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Documento BOE-A-2008-4461

Resolución de 5 de febrero de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, de corrección de errores de la de 4 de diciembre de 2007, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Minicentral en el río Corneja, en Navacepedilla de Corneja (Ávila).

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 7 de marzo de 2008, páginas 14093 a 14093 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2008-4461

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Minicentral en el río Corneja, término municipal Navacepedilla de Corneja (Ávila), publicada en el Boletín Oficial del Estado número 15, de 17 de enero de 2008, se procede a efectuar la siguiente rectificación:

En la página 3651, cuarto párrafo, donde dice: «Información del proyecto...», debe decir: «1.-Información del proyecto...»

En la página 3651, séptimo párrafo, donde dice: «Descripción sintética. Alternativas.», debe decir: «2.-Descripción sintética. Alternativas». En la página 3652, primera columna, en el primer párrafo después del cuadro, donde dice: «Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto», debe decir: «3.-Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto». En la página 3652, segunda columna, primer párrafo, donde dice:

«Resumen del proceso de evaluación: A) Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto»

Debe decir:

«4.-Resumen del proceso de evaluación: 4.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto».

En la página 3653, primera columna, párrafo doce, donde dice: «Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental», debe decir: «4.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental» En la página 3654, en la primera columna, en el párrafo encabezado «Conclusión», en la cuarta línea, donde dice: «... formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto minicentral en el río Corneja, término municipal: Navacepedilla de Corneja (Ávila), concluyendo que siempre y cuando que se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales». Debe decir: «... formula declaración de impacto ambiental en sentido negativo para el proyecto minicentral en el río Corneja, término municipal: Navacepedilla de Corneja (Ávila), concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y considerándose que las medidas previstas por el Promotor no son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación».

Lo que se hace público y se comunica a la confederación Hidrográfica del Duero para su incorporación al procedimiento sustantivo del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental»

Madrid, 5 de febrero de 2008.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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