo a gran velocidad debido a la acusada pendiente con numerosas cascadas, de poca altura, pero de belleza paisajística.

Patrimonio cultural. No hay Bienes de Interés Cultural en el ámbito del proyecto. La prospección arqueológica, realizada parcialmente, no ha detectado presencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por el proyecto. Vías pecuarias. Se encuentran en las proximidades de la zona de actuación: El Cordel del Valle, la Colada del Torno a Barral y el Cordel de las Merinas, que no se verán afectadas por el proyecto.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada de documentación inicial: Con fecha 16 de septiembre 2005 la SEIASA de la Meseta Sur SA presentó documentación ambiental del proyecto, iniciándose así su tramitación.

b) Consultas previas: Relación de consultados y de contestaciones: La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 11 de agosto de 2006, estableció un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas. La relación de consultados se expone a continuación, señalando con una «X», aquellos que han emitido informe sobre el documento ambiental del proyecto.

Organismos consultados

Respuestas Recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente

-

Confederación Hidrográfica del Tajo

X

Diputación Provincial de Cáceres

-

Dirección General de Medio Ambiente. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Junta de Extremadura

X

Dirección General de Estructuras Agrarias. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Junta de Extremadura

X

Dirección General de Infraestructuras. Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico. Junta de Extremadura

-

Dirección General de Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura. Junta de Extremadura

X

Ayuntamiento de El Torno

X

Ayuntamiento de Rebollar

-

Ayuntamiento de Cabezabellosa

-

Ayuntamiento de Valdastillas

-

Ayuntamiento de Casas del Monte

-

Ayuntamiento de Jarilla

X

Ayuntamiento de Casas del Castañar

-

Ayuntamiento de Plasencia

-

SEO

-

Ecologistas en Acción de Extremadura

-

Amigos de la Tierra

-

Asociación para defensa de la Naturaleza «Vetonia»

-

Greenpeace

-

ADENA

X

La Dirección General de Estructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura informa de los impactos positivos del proyecto, destacando que la unificación de tomas evitará la anarquía existente y la agresión ambiental del elevado numero de tomas en las gargantas, con un ahorro de agua en torno a un 15-20 %, disminución de la contaminación difusa procedente de los lixiviados de nitratos y elementos fertilizantes, mejora de la calidad y cantidad de las producciones y disminución de los problemas erosivos.

La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura informa sobre la conveniencia de someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental dada la posible afección al LIC de Sierra de Gredos y Valle del Jerte. Considera necesario evaluar el efecto de la perdida de caudal sobre el río Jerte y sus repercusiones ambientales, estudiar la ubicación de las balsas en las zonas con menor vegetación y mas llanas, dotar a los azudes de compuertas para permitir la descolmatación y el remonte de la pesca y aconseja una parada biológica entre 15 de marzo al 30 de junio. La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que la concesión para captación de agua es competencia de esa Confederación, y de las autorizaciones que dicho organismo debe otorgar (ocupación de cauces, zonas de servidumbre, vertidos, etc.). También recomienda la gestión adecuada de residuos líquidos peligrosos y cumplir lo establecido en el Código de Buenas Prácticas Agrarias. La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura informa que se incorporarán al estudio de impacto ambiental una serie de medidas, entre ellas una prospección arqueológica de la zona afectada por movimientos de tierra. WWF ADENA hace una serie de observaciones al proyecto referidas a cuantificar el ahorro en el consumo de agua, evaluar los efectos sobre caudales de ríos y arroyos y su afección a RED NATURA 2000, y considera que no se han estudiado alternativas a la ubicación de las balsas. c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental y sobre las administraciones afectadas. El resultado de las contestaciones a las consultas realizadas se remitió al promotor el 7 de noviembre de 2007, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos mas relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental teniendo en cuenta la menor afección posible al LIC ES4320038 «Sierra de Gredos y Valle del Jerte».

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. a) Información pública. Resultado: La Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación somete a información pública conjunta el estudio de impacto ambiental y el «Proyecto de mejora y modernización de los regadíos tradicionales de la Comunidad de Regantes El Torno (Cáceres)» mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado n.º 307 el 25 de diciembre de 2006.

