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Documento BOE-A-2008-2098

Resolución 9 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Restauración del sistema fluvial del río Bergantes» (Castellón).

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2008, páginas 6548 a 6550 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-2098

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada. El proyecto restauración del sistema fluvial del río Bergantes (Castellón) se encuentra en este supuesto por ubicarse en un espacio de la Red Ecológica Europea Natura 2000. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El proyecto «Restauración del sistema fluvial del río Bergantes (Castellón)» se engloba dentro del Plan de Restauración hidrológico forestal y protección de cauces de la cuenca del Ebro. El objetivo principal de este proyecto es la restauración del sistema fluvial en el tramo del río Bergantes comprendido entre la Fábrica de Giner (Morella) y el Molí de Vilar (Zorita del Maestrazgo). Las actuaciones para la consecución de este objetivo son las siguientes: replanteo, localización de instalaciones auxiliares, limpieza del cauce, definición del cauce de aguas bajas, recuperación de la vegetación de ribera y estabilización de márgenes. Con estas actuaciones se pretende regenerar el cauce de aguas bajas en aquellos tramos en donde ahora no tiene un carácter definido, de manera que el caudal circulante discurra por un único cauce. Al mismo tiempo, se busca crear un corredor verde en ambas orillas, mediante la plantación de especies de ribera, que además, contribuyan a fijar y estabilizar las márgenes del río. Las actuaciones se desarrollan en el cauce del río Bergantes y zonas colindantes, desde el Molí del Pont hasta los azudes de Zorita, en el LIC ES 5223029-río Bergantes. Los términos municipales donde se desarrollan las actuaciones son: Morella, Palanques, Villores, Forcal, y Zorita del Maestrazgo, todos ellos en la provincia de Castellón. El promotor y órgano sustantivo es la confederación Hidrográfica del Ebro.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto Legislativo, la Confederación Hidrográfica del Ebro remitió, con fecha 10 de mayo de 2007, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, principales actuaciones del proyecto, valoración ambiental, programa de vigilancia ambiental y planos con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La documentación ambiental remitida incluye informe y declaración de la autoridad responsable del seguimiento de la Red Natura, manifestando que no es probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre lugares propuestos para la Red Natura, dado que está relacionado directamente con la gestión y conservación del lugar, y por sus características no es probable que se produzcan afecciones negativas sobre los hábitat y/o especies de interés comunitario. Inicialmente dado que el proyecto incluye obras de definición del cauce se considera contemplado en el anexo I de la normativa autonómica (Reglamento para la ejecución de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental) y en el anexo I grupo 9, apartado c del Real Decreto Legislativo 1302/1986. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 9 de julio de 2007, solicitó informe a los siguientes organismos e instituciones:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana)

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana)

-

Dirección General de Pesca y Alimentación la Consejería de Agricultura, Pesca Y Alimentación (Generalitat Valenciana)

X

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana)

Dirección General para la Biodiversidad (Ministerio de Medio Ambiente)

X

Ayuntamiento de Forcall

-

Ayuntamiento de Morella

-

Ayuntamiento de Palanques

-

Ayuntamiento de Villores

-

Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo

-

Ecologistas en Acción

-

Grupo ecologista SANURUC

-

La Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Territorio y Vivienda (Generalitat Valenciana) ha manifestado que dadas las características del proyecto no considera necesario realizar el estudio de inundabilidad previsto en la normativa autonómica.

