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Documento BOE-A-2008-4637

Resolución 4B0/38027/2008, de 20 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publica el acuerdo de prórroga y actualización para el año 2008 del Convenio de Colaboración suscrito con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de las Illes Balears.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 11 de marzo de 2008, páginas 14476 a 14478 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2008-4637

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 18 de diciembre de 2007 se suscribió el Acuerdo de Prórroga y Actualización para el año 2008 del Convenio de colaboración firmado el 16 de diciembre de 2002, por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) con el Servicio de Salud de Les Illes Balears, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 20 de febrero de 2008.- La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Carmen Briones González.

ANEXO Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2008, del Convenio de colaboración firmado el 16 de diciembre de 2002, entre el Servei de Salut de les Illes Balears (IB-SALUT) y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

En Palma de Mallorca, a 18 de diciembre de 2007,

REUNIDOS

De una parte, don Josep María Pomar Reynes, Director General del Servei de Salut de Les Illes Balears, en virtud del Decreto 78/2007, de 12 de julio, de nombramiento de altos cargos de la Consejería de Salud, en el uso de las competencias que le atribuye la Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de les Illes Balears,

De otra, doña María Ángeles Fernández Simón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE, De otra, doña Carmen Briones González, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 9. F) del Real Decreto 296/1992, de 27 de marzo, de composición, funcionamiento y atribuciones de los órganos de gobierno del Instituto Social de la Fuerzas Armadas, en relación con lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 64/2001, de 26 de enero, y de otra, don José Manuel Arocha Armas, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en uso de las facultades que le confiere el artículo 14. 3. g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2002 entre el Servicio Balear de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2008, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.-Prorrogar el Convenio de referencia, extendiendo su vigencia desde 1 de enero de 2008 hasta 31 de diciembre de 2008.

Segundo.-Actualizar con efectos de 1 de enero de 2008 y según lo previsto en la Cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II III y IV del mismo. Tales anexos, sellados y firmados por todas las partes, figuran unidos a este documento como «Anexos I, II, III y IV, para 2008», e introducen modificaciones en la relación de municipios afectados (citados en la cláusula primera del convenio de 2002), en las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y en los precios a percibir por el Servicio de Salud de las Illes Balears indicados en la cláusula cuarta del convenio que se prorroga. Dichos precios pasan a ser, para el año 2008, de 10,65 € por persona y mes para los que como titular o beneficiario, estén afiliadas a las referidas Mutualidades y residan en los municipios listados en el Anexo I, y de 0,90 € por persona y mes para los que como titulares o beneficiarios, estén afiliadas a las referidas Mutualidades y residan en los municipios listados en el Anexo II. Tercero.-Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del presente convenio, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por quintuplicado y a un solo efecto, las partes mencionadas en el encabezamiento.- El Director General del Servei de Salut de Les Illes Balears, D. Joseph María Pomar Reynes.-La Directora General de La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Dª. María Ángeles Fernández Simón.-La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Dª. Carmen Briones González.-El Gerente de la Mutualidad General Judicial, D. José Manuel Arocha Armas.

ANEXO I Listado de municipios

Illes Balears

Municipios

Zona básica de salud

ALAIOR

ALAIOR

ALARÓ

BINISSALEM

ALGAIDA

LLUCMAJOR

ANDRATX

ANDRATX

ARIANY

VILLAFRANCA

ARTÁ

ARTÁ

BANYALBUFAR

ESPORLES

BINISSALEM

BINISSALEM

BÚGER

SA POBLA

BUNYOLA

MARRATXÍ

CAMPANET

SA POBLA

CAMPOS

CAMPOS

CONSELL

BENISSALEM

COSTITX

SINEU

DEIA

SOLLER

ESCORCA

INCA

ESPORLES

ESPORLES

ESTELLENCS

ESPORLES

FERRERIES

ALAIOR

FORMENTERA

FORMENTERA

FORNALUTX

SOLLER

LLORET DE VISTALEGRE

SINEU

LLUBÍ

SINEU

MANCOR DE LA VALL

INCA

MARIA DE LA SALUT

SINEU

MERCADAL (ES)

ALAIOR

MIGJORN GRAN (ES)

ALAIOR

PETRA

VILLAFRANCA

PUIGPUNYENT

PALMA

SAN JUAN DE LABRITJA

SANTA EULALIA

SANT JOAN

VILAFRANCA

SANT JOSEP

SAN ANTONIO DE PORTMANY

SANT LLORENC DES CARDASSAR

SON SERVERA

SANT LLUIS

MAO

SANTA EUGENIA

MARRATXÍ

SANTA MARIA DEL CAMÍ

MARRATXÍ

SELVA

INCA

SENCELLES

BINISSALEM

SINEU

SINEU

VALLDEMOSSA

ESPORLES

VILLAFRANCA

VILLAFRANCA

ANEXO II Listado de municipios

Illes Balears

Alcúdia. Capdepera. Castell (Es). Felanitx. Lloseta. Montuïri. Muro. Pobla (Sa). Pollença. Porreres. Salines (Ses). Sant Antoni de Portmany. Santa Margalida. Santanyí. Sóller. Son Servera.

ANEXO III

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del Anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2007), a la comunidad autónoma de les Illes Balears: (Precio por persona = 10,65 €/mes, año 2008)

Entidad

Personas adscritas

Importe mensual

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por col. de MUFACE

Por col. de ISFAS

Por col. De MUGEJU

Adeslas

597

260

31

6.358,05

2.769,00

330,15

Aegón Unión Aseguradora

1

0

0

10,65

0,00

0,00

Asisa

932

374

17

9.925,80

3.983,10

181,05

Caser

46

13

3

489,90

138,45

31,95

DKV Seguros

295

35

4

3.141,75

372,75

42,60

Groupama

285

0

0

3.035,25

0,00

0,00

Mapfre Caja Salud

991

104

37

10.554,15

1.107,60

394,05

Sanitas

0

0

6

0,00

0,00

63,90

Total

3.147

786

98

33.515,55

8.370,90

1.043,70

ANEXO IV

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios del Anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 01-05-2007), a la comunidad autónoma de les Illes Balears: (Precio por persona = 0,90 €/mes, año 2008)

Entidad

Personas adscritas

Importe mensual

De MUFACE

De ISFAS

De MUGEJU

Por col. de MUFACE

Por col. de ISFAS

Por col. De MUGEJU

Adeslas

562

368

14

505,80

331,20

12,60

Aegón Unión Aseguradora

2

0

0

1,80

0,00

0,00

Asisa

790

607

8

711,00

546,30

7,20

Caser

26

23

0

23,40

20,70

0,00

DKV Seguros

130

32

2

117,00

28,80

1,80

Groupama

239

0

0

215,10

0,00

0,00

Mapfre Caja Salud

754

144

18

678,60

129,60

16,20

Sanitas

0

0

1

0,00

0,00

0,90

Total

2.503

1.174

43

2.252,70

1.056,60

38,70

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