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Documento BOE-A-2008-4849

Resolución de 11 de enero de 2008, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunitat Valenciana, para el Plan de apoyo a la implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 2008, páginas 15180 a 15184 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-4849

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Comunitat Valenciana, han suscrito un Convenio de colaboración para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 11 de enero de 2008.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNITAT VALENCIANA PARA EL PROGRAMA DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DE LA LOE

En Madrid, 20 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación y Ciencia, nombrada por Real Decreto 464/2006, de 10 de abril (B.O.E. n.º, 86 de 11 de abril de 2006), en virtud de la competencia que le confiere el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (B.O.E. de 15 de abril de 1997).

De otra parte, el Hble. Sr. don Alejandro Font de Mora Turón, Conseller de Educación, en virtud del Decreto 8/2007, de 28 de junio, del presidente de la Generalitat, por el que se nombran vicepresidentes, consellers, secretario y portavoz del Consell (DOCV, 29 de junio de 2007), en representación del gobierno de la Generalitat de la Comunitat Valenciana, facultado para la firma del presente convenio.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

1.º Que el artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la educación y asigna a los poderes públicos la obligación de garantizar este derecho. Actualmente este derecho a la educación solo puede entenderse en el sentido de que la educación que reciben los niños y jóvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y económicas de la familia y del entorno.

2.º Que el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, dispone en su artículo 53: «Es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que disponen el artículo 27 de la Constitución Española y las Leyes Orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquélla, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española, y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía». 3.º Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas. 4.º Que la Memoria Económica de la Ley Orgánica, de 3 de mayo, de Educación (LOE) prevé que a lo largo del período de implantación de la Ley se dispondrá de asignaciones específicas para el apoyo a actuaciones directamente derivadas de las nuevas previsiones normativas. Dentro de estas previsiones se encuentran las actuaciones siguientes:

La gratuidad del segundo ciclo de Educación infantil, finalidad a la que se destina en el año 2007 la cantidad de 285.995.000 euros.

El incremento de los fondos destinados a becas y ayudas al estudio. Del incremento producido en el año 2007 alrededor de 91 millones de euros corresponden a la enseñanza no universitaria. La atención a la población escolar de integración tardía al sistema, que recibe un apoyo específico a través del Fondo para la atención escolar a la población inmigrante, gestionado por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y que este año supone una cantidad próxima a los 100 millones de euros. La atención a centros y alumnos con dificultades, a través del Plan PROA, al que se destina en este ejercicio 30.689.200 euros. Las bibliotecas escolares, disponen asimismo de financiación independiente, que continuará en este ejercicio con una asignación de 9.000.000 euros. La integración de las tecnologías de la información y la comunicación, que se refuerzan a través del programa Internet en el aula, con una aportación en este ejercicio también de 95.000.000 euros.

5.º Que además de estas acciones, los Presupuestos Generales del Estado para 2006 y para 2007 han recogido una partida presupuestaria específica para la suscripción de convenios con las administraciones educativas autonómicas. En el año 2006 esta partida, de 14.834 miles de euros, se destinó a la puesta en marcha del programa PALE, para el apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras.

6.º Que en el año 2007, año en el que comienza la implantación de las previsiones contempladas en la Ley, procede ampliar la finalidad de esta partida, incorporando otros programas que adquieren sentido por haberse aprobado ya las normas básicas sobre enseñanzas mínimas y ponerse en marcha las nuevas enseñanzas. 7.º Que el Consejo de Ministros del día 30 de marzo de 2007 adoptó el Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas así como la distribución resultante, para el año 2007, acordados en el seno de la Comisión General de Educación de la Conferencia Sectorial de Educación, de un crédito de 56.963.800 euros para programas del plan de apoyo a la implantación de la Ley Orgánica de Educación. Consecuentemente, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunitat Valenciana, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunitat Valenciana, a través de la Conselleria de Educación, para apoyar las actuaciones de esta Comunitat en relación con los siguientes programas: Formación del profesorado en aspectos generales de la LOE, en programas o áreas específicas que se han incorporado al currículo o que sufren modificaciones de mayor envergadura,

Apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), Mejora del éxito escolar, y Acciones dirigidas a disminuir el abandono temprano de la escolarización.

Segunda. Descripción de las actuaciones.-Las actuaciones acogidas al presente Convenio se llevarán a cabo a lo largo del curso 2007-2008 y de acuerdo con la descripción de los Programas que se incluye en el anexo del mismo.

