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Documento BOE-A-2008-16353

Resolución de 7 de septiembre de 2008, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica el Anexo del Convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo del programa de escuelas viajeras en el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 10 de octubre de 2008, páginas 40915 a 40915 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-16353

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma del País Vasco han suscrito un Anexo al Convenio para el desarrollo del programa de escuelas viajeras en el año 2008, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 7 de septiembre de 2008.-La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ANEXO AL CONVENIO SUSCRITO EL 21 DE MARZO DE 1990 ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE ESCUELAS VIAJERAS EN EL AÑO 2008

INTERVIENEN

De una parte, Doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. José Antonio Campos Granados, Consejero de Educación, Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

EXPONEN

En fecha 21 de marzo de 1990, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, suscribieron un Convenio para el desarrollo del Programa de Escuelas Viajeras, en cuya base séptima se determinaba el carácter mismo, salvo denuncia expresa de una de las partes, y la determinación por períodos anuales de las actuaciones que en cada caso se acordasen, mediante la suscripción del correspondiente Anexo.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de Escuelas Viajeras se desarrollará durante el 2008 con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

I. Alumnos/as y profesores/as participantes: Número máximo de alumnos y alumnas procedentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco que participarán en otra ruta: 375.

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas procedentes de dicha Comunidad que participarán en otra ruta: 25. Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán las rutas del País Vasco: 21.

II. Aportaciones para el desarrollo del programa en el año 2008:

a) Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos/as y profesores/as participantes en la ruta de dicha Comunidad: Etapa de primavera: 9.981,48 €

Etapa de otoño: 7.486,11 €.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta.

Etapa de primavera: 1.651,87 €.

Etapa de otoño: 1.238,91 €. Total aportación ruta del País Vasco: 20.358,37 €.

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, librará a la Comunidad Autónoma del País Vasco las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a un total de:

Etapa de primavera 23.746,00 €.

Etapa de otoño 12.302,00 €. Total en euros 36.048,00 €.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento que corresponden a la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo al ejercicio 2008, ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2007, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa por Orden de 28 de diciembre de 2007.

Los gastos y ayudas de la campaña de otoño, se financiarán por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los Presupuestos de 2008. El libramiento se efectuará al Departamento de Educación, Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma del País Vasco que, a efectos de la justificación del gasto, acopiará la documentación correspondiente y remitirá al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa) aquélla especificada en la convocatoria que incluye una certificación que exprese que el libramiento efectuado se ha ingresado en su presupuesto y se ha destinado a los fines previstos, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas y Entidades colaboradoras, en la normativa vigente.

b) Por parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

Para financiar el alojamiento y manutención de los grupos de alumnos/as y profesores/as que recorran la ruta del País Vasco: 45.024,00 €.

En la ejecución del Programa serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha 21 de marzo de 1990.

Madrid, 14 de mayo de 2008.-Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, José Antonio Campos Granados.

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