El órgano sustantivo remitió el 19 de diciembre de 2007 el estudio de impacto ambiental, el proyecto y el resultado de la información pública, manifestando que no dieron lugar a respuesta alguna. b) Consultas a administraciones afectadas. Resultado: La SEIASA de la Meseta Sur SA remitió copia del proyecto y estudio de impacto ambiental a las administraciones afectadas y otros organismos. Como resultado de estas consultas ADENA informó de que no se había incluido información del consumo de agua actual ni previsto. Propone la revisión de concesiones a la baja en la zona para propiciar la liberación de caudales y dice que no se incluye información sobre un posible aumento de la superficie de regadío. Finalmente considera que se debía de incluir un programa de mejora continua del proyecto. c) Fase previa a la declaración de impacto ambiental: El estudio de impacto ambiental no recogió las cuestiones puestas de manifiesto en el periodo de consultas, por lo que se le indica al promotor la necesidad de analizarlas e incluir aquellas alternativas que supongan una menor afección a LIC, especies y hábitats protegidos. El 22 de mayo de 2008, la SEIASA de la Meseta Sur SA, presenta un nuevo documento que completa las cuestiones ambientales consideradas deficientes en el estudio de impacto ambiental. En una visita realizada a la zona por técnicos de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y de la Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, estiman la conveniencia de modificar de la ubicación de algunas balsas para minimizar impactos ambientales. Con fecha 11 de junio 2008 el promotor presenta una nueva documentación en la que modifica la ubicación de las balsas de los sectores 3, 11 y 12 para evitar afecciones a cauces y caminos públicos. El informe de valoración de afección a la Red Natura 2000, emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Junta de Extremadura, estima que no es probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se adopten medidas correctoras.

4. Integración de la evaluación

4.1 Impactos significativos de la alternativa elegida.-A continuación se resumen los principales impactos ambientales que se han detectado en el estudio de impacto ambiental y las medidas previstas por el promotor: Afección sobre espacios protegidos. La mayoría del proyecto se desarrolla en el LIC «Sierra de Gredos y Valle del Jerte», en el que se encuentran los siguientes hábitats no prioritarios: 9230 Robledales galaico-portugueses con «Quercus robur» y «Quercus pyrenaica« y 92A0, bosques galería de «Salix alba» y «Populus alba».

El estudio estima que algunos tramos de los cauces fluviales se asemejan al hábitat de Bosques galería de «Salix alba» y «Populus alba», principalmente por la presencia de alisos, concretamente en las tomas de los sectores 1, 8 y 17. Las balsas y depósitos se han situado en lugares con ausencia de estrato arbóreo y no es previsible se vaya a afectar ningún ejemplar de «Quercus robur» y «Quercus pyrenaica».

Afección sobre la hidrología. Actualmente se deriva el agua que fluye por las cuencas con multitud de tomas descontroladas. Tras la ejecución del proyecto se pretende hacer un uso racional y repartir equitativamente el recurso, además de garantizar un caudal ecológico de las gargantas y arroyos.

El consumo de agua antes del proyecto es de 1.986.000 m³, que tras la realización del proyecto se reduce a 1.513.729 m³, lo que garantiza el 10 % del caudal ecológico. Por lo tanto, aumentará y mejorará el caudal del Río Jerte.

Afección sobre la vegetación. La principal afección se producirá por el desbroce y eliminación de cubierta vegetal y especies vegetales como consecuencia de la construcción de embalses y balsas de regulación, la excavación de la zanja de instalación de la red de distribución, la apertura de caminos y la ocupación de instalaciones auxiliares.

Las especies vegetales afectadas son principalmente zarzas, helechos y brezos.

Afección sobre la fauna. Durante la ejecución de la obra se producirán molestias a la fauna debido a la alteración temporal de hábitats y a la modificación del comportamiento de las distintas especies existentes, y en el caso de la fauna terrestre se producirán desplazamientos de la fauna hacia zonas cercanas y podría producirse algún caso de mortalidad de ejemplares. Afección sobre el paisaje. Durante la ejecución de las obras se producirá una alteración del paisaje por la presencia de maquinaria y otros elementos.

Durante la fase de explotación la instalación de nuevas balsas provocará impactos en la percepción del paisaje.

Afección sobre el patrimonio cultural. La prospección arqueológica no se ha realizado sobre la totalidad del área afectada por el proyecto, por lo que no se descarta la posible aparición de restos arqueológicos durante la ejecución de los movimientos de tierra. 4.2 Medidas preventivas y correctoras previstas por el Promotor. El promotor propone medidas de carácter general para minimizar los efectos de las emisiones, residuos, vertidos y otras afecciones propias de este tipo de actuaciones, así como las siguientes medidas especificas para minimizar la afección al LIC «Sierra de Gredos y Valle del Jerte», y hábitats y especies presentes en la zona del proyecto: Situar las balsas y depósitos en áreas despejadas de vegetación y lo más llanas posible, la red de riego enterrada discurrirá por caminos y acequias existentes con el fin de evitar afecciones a la vegetación y el trazado de nuevos caminos será mínimo y evitará cualquier afección a robles y especies protegidas.

