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Documento BOE-A-2008-2097

Resolución de 21 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Recuperación de elementos hidráulicos de interés y fomento del uso público de la cuenca del Bergantes (Castellón)».

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2008, páginas 6544 a 6547 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-2097

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada. El proyecto «Recuperación de elementos hidráulicos de interés y fomento del uso público de la cuenca del Bergantes (Castellón)» se encuentra en este supuesto por ubicarse en un espacio de la Red Ecológica Europea Natura 2000. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El proyecto «Recuperación de elementos hidráulicos de interés y fomento del uso público de la Cuenca del Bergantes (Castellón)» se engloba dentro del Plan de Restauración hidrológico forestal y protección de cauces de la cuenca del Ebro. Las actuaciones que se incluyen en el proyecto son por un lado aquellas actuaciones encaminadas a recuperar los elementos del patrimonio hidráulico presentes en el ámbito de actuación, y por otro las dirigidas a fomentar el uso público y mejorar la oferta recreativa en el entorno del río Bergantes. El objetivo de recuperación del patrimonio hidráulico se centra en la reparación del azud de Zorita 1, limpieza del cauce y en las rampas para peces que se construirán en los azudes de Molí del Fraile, Teulería y Zorita 1. En relación con el uso público se proponen dos tipos de actuaciones. Se acondicionará tres áreas de recreo en las márgenes del río: Área recreativa de Ortells, de Capelleta y de los azudes de Zorita. Las actuaciones proyectadas para ello son plantaciones, instalación de bancos, mesas, aparcamientos, restauración y limpieza de badenes, señalización, etc. Se vertebrará un camino para el fomento del senderismo que discurre por la margen izquierda del Bergantes desde las proximidades de Molí del Pont hasta el área recreativa de Ortells. Las actuaciones se desarrollan en el cauce del río Bergantes y zonas colindantes, desde el Molí del Pont hasta los azudes de Zorita, en el LIC ES 5223029-Riu Bergantes. Los términos municipales donde se desarrollan las actuaciones son: Morella, Palanques, Villores, Forcal, y Zorita del Maestrazgo, todos ellos en la provincia de Castellón. El promotor y órgano sustantivo es la confederación Hidrográfica del Ebro.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto Legislativo, la Confederación Hidrográfica del Ebro remitió, con fecha 10 de mayo de 2007, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, principales actuaciones del proyecto, valoración ambiental, programa de vigilancia ambiental y planos con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La documentación ambiental remitida incluye informe y declaración de la autoridad responsable del seguimiento de la Red Natura, manifestando que no es probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares propuestos para la Red Natura, dado que está relacionado directamente con la gestión y conservación del lugar, y por sus características no es probable que se produzcan afecciones negativas sobre los hábitat y/o especies de interés comunitario. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 9 de julio de 2007, solicitó informe a los siguientes organismos e instituciones:

Relación de Consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana)

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana)

-

Dirección General de Pesca y Alimentación la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación (Generalitat Valenciana)

X

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana)

-

Dirección General para la Biodiversidad (Ministerio de Medio Ambiente)

X

Ayuntamiento de Forcall

-

Ayuntamiento de Morella

X

Ayuntamiento de Palanques

Ayuntamiento de Villores

-

Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo

-

Ecologistas en Acción

-

Grupo ecologista SANURUC

-

El Ayuntamiento de Morella ha considerado que el proyecto no tendrá impactos ambientales significativos.

La Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana) ha manifestado que, dadas las características del proyecto, no consideraba necesario realizar el estudio de inundabilidad previsto en la normativa autonómica. La Dirección General de Pesca y Alimentación la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación (Generalitat Valenciana) ha considerado el proyecto viable. La Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente ha realizado una descripción de los valores ambientales existentes en la ubicación del proyecto así como un análisis del impacto del mismo. Ha recomendado que se elaborara un Plan de Uso Público con el objetivo de aprovechar de manera sostenible los recursos naturales del LIC, así como una serie de medidas preventivas y correctoras, destacando el desarrollo de medidas específicas de corrección sobre la fauna (mamíferos, peces, reptiles, anfibios), sistemas de retención de sedimentos durante la fase de obras, y mantener un criterio conservador de la vegetación particularmente de los hábitat de interés comunitario, en todas las actuaciones relacionadas con el proyecto. Con fecha 20 de noviembre de 2007 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente envió un escrito a la Confederación Hidrográfica del Ebro instando a incluir determinadas medidas preventivas y correctoras en el proyecto, a fin de garantizar la protección de la vegetación y de los valores ambientales asociados al lugar Natura. Con fecha de 11 de diciembre de 2007 la Confederación Hidrográfica del Ebro remitió escrito asumiendo expresamente todas las medidas requeridas.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto: Las actuaciones que se incluyen en el proyecto son por un lado aquellas acciones encaminadas a recuperar los elementos del patrimonio hidráulico presentes en el ámbito de actuación, y por otro lado las dirigidas a fomentar el uso público y mejorar la oferta recreativa en el entorno del Bergantes. Con este doble objetivo se propone la recuperación de antiguos caminos y vías pecuarias, que se han vertebrado en un camino continuo por las riberas del Bergantes que va desde el Molí del Pont hasta el Molí de la Cova.

Por otro lado se ha considerado necesario limpiar el cauce de los restos arrastrados por la riada del año 2000 en el tramo comprendido desde el Molí del Pont hasta la confluencia de los tres ríos. La actuación más relevante proyectada dentro de las previsiones para desarrollar el uso social del Bergantes es el acondicionamiento de áreas de recreo en las márgenes del río, muchas de las cuales vienen usándose tradicionalmente, aunque tras la riada del año 2000 en condiciones precarias. Dichas áreas de actuación son:

Área recreativa de Ortells.

Área recreativa de la Capelleta. Área recreativa de los azudes de Zorita.

Entre las actuaciones encaminadas al fomento del uso público se encuentra también el diseño y edición de folletos informativos de la actuación.

El objetivo de recuperación del patrimonio hidráulico se materializa en la reparación del azud de Zorita 1 y en las rampas para peces que se construirán en tres enclaves:

Azud del Molí del Fraile.

Azud de la Teulería. Azud de Zorita 1.

Entre las acciones más destacadas que se encuentran en el proyecto están:

Restauración y limpieza del badén existente.

Acondicionamiento y mejora de caminos de acceso. Mejora del firme. Restauración de taludes. Plantaciones. Adecuación topográfica. Instalación de panel informativo. Instalación de palanca. Instalación de cartel de palanca. Adaptación del camino a la red de senderos homologados (PR) siguiendo la señalización establecida (vertical y horizontal). Instalación de Carteles Informativos de Obras (FEDER). Homologación como PR (Sendero de Pequeño Recorrido). Aparcamiento. Instalación de bancos y mesas. Colocación de señales de desvío. Colocación de talanqueras. Instalación de barrera móvil. Instalación de un vado de hormigón en el Barranc de la Mare de Deu. Instalación de mobiliario urbano: Colocación de una serie de huellas secas para facilitar el paso del barranco a pie, instalación de bancos y mesas e instalación de traviesas de vía y talanqueras para facilitar la bajada desde la Capelleta a la zona de mesas. Adecuación del sendero de acceso al área recreativa. Restauración del azud. Instalación de postes de seguimiento. Instalación de traviesas de vía y talanqueras para facilitar la bajada en un punto donde la bajada es complicada (yendo de Forcall a Villores en el punto kilométrico 2,7).

Asimismo se incluyen las siguientes medidas preventivas propuestas por la Dirección General de Calidad Ambiental y aceptadas por el promotor:

Previamente a la iniciación del proyecto se realizará: Un cronograma detallado de las actuaciones considerando las épocas de reproducción y cría de las especies del lugar Natura.