La Dirección General de Pesca y Alimentación la Consejería de Agricultura, Pesca Y Alimentación (Generalitat Valenciana) ha considerado que el proyecto no interfiere con los Planes de Actuación gestionados por esa Consejería. La Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente ha realizado una descripción de los valores ambientales existentes en la ubicación del proyecto así como un análisis del impacto del mismo. Sugirió contenidos específicos que se debían incluir en el estudio de impacto ambiental. Ha recomendado asimismo una serie de medidas preventivas y correctoras, destacando el desarrollo de medidas específicas de corrección sobre la fauna (mamíferos, en particular la nutria, peces, reptiles, anfibios...), sistemas de retención de sedimentos durante la fase de obras, y mantener un criterio conservador de la vegetación, particularmente de los hábitat de interés comunitario, en todas las actuaciones relacionadas con el proyecto. Con fecha 3 de diciembre de 2007 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente envió un escrito a la Confederación Hidrográfica del Ebro instando a incluir determinadas medidas preventivas y correctoras en el proyecto, a fin de garantizar la protección de la vegetación y de los valores ambientales asociados al lugar Natura. Asimismo recomienda la exclusión del proyecto de las actuaciones de definición del cauce, que constituye la parte del proyecto con un impacto mayor sobre el medio. Se le informa asimismo al promotor que la aceptación de estas condiciones permitiría excluir al proyecto del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, dadas sus nuevas características, y considerando el informe favorable a la actuación del órgano competente en Red Natura de la Generalitat Valenciana. Con fecha 11 de diciembre de 2007 la Confederación Hidrográfica del Ebro remitió escrito asumiendo expresamente todas las medidas y modificaciones requeridas.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto: Las actuaciones que se incluyen en el proyecto, una vez excluida del mismo la definición del cauce de aguas bajas son las siguientes: Jalonamiento de la vegetación de ribera y hábitat de interés comunitario.

Replanteo: Incluye la delimitación sobre el terreno de las zonas de acceso y estancia de los materiales y maquinaria a emplear, así como los lugares en los que deban ser acumulados los residuos recogidos a la espera de su carga y transporte a vertedero. Estos últimos deberán situarse allí donde los camiones puedan acceder y maniobrar con facilidad. Asimismo incluirán, en su caso, el señalamiento de las zonas de actuación o de los trabajos que se estén efectuando (carga de materiales, movimientos de tierra, etc.) a efectos de seguridad en vías de comunicación o zonas de tránsito tanto públicas como privadas. Limpieza del cauce: La limpieza del cauce del río Bergantes se realizará retirando los residuos y escombros existentes en el mismo, buena parte de ellos procede de los daños creados por la avenida del año 2000. Las basuras se componen fundamentalmente de latas, plásticos (no biodegradables), residuos inertes (restos de ladrillos y azulejos, etc.), pero destacan especialmente los restos vegetales (ramas, restos de podas naturales, etc). La limpieza consistirá en la retirada de todos los residuos que se encuentren en el tramo, y su apilado en las zonas que previamente habrán sido delimitadas para su posterior carga y traslado a vertedero, según el tipo de residuo. Estas basuras serán recogidas de forma manual por una cuadrilla de personas provistas de material adecuado. La cuadrilla se desplazará desde el comienzo hasta el final del tramo, caminando por la orilla y recogiendo y apilando las basuras para su posterior transporte a vertedero. La limpieza afectará a toda la zona de actuación. Plantaciones y recuperación de la vegetación de ribera con el fin de crear una cubierta vegetal permanente en las orillas que las proteja de la erosión. Para seleccionar las especies más adecuadas para la recuperación de la vegetación riparia en el entorno del río Bergantes, se ha partido del estudio de vegetación encargado por la Consejería de Territorio y Vivienda: «Inventario y caracterización de las comunidades ripícolas de los principales cursos de agua en la cuenca del río Ebro en la Comunidad Valenciana para la ejecución de obras de restauración ambiental en las riberas del río Bergantes». Estabilización de márgenes: A lo largo del tramo estudiado se han detectado varias zonas en donde debido al trazado del río, una de las márgenes presenta problemas de estabilidad, al incidir el agua sobre la misma. En dos de esas zonas, los materiales resultan más fácilmente erosionables, por lo que se considera conveniente, al mismo tiempo que se recupera la vegetación riparia, estabilizar las mismas. El tratamiento que se propone consiste en la colocación de gaviones, que apoyados sobre el talud, amortigüen la fuerza del agua durante las crecidas del río. Las dos zonas en las que se construirán dichos muros de gaviones son:

Ortells, junto al área recreativa: La margen a tratar es la derecha, justo en la zona del área recreativa, actualmente bastante degradada después de la avenida del año 2000. La longitud de talud a tratar es de 60 metros, con una altura media de 2,10 metros y una pendiente de 22,8°.

