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Documento BOE-A-2008-16260

Orden ESD/2830/2008, de 4 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación Mujer, Familia y Trabajo y se procede a su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 9 de octubre de 2008, páginas 40603 a 40604 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-16260

TEXTO ORIGINAL

Examinada la escritura de constitución de la Fundación Mujer, Familia y Trabajo, instituida en Madrid.

Antecedentes de hecho

Primero.-Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones. Segundo.-La Fundación fue constituida mediante escritura pública; otorgada ante el notario de Madrid, don Ignacio Manrique Plaza, el 10 de julio de 2008, con el número 8.183 de su protocolo; por doña Maravillas Castillo Lapetra, doña María José Meniz García, doña María Mercedes Sánchez Pérez, doña Lucía López Herrera, doña Noemí Gómez López, doña Carmen Fernández Rodríguez, doña María Sánchez-Arjona Bonilla, doña Nuria Ulecia Rodríguez, doña Pilar Linares Morera, doña María Ángeles Aristrain de la Cruz, doña María Concepción Vázquez Cisneros, doña Ana Figueroa Arévalo, doña Fuencisla Henríquez de Luna del Olmo, doña María Lora Tamayo Vallve, doña Irene Vázquez Romero, doña Carlota Silvia Pérez Aguilar, doña Bibiana Nicolás-Correa Vílches, doña Teresa Juste Picón, doña Ana Salgado de Andrea, doña Cristina María Meniz García, doña Carmen Pérez Canal, doña Montserrat Higuera Garrido y doña Gloria Juste Picón. Tercero.-La dotación inicial de la Fundación es de treinta mil euros, de los cuales veinte mil han sido aportados por las fundadoras y depositados en una entidad bancaria a nombre de la Fundación. Los diez mil euros restantes, serán aportados en el plazo máximo de cinco años, contados a partir de la fecha de la escritura de constitución. Cuarto.-El Patronato de la Fundación esta constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: doña Gloria Juste Picón.

Vicepresidenta: doña María Sánchez-Arjona Bonilla. Secretaria: doña Carmen Fernández Rodríguez. Vocales: doña Lucía López Herrera, doña Teresa Juste Picón, doña María Mercedes Sánchez Pérez, doña María Asunción Serrano de Pablo Valdenebro, doña Noemí Gómez López, doña Ana Muñoz de Dios Castro, doña María Ángeles Aristrain de la Cruz y doña Irene Vázquez Romero.

Quinto.-El domicilio de la entidad radica en la calle San Bernardo, número 115, 5.º izquierda, de Madrid, CP 28015, y su ámbito territorial de actuación, según consta en el artículo 5 de sus Estatutos, será nacional e internacional.

Sexto.-El objeto de la Fundación queda determinado en el artículo 6 de los Estatutos, en la forma siguiente:

Los fines de la Fundación son: Fortalecer e implantar en el seno de la sociedad los valores esenciales de la persona y de la familia con carácter general y, en particular los que afectan a la necesidad de conciliación de la vida familiar, personal y laboral como una necesidad y un derecho de todos los ciudadanos y asimismo conseguir la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, que evite todo tipo de discriminación y respete la diversidad.

Séptimo.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación, queda recogido en los Estatutos por los que se rige, constando expresamente el carácter gratuito de los cargos del Patronato, estando obligado, dicho órgano de gobierno, a la presentación de las cuentas y del plan de actuación anuales ante el Protectorado.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales. El Real Decreto 1128/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, en tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes por lo que procede la inscripción de la Fundación en el Registro de Fundaciones Asistenciales del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por cuanto antecede, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Clasificar a la Fundación Mujer, Familia y Trabajo, instituida en Madrid, cuyos fines de interés general son predominantemente de desarrollo de la sociedad.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales, bajo el número 28-1.524. Tercero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones el nombramiento de los miembros del Patronato, relacionados en el antecedente de hecho cuarto de la presente Orden, así como su aceptación de cargo.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 4 de septiembre de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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