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Documento BOE-A-2008-17707

Resolución de 9 de septiembre de 2008, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara la Plaza de Toros, en Toro (Zamora), bien de interés cultural con la categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2008, páginas 44003 a 44004 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2008-17707

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 28 de agosto de 2008, acuerda declarar la Plaza de Toros en Toro (Zamora), Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 9 de septiembre de 2008.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 90/2008, de 28 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la plaza de toros de Toro (Zamora), bien de interés cultural con la categoría de monumento

La plaza de Toros de Toro (Zamora) constituye uno de los conjuntos conservados más singulares de la arquitectura popular española, por su antigüedad -fue inaugurada el 18 de agosto de 1828 reinando Fernando VII- y por su amplitud y conservación de estructuras y materiales originales, interesante ejemplo de construcción de una peculiar tipología de trazado circular exenta de edificaciones, que constituye junto al contiguo teatro «Latorre» un conjunto monumental de gran relevancia. La Dirección General de Bellas Artes Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 24 de abril de 1981, acordó incoar procedimiento de declaración como Monumento Histórico Artístico a la plaza de toros de Toro (Zamora). Con fecha 31 de enero de 2008, la Universidad SEK, y con fecha 19 de marzo de 2008 la Universidad de Valladolid, informaron favorablemente la pretendida declaración. Cumplidos los tramites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentaron alegaciones. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar la plaza de toros de Toro (Zamora), Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, y a tal efecto se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de agosto de 2008, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-Declarar la plaza de toros de Toro (Zamora), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.-Delimitación del entorno de protección:

El entorno de protección comprende el interior de los espacios públicos relacionados, incluidos éstos, así como las parcelas exteriores que dan frente en los tramos en que así se señale. Inicio: Cruce de la c/ Rúa Santa Catalina con la c/ Vicente González.

Tramos:

1.º (Incluidas las parcelas que dan frente). C/ Vicente González y c/ Concepción parcelas 07-06-05-04 y 03 de la manzana 07963.

2.º Espacio Público delimitado por la c/ Concepción y la avenida Villachica. 3.º (Incluidas las parcelas que dan frente). Plaza de San Francisco desde la parcela 29 hasta la parcela 24 ambas incluidas de la manzana 07987. 4.º Línea imaginaria prolongación del lindero de las parcelas 23 y 24 de la manzana 07987, desde la plaza San Francisco hasta la parcela 6 de la misma manzana. 5.º (Incluidas las parcelas que dan frente). c/ Piña. 6.º Rúa de Santa Catalina desde la c/ Piña hasta su cruce con la c/ Vicente González, punto de inicio de esta delimitación.

La declaración complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón. Motivación:

La ubicación de la plaza de Toros, en el interior de una manzana impide su contemplación desde el exterior, si exceptuamos la estrecha fachada a la plaza de San Francisco, hecho éste determinante en la delimitación de un entorno de protección reducido prácticamente a la manzana en que se ubica el monumento y el espacio publico al que vierte su fachada, espacio que se considera suficiente para la protección de este monumento y que comparte con el contiguo Teatro Latorre. Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 28 de agosto de 2008.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, M.ª José Salgueiro Cortiñas.

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