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Documento BOE-A-2008-18107

Acuerdo de 15 de octubre de 2008, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de adscribir al orden jurisdiccional penal, con carácter exclusivo, la Sección novena de la Audiencia Provincial de Málaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 10 de noviembre de 2008, páginas 44698 a 44698 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2008-18107
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2008/10/15/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 953/2008, de 6 de junio, por el que se crean 126 Juzgados y 20 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales correspondientes a la programación de 2008, ha dotado tres plazas de Magistrado para Audiencia Provincial de Málaga y ha creado su Sección 9.ª que, según lo dispuesto en la Orden JUS/2131/2008, de 31 de julio, iniciará su actividad el día 30 de diciembre de 2008. La Audiencia Provincial de Málaga cuenta en la actualidad con nueve Secciones creadas y constituidas, de las cuales ocho se encuentran en funcionamiento, Las Secciones 1.ª, 2.ª, 3.ª y 8.ª están adscritas al orden jurisdiccional penal y las Secciones 4.ª, 5.ª y 6.ª lo están al orden jurisdiccional civil. Estas siete Secciones tienen su sede en la ciudad de Málaga. La Sección 7.ª, adscrita indistintamente a los órdenes jurisdiccionales penal y civil, tiene su sede en Melilla. La entrada en funcionamiento de la indicada Sección 9.ª de la Audiencia Provincial de Málaga exige un acuerdo de este Consejo General del Poder Judicial sobre su especialización, por cuanto de no adoptarse el indicado acuerdo, la referida Sección debería asumir todas las competencias que, tanto en el ámbito civil como en el ámbito penal, atribuyen a las Audiencias Provinciales los artículos 82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta consecuencia no es congruente con la situación actualmente existente en la Audiencia Provincial de Málaga ni con el adecuado funcionamiento de este órgano judicial, habida cuenta la situación actual que presenta esta Audiencia, en la que, de las siete Secciones que tiene su sede en la ciudad de Málaga, tres Secciones están adscritas de manera exclusiva al orden civil y cuatro al orden penal de la jurisdicción. Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, previo informe favorable de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, oídos los Magistrados que integran la Audiencia Provincial de Málaga y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 80.3 de la Ley del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:

1.º Adscribir al orden jurisdiccional penal, con carácter exclusivo, la Sección novena de la Audiencia Provincial de Málaga, conforme a lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2.º Las Secciones de esta Audiencia Provincial continuarán conociendo de todos los asuntos que ya le hubiesen sido turnados con anterioridad, que permanecerán sometidos a su conocimiento hasta su conclusión por resolución definitiva. 3.º La presente medida producirá efectos desde el día 30 de diciembre de 2008, fecha en la que dicha Sección iniciará su actividad efectiva.

Publíquese el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de octubre de 2008.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 15/10/2008
  • Fecha de publicación: 10/11/2008
  • Efectos desde el 30 de diciembre de 2008.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 80.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
  • CITA Real Decreto 953/2008, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2008-9854).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Jurisdicción Criminal
  • Málaga
  • Reparto de asuntos

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