Una definición precisa de los lugares de acopio de materiales, parque de maquinaria, construcción de caminos, lugares de emplazamiento, etc., reflejándola sobre cartografía a escala 1:500, e indicando sobre la misma la vegetación existente. Para ello se deberá realizar los correspondientes estudios de campo. Previamente al replanteo se jalonará la vegetación de ribera y de los habitat de interés comunitario por experto en botánica.

Se garantizará la no afección de los hábitat de interés comunitario y de la vegetación de ribera. Los trabajos serán supervisados por un experto en botánica.

Los lugares de acopio de materiales, parques de maquinaria, tareas de mantenimiento etc., se realizarán fuera del LIC «Riu Bergantes». Toda la información solicitada, así como cualquier otra relacionada con el proyecto, deberá ser comunicada a la Dirección General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana, previamente a la iniciación de los trabajos y durante el desarrollo de los mismos. Dado que el proyecto está directamente relacionado con la gestión del lugar Natura 2000, el órgano competente autonómico deberá ser informado y supervisar todas las actuaciones del proyecto, y en su caso, solicitar medidas adicionales de protección.

Ubicación del proyecto:

El ámbito a actuar se ha fijado en el tramo del río Bergantes comprendido entre la Fábrica de Giner (Morella) y el Molí de Vilar (Zorita del Maestrazgo). Aproximadamente, dicho tramo comprende 28 kilómetros, de los cuales alrededor de 20 pertenecen al ámbito concreto de este proyecto. Esta zona se sitúa al noroeste de la provincia de Castellón (Comunidad Valenciana), y se actúa sobre territorio correspondiente a los municipios de Morella, Palanques, Villores, Forcall y Zorita del Maestrazgo, todos ellos integrantes de la Comarca castellonense de Els Ports.

El río Bergantes pertenece a la cuenca del Ebro, y el tramo del proyecto se caracteriza por un buen estado químico y una elevada diversidad de combinaciones morfológicas hidrológicas que proporcionan buenos hábitat para la fauna y la flora acuática. La totalidad de las actuaciones previstas se encuentran dentro de los límites de la red Natura 2000, en el LIC ES 5223029 «Riu Bergantes». Este LIC está constituido por el tramo alto del río Bergantes, y las elevaciones que lo enmarcan cubiertas por bosques de enebros, sabinas, especies de «Quercus» (carrascales, coscojares y quejigares) y pinares. Se trata de una zona estrechamente ligada al ecosistema fluvial y que presenta un buen estado de conservación y pocas afecciones. El río Bergantes presenta un alto grado de naturalidad ya que a lo largo de su curso no se han construido grandes obras de regulación. El tramo afectado presenta manchas de bosques de galería en buen estado de conservación. De acuerdo al inventario realizado por el promotor la comunidad más relevante en el entorno del río son los fenalares de» Brachypodium phoenicoides». Le siguen en abundancia las choperas, diferenciando entre las de «Populus nigra», y las choperas procedentes de antiguos cultivos monoespecíficos. A raíz de la avenida del año 2000, se afectó de forma significativa la vegetación de ribera, dominando actualmente las choperas con arbolado joven. Tras las choperas, las saucedas son las comunidades ribereñas más abundantes, distinguiendo entre saucedas mixtas (con dominancia de «Salix purpurea»), saucedas negras (con dominancia de «Salix atrocinerea»), y saucedas arborescentes, con dominancia de «Salix alba». Destaca asimismo la presencia de fresnos a lo largo de todo el recorrido, aun cuando las fresnedas como formación no abundan en la zona. Respecto a los taxones de fauna se corresponde a grandes rasgos con el patrón de una comunidad mediterránea considerablemente diversificada y con un grado de conservación muy apreciable, en donde el río Bergantes y sus tributarios juegan un papel esencial. Destacan la presencia entre la mamíferos de la nutria («Lutra lutra») y el turón («Mustela putorius»). En la ictiofauna hay que señalar a la madrilla («Chondrostoma toxostoma»), el barbo colirrojo («Barbus haasi»), la bermejuela («Rutilus arcasii»), la colmilleja («Cobitus paludica»), y el barbo de Graelis («Barbus graellsii»). Respecto a la herpetofauna si bien relativamente diversa, no se encuentran taxones con problemas de conservación. En cuanto a la avifauna destaca la presencia en el ámbito de actuación del alimoche común («Neophron percnopterus»), el águila culebrera («Circaetus gallicus»), el águila calzada («Hieraatus pennatus»), el halcón peregrino («Falco peregrinus»), el buitre leonado («Gys fulvus») el martín pescador («Alcedo atthis»), y el roquero rojo («Monticola saxatilis»).

