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Documento BOE-A-2008-14802

Resolución de 27 de agosto de 2008, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se conceden ayudas al fomento de la música contemporánea española correspondientes al año 2008, convocadas por Resolución de 25 de febrero de 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 10 de septiembre de 2008, páginas 36873 a 36874 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-14802

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2005), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Por Resolución de esta Dirección General de 25 de febrero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» número 58, de 7 de marzo) se convocan las ayudas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) al fomento de la música contemporánea española en sus diferentes modalidades. Por Resolución del INAEM de 3 de junio de 2008 («Boletín Oficial del Estado» número 147, de 18 de junio), se amplió en dos meses el plazo de resolución establecido en el apartado décimo de la citada Resolución de 25 de febrero. Examinadas y valoradas las solicitudes por el órgano instructor y efectuada igualmente la evaluación por las Comunidades Autónomas y la Comisión de Valoración de las ayudas a la música contemporánea creada al efecto, siguiendo los criterios que para cada modalidad y submodalidad se establecen en el citada Resolución de 25 de febrero, se establece el orden de prelación que se refleja en las actas correspondientes que obran en el procedimiento. Efectuado el requerimiento a los solicitantes de los proyectos seleccionados, a que se refiere el apartado octavo de la Resolución de convocatoria, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante, RLGS) y la Orden y Resolución de convocatoria citadas, particularmente las previsiones contenidas sobre el trámite de audiencia en el apartado sexto de la Orden, Esta Dirección General, a propuesta de la Subdirección General de Música y Danza, ha resuelto:

Primero.-Conceder las ayudas que se relacionan por modalidades como anexos a la presente resolución, para llevar a cabo las actividades que figuraban en el proyecto inicial presentado, con cargo a las aplicaciones presupuestarias y en las cuantías que se señalan, determinadas estas últimas en aplicación de los criterios previstos en el apartado noveno de la Orden y en la Resolución mencionadas. Esta Resolución será efectiva cumplidos los requisitos señalados en el artículo 34 de la citada Ley General de Subvenciones.

Conforme al artículo 62 del RLGS, la actividad para la que se concede cada una de las ayudas será la identificada en el expediente de solicitud inicialmente formulado, entendiéndose que el beneficiario se compromete a realizarla, de acuerdo con el artículo 61 RLGS, en los términos planteados en su solicitud, con las modificaciones que, en su caso, se hayan aceptado por el órgano gestor, siempre que dichas modificaciones no alteren la finalidad perseguida con su concesión. En el material de difusión de la actividad subvencionada deberá figurar el logotipo oficial del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, que puede descargarse de la página web http://www.mcu.es/ (Artes Escénicas y Música/ Apartado Imagen Institucional) de acuerdo con el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado, que puede consultarse en la página web www.map.es. Asimismo, el beneficiario se compromete al cumplimiento de las demás obligaciones establecidas en la Resolución de convocatoria, así como a la adecuada justificación de la subvención recibida. Cualquier modificación de la actividad subvencionada deberá solicitarse antes de que concluya el plazo para su realización y deberá autorizarse por el Director General del INAEM, de conformidad con el artículo 64 RLGS y con el apartado decimotercero de la Resolución de convocatoria. Segundo.-Desestimar el resto de solicitudes presentadas a la convocatoria. La documentación aportada junto a estas solicitudes permanecerá a disposición de los interesados en la Subdirección General de Música y Danza por un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la presente Resolución.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9. c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 en la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante este Instituto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, a través de la oficina virtual -Registro Telemático- del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

Lo que se hace público para general conocimiento, conforme al artículo 59.6 de la Ley 30/1992, en relación con el artículo 26 de la Ley General de Subvenciones.

Madrid, 27 de agosto de 2008.-El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Juan Carlos Marset Fernández.

ANEXO I

Ayudas a la interpretación de música contemporánea

Beneficiario

NIF/CIF

Importe Euros

Aplicación presupuestaria

Submodalidad A

ASOCIACIÓN PLURAL ENSEMBLE DE MADRID

G81154031

150.000

24.201.481/335A

GRUP INSTRUMENTAL BARCELONA 216, S. L.

