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Documento BOE-A-2008-16150

Resolución de 15 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor del Yacimiento del Abrigo y Cueva de Benzú en Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2008, páginas 40394 a 40394 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2008-16150

TEXTO ORIGINAL

Por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta se emite propuesta de incoación de expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, al amparo del artículo 10 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Considerando que el Ministerio de Cultura es competente para su declaración de conformidad con lo establecido en el artículo 6.b de la citada ley, ya que el yacimiento se asienta en unos terrenos adscritos al Ministerio de Defensa, y dado que en él pueden concurrir los requisitos legales exigidos en su artículo 9 para su declaración. Esta Dirección General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero ha resuelto tener por incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica del Yacimiento del Abrigo y Cueva de Benzú en el término municipal de Ceuta. Asimismo, se dispone la apertura de un periodo de información pública, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que estimen conveniente en orden a dicho bien, durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, en la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey, 1 de Madrid. Asimismo, se dará el oportuno trámite de audiencia a la Ciudad Autónoma de Ceuta, a la Dirección General de Infraestructuras del Ministerio de Defensa, a la Delegación del Gobierno en Ceuta y a la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 12.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, en la redacción dada por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, la descripción del Bien, su delimitación literal y delimitación literal del entorno de protección del Bien, se publican como anexo a la presente resolución. La presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 12.3 del Real Decreto 111/1986 citado, determina en relación el bien afectado, la aplicación del régimen de protección previsto para los bienes de interés cultural en al artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Español. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con el artículo 12.2 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 15 de septiembre de 2008.-El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, José Jiménez Jiménez.

ANEXO Yacimiento del Abrigo y Cueva de Benzú en Ceuta

El yacimiento formado por el Abrigo y Cueva de Benzú, conocido también como La Cabililla de Benzú, se encuentra estratégicamente localizado en la región situada al Norte de Africa y el entorno de Gibraltar, constituyendo un conjunto arqueológico establecido en diferentes fases, cuya singularidad es patente, ya sea como depósito en brecha carbonatada o por el entorno medioambiental en que está situado. Asimismo, sus restos materiales evidencian la ocupación ya en el Paleolítico Medio, siendo muy probable el hallazgo de restos fósiles humanos. Se justifica su interés en la propia investigación arqueológica, la cual está aportando multitud de datos que, sin duda alguna, serán muy relevantes a medio plazo para esclarecer problemas históricos relacionados con la ocupación de Europa y los contactos y relaciones de comunidades prehistóricas en ambas orillas del Estrecho de Gibraltar. Por ello, se puede considerar que presenta unas características cronológicas, geográficas, culturales e históricas de gran importancia para el conocimiento de la Prehistoria en el ámbito del Estrecho de Gibraltar.

Descripción

El yacimiento se ubica en la zona más noroccidental del Término Municipal de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en el denominado Campo Exterior y junto a la cantera de Benzú, a media ladera del monte conocido como «Mogote de Benzú». Se sitúa a unos 50 m al Este del poblado de La Cabililla, y en el lado oriental de la pista por la que se accede al mismo, distando unos 230 m de la Playa del Algarrobo, estando muy próximo al Arroyo del Algarrobo. Sus coordenadas geográficas son N 35º 54' 792'' y W 05º 22' 698'' El conjunto está constituido por dos zonas arqueológicas claramente diferenciadas y muy cercanas entre sí: El Abrigo con evidencias arqueológicas relativas al Paleolítico Medio, y La Cueva de Benzú cuya secuencia estratigráfica corresponde al Neolítico.

Área de Protección

La delimitación del entorno afecta a las parcelas 137 y 234, ambas de titularidad estatal adscritas al Ministerio de Defensa, así como a las parcelas 057 y 028, de titularidad municipal, y viene conformada por una figura pentagonal que supone la inclusión de todo el Mogote Benzú, en el cual se detectan asimismo otras cavidades que pueden ser de interés para los estudios arqueológicos y geológicos. La línea situada al Norte está formada por los vértices 1 y 2, se corresponde con el perfil Sur de la cantera del Benzú; la línea de los vértices 2 y 3 delimita el entorno oriental del yacimiento entre la Cantera del Benzú y la Subida de Esparta; la línea formada por los vértices 3 y 4, en sentido E-S limita con la orografía abrupta de la Subida a Esparta; la línea de los vértices 4 y 5, en sentido S-W, coincide con la pista asfaltada por la que se accede a la cantera; finalmente la línea formada por los vértices 5 y 1, la parte más occidental, queda casi en paralelo a la línea costera en la zona de la Playa del Algarrobo.

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