Aguas abajo de los azudes de Zorita, en la curva bajo la carretera. En este caso la actuación se centra en la margen izquierda del río, en la zona en la que este describe una curva a la derecha de casi 90°. La ladera a proteger tiene una longitud de 115 metros. En este caso se colocará un muro de gaviones de 4,5 metros de altura, incluida la cimentación, que contribuirá a frenar la fuerza de las aguas. Señalización informativa: Se instalarán paneles informativos a lo largo del río, promoviendo el disfrute del medio fluvial, e incrementando la concienciación de los habitantes y visitantes acerca de los valores naturales del área. Una de las vías mediante las que se puede conseguir este objetivo es instalando paneles informativos a lo largo del río. El contenido de los paneles será diseñado en un proyecto aparte, pero deberá aportar información referente al comportamiento hidráulico del río Bergantes, su flora y fauna asociada.

Asimismo se incluyen las siguientes medidas preventivas y correctoras propuestas por la Dirección General de Calidad Ambiental y aceptadas por el promotor:

En la estabilización del cauce se primará las técnicas de bioingeniería y se garantizará la conservación de la vegetación de ribera y la integración paisajística.

Previamente a la iniciación del proyecto se realizará:

Un cronograma detallado de las actuaciones considerando las épocas de reproducción y cría de las especies del lugar Natura.

Una definición precisa de los lugares de acopio de materiales, parque de maquinaria, construcción de caminos, lugares de emplazamiento, etc., reflejándola sobre cartografía a escala 1:500, e indicando sobre la misma la vegetación existente. Para ello se deberá realizar los correspondientes estudios de campo.

Previamente al replanteo se jalonará la vegetación de ribera y de los hábitat de interés comunitario por experto en botánica.

Se garantizará la no afección de los habitat de interés comunitario y de la vegetación de ribera. Los trabajos serán supervisados por un experto en botánica. Los lugares de acopio de materiales, parques de maquinaria, tareas de mantenimiento, etc., se realizarán fuera del LIC «Riu Bergantes». Toda la información solicitada, así como cualquier otra relacionada con el proyecto deberá ser comunicada a la Dirección General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana, previamente a la iniciación de los trabajos y durante el desarrollo de los mismos. Dado que el proyecto está directamente relacionado con la gestión del lugar Natura 2000, el órgano competente autonómico deberá ser informado y supervisar todas las actuaciones del proyecto, y en su caso, solicitar medidas adicionales de protección.

Ubicación del proyecto:

El ámbito a actuar se ha fijado en el tramo del río Bergantes comprendido entre la Fábrica de Giner (Morella) y el Molí de Vilar (Zorita del Maestrazgo). Aproximadamente, dicho tramo comprende 28 kilómetros, de los cuales alrededor de 20 pertenecen al ámbito concreto de este proyecto. Esta zona se sitúa al noroeste de la provincia de Castellón (Comunidad Valenciana), y se actúa sobre territorio correspondiente a los municipios de Morella, Palanques, Villores, Forcall y Zorita del Maestrazgo, todos ellos integrantes de la Comarca castellonense de Els Ports.

