Por Orden ECI/463/2008, de 6 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 26), se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del personal docente que preste servicios en el curso 2007-2008 en el exterior, indicándose en la misma que la concesión o derogación de las ayudas se determinará semestralmente, no pudiendo superar el importe total a distribuir la cantidad de 70.000 euros. Por Orden ESD/2337/2008, de 9 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 5 de agosto), se resolvía la concesión de ayudas económicas individuales correspondientes al primer semestre de 2008 por importe total de 57.783,64 euros. Examinadas las solicitudes tramitadas en el segundo semestre de 2008 y la documentación justificativa de ayudas concedidas en el primer semestre de 2008, Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Conceder ayudas económicas individuales al personal docente relacionado en el anexo I de la presente Orden, con las cantidades íntegras que en el mismo se detallan.
Segundo.-Modificar el importe de la ayuda concedida al personal docente relacionado en el anexo II de esta Orden, según las cantidades que en el mismo se indican, de acuerdo a los datos aportados en la documentación justificativa de realización de la actividad y a lo dispuesto al respecto en el apartado décimo de la convocatoria de 6 de febrero de 2008. Tercero.-Denegar las solicitudes de ayuda relacionadas en el anexo III de esta Orden por alguna de las causas que a continuación se indican, correspondiendo los apartados que se citan a la convocatoria de 6 de febrero de 2008, haciéndose público el mencionado anexo III en los tablones de anuncios del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y en la página de Internet http//www.mepsyd.es/educacion/formacion-profesorado.html
2. Actividad de formación no considerada preferente (Apartado noveno.2).
3. Solicitud presentada fuera de plazo (Apartado quinto). 4. Actividad de formación no relacionada con el puesto de trabajo (Apartado segundo) 5. Actividad no relacionada con las necesidades del Centro de destino (Apartado sexto.1.b y noveno.2). 6. Actividad de formación no finalizada en el curso 2007-2008 (Apartado segundo).
Cuarto.-Aceptar la renuncia presentada por doña Alina Navas Hermosilla, N.I.F.: 3.125.060-G, dejando sin efecto en este caso la Orden ESD/2337/2008, de 9 de julio, por la que se concedía en solicitud n.º 2 una ayuda económica por importe íntegro de 695 euros.
Quinto.-1. La percepción de la ayuda se encuentra condicionada a que el beneficiario de la misma justifique debidamente su participación en la actividad de formación una vez finalizada. Para ello deberá remitir la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del documento que justifique la inscripción en el curso o actividad, en el que se especifique únicamente el importe del gasto realizado en concepto de matrícula y/o mensualidades.
b) Fotocopia compulsada del certificado de haber realizado la actividad, expedido por la entidad que desarrolle la actividad, o certificación académica de los estudios realizados, según proceda. En el caso de haber solicitado ayuda en concepto de desplazamiento, deberá constar en el citado certificado el número de días de asistencia. c) Declaración del interesado manifestando el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y si es o no beneficiario de otra ayuda o beca procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, con especificación, en su caso, de su cuantía y finalidad. d) En los casos en que se haya solicitado ayuda por desplazamiento, deberá remitirse facturas o documento acreditativo en el se especifique medio de desplazamiento, importe del viaje, así como los gastos ocasionados por alojamiento y manutención, acompañando relación numerada especificando cada uno de los documentos que se presenten con su importe en euros.
2. En aquellos casos en que dicha documentación no hubiera sido remitida con anterioridad, como consecuencia de la comunicación individual efectuada sobre la valoración de la solicitud, la indicada documentación será enviada al Instituto Superior de Formación del Profesorado, Servicio de Gestión Administrativa, Paseo del Prado, 28, sexta planta, 28014-Madrid, a la mayor brevedad posible y en todo caso en un plazo no superior a los quince días siguientes a la publicación o notificación de la ayuda.
3. En caso de renuncia a la ayuda económica concedida, se comunicará esta circunstancia a dicho Instituto Superior de Formación del Profesorado a la mayor brevedad posible.
Sexto.-El importe total de las ayudas económicas concedidas por la presente Orden asciende a un total de cuatro mil ochenta y ocho euros con veinticuatro céntimos (4.088,24 €).
Séptimo.-De acuerdo con el punto 9.6 de la convocatoria de 6 de febrero de 2008, la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado» surtirá los correspondientes efectos de notificación de la misma a los interesados.
Octavo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, ante este Ministerio en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 14 de noviembre de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), la Secretaria de Estado de Educación y Formación, Eva Almunia Badía.
ANEXO I Relación de solicitudes de ayuda concedidas |
|||||
N.º |
Apellidos y nombre |
Identificador |
País |
Sol. n.º |
Importe |
1 |
Álvarez Acero, María Carmen Marcelina |
N 10587257N |
Bélgica |
1 |
961,08 |
2 |
Del Río Fernández, Fernando |
N 10027186Z |
Francia |
1 |
253,10 |
3 |
Miguel Miguel, Miguel Ángel |
N 11945606G |
Reino Unido |
1 |
1.290,00 |
4 |
Palomares Cuadros, Juan |
N 26472919B |
Australia |
3 |
117,12 |
5 |
Palomares Cuadros, Juan |
N 26472919B |
Australia |
4 |
118,40 |
6 |
Sanz Juez, María de los Ángeles |
N 1101413N |
Portugal |
1 |
818,54 |
7 |
Simón Sáiz, Antonio |
N 4581401P |
Francia |
6 |
530,00 |
Total |
4.088,24 |
ANEXO II Beneficiarios de ayuda a quienes se modifica el importe concedido por Orden ESD/2337/2008, de 9 de julio («BOE» de 5 de agosto), de acuerdo a los datos aportados en la documentación justificativa de realización de la actividad |
||||||
N.º |
Apellidos y nombre |
Identificador |
País |
Sol. n.º |
Importe de la ayuda condedida según datos de la solicitud |
Cantidad a percibir según justificación y criterios establecidos en la convocatoria |
1 |
De Miguel Muñoz, Ana María |
N 50944864W |
Francia |
1 |
318,92 |
292,75 |
2 |
Delgado García, Lucía |
N 46003563K |
Francia |
1 |
821,43 |
685,91 |
3 |
Durán Jerez, Antonia |
N 7043510J |
Portugal |
1 |
650,00 |
550,30 |
4 |
Gutiérrez Pasalodos, Rosa |
N 12350678T |
Francia |
1 |
492,24 |
438,42 |
5 |
Lozano García, Belén |
N 45061854R |
Marruecos |
1 |
655,00 |
457,48 |
6 |
Moreno Bustos, Beatriz |
N 74673454K |
Alemania |
1 |
1.205,00 |
887,39 |
7 |
Navas Hermosilla, Alina |
N 3125060G |
Italia |
1 |
250,00 |
182,76 |
8 |
Pérez Bouza, José Antonio |
N 34903545X |
Francia |
1 |
479,98 |
428,56 |
9 |
Rentero Campoy, María del Mar |
N 75235536Y |
Francia |
1 |
312,92 |
281,75 |
10 |
Yagüe Usieto, Ana Isabel |
N 25137263B |
Italia |
1 |
1.700,00 |
642,97 |
Totales |
6.885,49 |
4.848,29 |
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