Delimitar y señalizar las superficies a ocupar y el trazado de las tuberías, especialmente se delimitarán las zonas donde se desarrollan hábitats de interés comunitario. Acopiar los materiales en zonas, previamente localizadas, libres de vegetación y no erosionables. Ejecutar las obras preferentemente en verano, cuando el caudal es inferior y proceder antes de su inicio a un examen detallado de la zona para detectar la presencia de hábitats y especies protegidas. Proceder al filtrado o decantación de aguas efluentes que procedan de la zona de obra y del parque de maquinaria. Dotar a las tomas de un sistema de compuerta para que el agua circule libremente y no se colmaten con sedimentos y sustituir el actual orificio existente en los azudes por unas compuertas de tablones que se quitarán desde otoño a verano, facilitando así el tránsito de la fauna. Control y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural que conlleve la ejecución del proyecto. Sembrar árboles autóctonos formando una pantalla vegetal y chapar los depósitos con piedra del lugar, consiguiendo la integración paisajística de balsas y depósitos, y aportar un tapiz herbáceo y arbustivo con especies autóctonas a partir de las propias semillas contenidas en el suelo en los desmontes y terraplenes. Cumplir el Código de Buenas Prácticas Agrarias.

5. Condiciones al proyecto

El proyecto no supone aumento de la superficie regable por lo que no se podrán llevar a cabo nuevas plantaciones ni cambio de cultivos. No podrán iniciarse las obras en tanto la Confederación Hidrográfica del Tajo otorgue la correspondiente concesión de aguas necesaria para hacer viable el proyecto, ni sin la autorización de este organismo para instalación de elementos en Dominio Público Hidráulico y en zonas de servidumbre. Se restringirá el período de captación al mínimo necesario para el llenado de las balsas liberando el paso de las aguas lo antes posible y garantizando el mantenimiento de un caudal ecológico mínimo del 10 %. Para ello las tomas se dotarán de compuertas. El replanteo de las balsas, tomas, caminos y demás instalaciones necesarias para la obra se realizará en coordinación con los técnicos que designe la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Las obras no deberán ejecutarse entre el 15 de marzo y el 30 de junio para evitar afectar a la fauna. El control y seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra se llevará a cabo por un técnico cualificado y autorizado por la administración cultural autonómica. Las balsas se realizarán con bordes irregulares con el fin de evitar un impacto visual en el paisaje. El cerramiento de las balsas será con malla metálica y su interior será tratado para que se logre su integración en el paisaje en época de vaciado. No se abrirán nuevos caminos y la mejora de los existentes consistirá únicamente en la limpieza para permitir el paso; no se pavimentarán, manteniéndose de tierra. Los desbroces se harán manualmente, sin utilizar maquinaria pesada. Para el acceso a la balsa Bonales se abrirá un camino de unos 100 m. sin que afecte a ningún ejemplar protegido. La restauración paisajística de las zonas degradadas, correspondientes a los embalses, balsas de regulación, depósitos, zonas de préstamos, vertederos, zonas auxiliares, caminos de acceso, azudes de captación, se hará en coordinación con los servicios técnicos designados por la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Se establecerán medidas para la aplicación de fitosanitarios y fertilizantes que tenderán a minimizar al máximo estos tratamientos incluso por debajo de los rangos autorizados. Se realizarán controles de agua periódicos y se analizarán los parámetros requeridos en la Directiva 2000/60/CE por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y Directiva 2006/118/CE relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental

El documento incluye el Programa de Vigilancia Ambiental para que el proyecto se lleve a cabo con medidas correctas de gestión ambiental, así como todas las incidencias que sucedan durante el desarrollo del proyecto. El objetivo es el cumplimiento de todas las indicaciones y medidas expuestas en el estudio de impacto ambiental, así como los condicionantes determinados en la presente declaración. En general, se realizará un seguimiento sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se designará a un responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, que, además de encargarse del cumplimiento de las medidas propuestas, habrá de presentar un registro del seguimiento de las mismas y de incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental. Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras del proyecto evaluado, el B.O.E. en el que se publica la DIA. Conclusión: En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 26 de junio 2008, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto de «Mejora y modernización de los regadíos tradicionales de la Comunidad de Regantes de El Torno», ttmm El Torno y otros en la provincia de Cáceres, concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 27 de junio de 2008.-La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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