Tercera. Aportaciones económicas.-El Ministerio de Educación y Ciencia aportará a la Comunitat Valenciana la cantidad total de 6.349.297 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE en dicha Comunidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.322B.451 del vigente presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia. La Comunitat Valenciana aportará la cantidad total de 9.523.946 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, distribuidos 231.343 con cargo al ejercicio presupuestario 2007 aplicación 09.02.02.421.20.2 y el resto con cargo a las aplicaciones e importes que a continuación se relación correspondientes al ejercicio 2008: 1.771.332 euros 09.02.02.421.20.2; 400.000 euros 09.02.01.421.30.2; 138.300 euros 09.02.03.421.50.2; 41.700 euros 09.02.03.421.50.4; 3.424.597,44 euros 09.02.01.422.20.1 y 3.516.673,76 euros 09.02.01.422.30.1 Cuarta. Destino y distribución de los fondos económicos.-La Comunitat Valenciana destinará los fondos económicos de este Plan desglosados según los siguientes Programas:

1.468.728 euros para programas de formación del profesorado en aspectos generales de la LOE, de los cuales el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 587.491 euros.

4.168.563 euros para programas de apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), de los cuales el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 1.667.425 euros. 6.976.180 euros para programas de mejora del éxito escolar, de los cuales el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 2.790.472 euros. 3.259.772 euros para programas dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de escolarización de los cuales el Ministerio de Educación y Ciencia aportará 1.303.909 euros.

Quinta. Instrumentación del pago.-El Ministerio de Educación y Ciencia procederá a transferir a la Comunitat Valenciana la aportación económica señalada en la cláusula tercera, a la firma del presente Convenio.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunitat Valenciana reunirá la documentación correspondiente al desarrollo de las actuaciones objeto de este Convenio y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre de la Ley General Presupuestaria. Sexta. Financiación por el Fondo Social Europeo.-Dado que los programas de mejora del éxito escolar y los dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, dirigidos al alumnado de la Educación secundaria obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación y Ciencia desarrolla, la Conselleria de Educación deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió el convenio en los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo. De acuerdo con el Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 y el Reglamento N.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria objeto de esta adenda relación de actuaciones, listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, etc.) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo. Séptima. Información y difusión.-La Comunitat Valenciana hará constar la aportación del Estado en todas las manifestaciones públicas relacionadas a estos programas. En particular, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Ciencia y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación y Ciencia». Octava. Comisión mixta de Seguimiento.-A fin de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados del Programa de apoyo a la implantación de la LOE derivados de las aportaciones del Estado en el año 2007, así como la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta por seis miembros, dos de los cuales serán designados por el Ministerio de Educación y Ciencia, uno por la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana y tres por la Conselleria de Educación, de la Comunitat Valenciana. En el seno de la Comisión de Seguimiento, la Comunitat Valenciana informará de la puesta en marcha de las actuaciones motivo del Convenio en dicha Comunidad y proporcionará al Ministerio de Educación y Ciencia documentación que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribución, la relación de actuaciones que han sido financiadas con las aportaciones económicas señaladas en la cláusula tercera de este Convenio, los indicadores señalados en cada uno de los programas que se describen en el anexo y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del resto de las cláusulas de este convenio. Novena. Vigencia y resolución.-El presente Convenio tendrá vigencia desde el día de la firma hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo ser renovado o modificado, con carácter expreso, mediante documento al efecto. El presente Convenio tendrá vigencia con carácter retroactivo desde el día 1 de julio de 2007, exclusivamente a los efectos de las aportaciones económicas de Comunitat Valenciana previstas para el ejercicio 2007 en la cláusula tercera, y de las actuaciones que de las mismas se deriven entre las descritas en el anexo al convenio. Además de la expiración de su plazo de vigencia, serán causas de extinción del convenio:

a) El mutuo acuerdo de las partes.

b) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de sus cláusulas por la otra parte.

Décima. Naturaleza y jurisdicción.-El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente convenio que no queden solventadas por la comisión prevista en la cláusula octava serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, la Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Comunitat Valenciana, el Conseller de Educación, Alejandro Font de Mora Turón.

Anexo: Contenido de las fichas de cada programa.

ANEXO

Fichas de cada programa:

1. Formación del profesorado.

2. Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras. 3. Programa para la mejora del éxito escolar. 4. Programa para disminuir el abandono temprano de la escolarización.