El río Bergantes pertenece a la cuenca del Ebro, y el tramo del proyecto se caracteriza por un buen estado químico y una elevada diversidad de combinaciones morfológicas hidrológicas que proporcionan buenos habitat para la fauna y la flora acuática. La totalidad de las actuaciones previstas se encuentran dentro de los límites de la red Natura 2000, en el LIC ES 5223029 «Riu Bergantes». Este LIC está constituido por el tramo alto del río Bergantes, y las elevaciones que lo enmarcan cubiertas por bosques de enebros, sabinas, especies de «Quercus» (carrascales, coscojares y quejigares) y pinares. Se trata de una zona estrechamente ligada al ecosistema fluvial y que presenta un buen estado de conservación y pocas afecciones. El río Bergantes presenta un alto grado de naturalidad ya que a lo largo de su curso no se han construido grandes obras de regulación. El tramo afectado presenta manchas de bosques de galería en buen estado de conservación. De acuerdo al inventario realizado por el promotor la comunidad más relevante en el entorno del río son los fenalares de «Brachypodium phoenicoides». Le siguen en abundancia las choperas, diferenciando entre las de «Populus nigra», y las choperas procedentes de antiguos cultivos monoespecíficos. A raíz de la avenida del año 2000, se afectó de forma significativa la vegetación de ribera, dominando actualmente las choperas con arbolado joven. Tras las choperas, las saucedas son las comunidades ribereñas más abundantes, distinguiendo entre saucedas mixtas (con dominancia de «Salix purpurea»), saucedas negras (con dominancia de «Salix atrocinerea»), y saucedas arborescentes, con dominancia de «Salix alba». Destaca asimismo la presencia de fresnos a lo largo de todo el recorrido, aun cuando las fresnedas como formación no abundan en la zona. Respecto a los taxones de fauna se corresponde a grandes rasgos con el patrón de una comunidad mediterránea considerablemente diversificada y con un grado de conservación muy apreciable, en donde el río Bergantes y sus tributarios juegan un papel esencial. Destacan la presencia entre la mamíferos de la nutria («Lutra lutra») y el turón («Mustela putorius»). En la ictiofauna hay que señalar a la madrilla («Chondrostoma toxostoma»), el barbo colirrojo («Barbus haasi»), la bermejuela («Rutilus arcasii»), la colmilleja («Cobitus paludica»), y el barbo de Graelis («Barbus graellsii»). Respecto a la herpetofauna si bien relativamente diversa, no se encuentran taxones con problemas de conservación. En cuanto a la avifauna destaca la presencia en el ámbito de actuación del alimoche común («Neophron percnopterus»), el águila culebrera («Circaetus gallicus»), el águila calzada («Hieraatus pennatus»), el halcón peregrino («Falco peregrinus»), el buitre leonado («Gys fulvus»), el martín pescador («Alcedo atthis»), y el roquero rojo («Monticola saxatilis»).

Características del potencial impacto:

Durante la fase de construcción los impactos más relevantes son debidos al movimiento de tierras, movimiento de maquinaria, despeje y desbroce de vegetación, construcción de gaviones, etc. Como consecuencia de ello se producirá un aumento de los niveles sonoros, la emisión de contaminantes atmosféricos, aumentará el riesgo de vertidos accidentales, etc. Todo ello provocará una degradación temporal de las condiciones del ecosistema. Asimismo los trabajos que ocasiones movimiento de tierras podrán provocar un empeoramiento de la calidad de las aguas por incremento de la turbidez. El uso de lubricantes, combustibles y otros productos químicos, así como las operaciones de limpieza de cauce pueden dar lugar a derrames accidentales con la consiguiente contaminación del suelo y/o del agua. Se podrá degradar y/o destruir la vegetación natural por la ejecución de los muros de gaviones, el tránsito de maquinaria, las emisiones de polvo o contaminaciones accidentales del suelo o el agua, etc. Por otro lado son previsibles molestias a las comunidades de fauna presentes en la zona derivadas del constante tránsito de vehículos y de la generación de polvo y ruido. Además la estabilización del cauce mediante muros de gaviones Zorita provocará pérdida de hábitat de fauna, alteración del ecosistema acuático y afección al paisaje.

Respecto a la fase de explotación las actuaciones de limpieza del cauce, y recuperación de la vegetación de ribera fomentarán la consolidación y mejora del bosque de ribera, así como un incremento de la calidad del paisaje. La promoción del disfrute y del conocimiento del medio podrá incrementar la presión antrópica del medio, pero hay que subrayar asimismo su papel en el incremento de la concienciación ambiental. Respecto al impacto sobre el LIC «Ríu Bergantes» hay que señalar que el proyecto ha sido informado favorablemente por el órgano competente de la Generalitat Valenciana, señalando que está relacionado directamente con la gestión y conservación del lugar, y por sus características no es probable que se produzcan afecciones negativas sobre los hábitat y/o especies de interés comunitario. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de diciembre de 2007, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, siempre y cuando el promotor garantice la efectiva incorporación y cumplimiento de todas las medidas preventivas y correctoras indicadas en la documentación ambiental del presente proyecto, del programa de vigilancia ambiental, así como las medidas adicionales y modificaciones del proyecto establecidas por la Dirección General de Calidad Ambiental y aceptadas por la Confederación Hidrográfica del Ebro, por lo que resuelve:

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 9 de enero de 2008.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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