Características del potencial impacto:

Durante la fase de construcción las actuaciones más impactantes derivarán de la construcción de áreas creativas, de la red de caminos, así como de las realizadas directamente en el cauce del río, concretamente la restauración del azud y la implantación de elementos asociados al paso del río. Estas actuaciones implican movimiento de tierras, paso de maquinaria, trabajos de hormigonado, pavimentaciones, etc. Como consecuencia de ello se producirá un aumento de los niveles sonoros, la emisión de contaminantes atmosféricos, aumentará el riesgo de vertidos accidentales, etc. Asimismo los trabajos que ocasiones movimiento de tierras (hormigonado, restauración de elementos hidráulicos, colocación de palancas tradicionales, etc.) podrán provocar un empeoramiento de la calidad de las aguas por incremento de la turbidez. El uso de lubricantes, combustibles y otros productos químicos pueden dar lugar a derrames accidentales con la consiguiente contaminación del suelo. Se podrá degradar y/o destruir la vegetación natural por el tránsito de maquinaria, las emisiones de polvo o contaminaciones accidentales del suelo o el agua, así como por las actuaciones ligadas a los trabajos de hormigonado y cimentaciones. Por otro lado son previsibles molestias a las comunidades de fauna presentes en la zona derivadas del constante tránsito de vehículos y de la generación de polvo y ruido. Por último la reconstrucción del azud de Zorita provocará la reducción de la sección del cauce, provocando una alteración temporal de la actual dinámica del Río, que podrá producir fenómenos erosivos en las márgenes y aumentar el efecto «barrera».

Respecto a la fase de explotación las actuaciones de limpieza del cauce y plantación fomentarán la consolidación y mejora del bosque de ribera, así como un incremento de la calidad del paisaje. La instalación de las rampas de peces favorecerá la conectividad de la ictiofauna, de particular valor ambiental en este ámbito. No obstante hay que señalar que uno de los principales objetivos del proyecto es el fomento del uso público, por lo que previsiblemente en la fase de explotación se producirá una mayor presión antrópica sobre los recursos naturales. No obstante se considera dicho impacto como compatible, habida cuenta de que el proyecto puede contribuir al fomento de la información y educación ambiental, siempre y cuando se adopten las medidas adecuadas para una correcta gestión del uso público. Respecto al impacto sobre el LIC «Ríu Bergantes» hay que señalar que el proyecto ha sido informado favorablemente por el órgano competente de la Generalitat Valenciana, señalando que está relacionado directamente con la gestión y conservación del lugar, y por sus características no es probable que se produzcan afecciones negativas sobre los hábitat y/o especies de interés comunitario. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de diciembre de 2007, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, siempre y cuando el promotor garantice la efectiva incorporación y cumplimiento de todas las medidas preventivas y correctoras indicadas en la documentación ambiental del presente proyecto, del programa de vigilancia ambiental, así como las medidas adicionales establecidas por la Dirección general de Calidad Ambiental y aceptadas por la Confederación Hidrográfica del Ebro, por lo que resuelve:

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 21 de diciembre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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