B64174956

150.000

24.201.473/335A

MODERNA MÚSICA, S. L. (Grup Instrumental de Valencia)

B97780381

150.000

24.201.473/335A

Submodalidad B

ASOC. CULTURAL TALLER SONORO

G91141861

41.500

24.201.481/335A

ASOC. ZAHIR ENSEMBLE

G91647289

34.000

24.201.481/335A

ASOC. MUSICAL SINKRO

G01382589

41.500

24.201.481/335A

ASSOCIAÇAO DRUMMING GRUPO DE PERCUSSAO

504609300

41.500

24.201.481/335A

LA PLAZUELA PRODUCCIONES ARTÍSTICAS S. L. (Ensemble Residencias)

B84131747

41.500

24.201.473/335A

Submodalidad C

TRÍO ARBÓS, S. L.

B83512756

20.000

24.201.473/335A

ENSEMBLE NEOARS S.C.P

G18868604

20.000

24.201.473/335A

AKONCERT COORDINACIÓN & PROMOCIÓN MUSICAL, S. L.

B20845244

20.000

24.201.473/335A

EDUARDO SOTO SÁNCHEZ (Grupo Dhamar)

50729929W

20.000

24.201.473/335A

MARÍA JOSEP RIBA HUGUET (Trío Kandinsky)

77107741B

20.000

24.201.473/335A

CLÁSICOS Y DE HOY, S. L. (Manuel Guillén)

B85373413

20.000

24.201.473/335A

DE POCA MADRE, S. L. (Voz Dramática)

B82396698

20.000

24.201.473/335A

ASOC. RITMO VITAL (Grupo Neopercusión)

G84765080

20.000

24.201.481/335A

ARTESPANEX, S. L. (Sax Ensemble)

B53698700

20.000

24.201.473/335A

TURIARTE SERVICIOS, S. L. (Grup Amores)

B96568043

20.000

24.201.473/335A

ANEXO II

Ayudas a empresas discográficas para una colección estable de música contemporánea española

Beneficiario

NIF/CIF

Importe Euros

Aplicación presupuestaria

DIVERDI, S. L.

B79381752

150.000

24.201.473/335A

ANEXO III

Ayudas a la creación musical española

Beneficiario

NIF/CIF

Importe Euros

Aplicación presupuestaria

Submodalidad A

JUAN GUINJOAN I GISPERT

39761771-S

40.000

24.201.481/335A

EDUARDO POLONIO GARCÍA-CAMBA

50130162-Y

40.000

24.201.481/335A

TOMÁS MARCO ARAGÓN

775198-Y

40.000

24.201.481/335A

LUIS DE PABLO COSTALES

26906-L

40.000

24.201.481/335A

JOSÉ SOLER SARDÁ

37468521-A

40.000

24.201.481/335A

Submodalidad B

JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ VERDÚ

31849601-Y

20.000

24.201.481/335A

JESÚS ENRIQUE TORRES RUIZ

50815648-T

20.000

24.201.481/335A

DAVID DEL PUERTO JIMENO

2601599-T

20.000

24.201.481/335A

MAURICIO SOTELO CANCINO

51400144-C

20.000

24.201.481/335A

SOFÍA MARTÍNEZ RAMÍREZ

16279638-P

20.000

24.201.481/335A

ESTRELLA ZULEMA DE LA CRUZ CASTILLEJO

2511179-Q

20.000

24.201.481/335A

JULIO CÉSAR CAMARERO BENITO

5235808-L

20.000

24.201.481/335A

ALFREDO ARACIL ÁVILA

50407942-S

20.000

24.201.481/335A

JESÚS RUEDA AZCUAGA

50050817-B

20.000

24.201.481/335A

M.ª DEL PILAR JURADO RUIZ

5403551-T

20.000

24.201.481/335A

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