La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 15 de enero de 2008, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su reunión del día 28 de diciembre de 2007, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mencionado Tribunal Superior, del siguiente tenor literal:
«La Sección Primera conocerá de las siguientes materias: Personal.
Defensa. Extranjería. Derecho electoral. Asistencia social. Concentración parcelaria. Educación, salvo lo que por razón de la materia corresponda específicamente a las otras Secciones. Sanciones, salvo las que estén específicamente atribuidas por razón de la materia o por otra circunstancia a las otras dos Secciones. Responsabilidad Patrimonial, salvo las que estén específicamente atribuidas por razón de la materia o por otra circunstancia a la Sección Segunda o Tercera. Subvenciones en materias propias. Derechos Fundamentales en materias propias. Todas aquellas materias no específicamente asignadas a las Secciones Segunda y Tercera.
La Sección Segunda conocerá de las siguientes materias:
Urbanismo.
Colegios Profesionales. Administración Laboral y Seguridad Social. Carreteras. Montes. Puertos. Aguas. Costas. Agricultura. Caza. Pesca, marítima y fluvial. Medio ambiente, incluido el impacto ambiental. Patrimonio Cultural. Farmacias. Contratación administrativa. Sanciones de Tráfico. Transporte, incluido el escolar. Comunicaciones. Administración Local residual. Responsabilidad patrimonial en materias propias. Subvenciones en materias propias. Derechos fundamentales en materias propias. Sanciones en materias propias.
La Sección Tercera conocerá de las siguientes materias:
Expropiación forzosa.
Minas. Propiedad intelectual. Subvenciones en materias propias. Derechos Fundamentales en materias propias. Responsabilidad Patrimonial en materias propias.
La Sección Cuarta conocerá de las siguientes materias:
Tributario, tanto de los asuntos que desde su entrada en funcionamiento ingrese como de los actualmente pendientes de tramitación, resolución y ejecución en la Sección Tercera.
Se declaran vigentes las normas de reparto publicadas en el Boletín Oficial del Estado de 22 de marzo de 2006 a excepción del desdoblamiento de materias que afecta a las Secciones Tercera y Cuarta, en que serán de aplicación las presentes normas; que entrarán en vigor a partir del día 1 de enero de 2008, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.»
Madrid, 15 de enero de 2008.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando Santiago.
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