Programa: Formación del profesorado

Descripción de las actuaciones: Algunas de las novedades de la LOE y de sus normas de desarrollo requieren, para su adecuada puesta en marcha, que el sistema cuente con profesionales con suficiente formación, en unos casos profesores de diferentes materias capaces de hacerse cargo con solvencia de las novedades que presentan o bien profesionales que ocupan diferentes lugares en el sistema y que deben tomar decisiones, supervisar o asesorar sobre aspectos concretos. Este programa tiene la finalidad de asegurar esa formación de modo que logre cubrir una cantidad suficiente de profesionales. Objetivos que se pretenden alcanzar: Preparar a los profesionales del sistema para enfrentarse a los nuevos retos, por lo que el grueso de sus actuaciones se debe llevar a cabo en los años previos a la implantación de cada una de las enseñanzas y, en todo caso, en los primeros años en que se produzca esa implantación. Actividades que se han de desarrollar: Las actividades serán de diferentes tipos: jornadas, cursos, seminarios, formación en centros, y elaboración de materiales en aquellos ámbitos que se considere necesario. El contenido de las actividades de formación se centrará en los siguientes aspectos:

Programas de cualificación profesional inicial.

Educación para la Ciudadanía. Formación en Competencias. Informática para 4.º de ESO. Lengua Castellana. Música Secundaria. Materias de la vía de música del bachillerato de artes. Primer ciclo de Educación infantil. Ciencias para el mundo contemporáneo. Evaluación.

Población a la que se dirige: Profesorado de la Comunidad Valenciana de los centros sostenidos con fondos públicos.

Distribución territorial: Toda la Comunidad Valenciana (45% Valencia, 35% Alacant, 20% Castelló, aproximadamente). Horizonte temporal de ejecución: Curso 2007/2008. Coste: 1.468.728 €. Financiación:

MEC: 587.491. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 881.237. Aplicación presupuestaria: 09.02.02.421.20.2.

Entidad ejecutora: Red de Centros de Formación, Innovación y Recursos Educativos, CEFIRE, con el apoyo para algunas acciones de las distintas universidades de la Comunidad Valenciana.

Unidad administrativa responsable: Servicio de Formación del Profesorado de la Conselleria de Educación. Indicadores cuantitativos:

Actividades

Horas

Profesores

Presupuesto

Programas de cualificación profesional inicial

60

1.800

1.350

155.000

Educación para la Ciudadanía

76

1.720

1.580

166.000

Formación en Competencias

40

1.800

1.800

104.800

Informática para 4.º de ESO

70

2.200

2.000

260.000

Lengua Castellana

47

1.400

1.100

110.000

Música Secundaria

19

600

570

74.000

Materias de la vía de música del bachillerato de artes

19

600

570

82.000

Primer ciclo de infantil

48

1.440

1.300

240.000

Ciencias para el mundo contemporáneo

18

600

540

120.000

Evaluación

25

720

650

150.000

PALE. Programa de apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras

Descripción de las actuaciones: Formación del profesorado. Objetivos que se pretenden alcanzar: Mejorar la formación de los maestros especialistas de lengua extranjera. Capacitar al profesorado de Educación infantil para realizar la iniciación al aprendizaje de una lengua extranjera a su grupo. Incrementar y mejorar el número de docentes que pueden impartir los contenidos en una lengua extranjera. Actividades que se han de desarrollar: Para estos colectivos de profesores se organizará un itinerario de formación intensivo de, al menos 200 horas, en el que se revitalicen y profundicen contenidos y aspectos lingüísticos ya adquiridos, se avance en la adquisición de un nivel de competencia lingüística superior y se tenga ocasión de aplicar al propio contexto todo lo adquirido fomentando el trabajo cooperativo con otros colegas en las mismas o parecidas circunstancias. En dicho itinerario existirá además una estancia de al menos dos semanas, en un país cuya lengua oficial sea la del idioma correspondiente a la formación, para la inmersión lingüística y cultural que favorezca las competencias orales y la comprensión de factores socio-culturales ligados a la citada lengua. Población a la que se dirige:

Profesorado de Educación Primaria especialista en lengua extrajera que imparta el idioma en dicha etapa. Se dirigirán con prioridad a la formación de aquellos profesores que hubieran cursado sus estudios con planes anteriores a 1.997 y no hayan participado en ninguna formación específica de más de 100 horas en los últimos cinco años.

Profesorado especialista en Educación Infantil que actualmente imparte docencia en ese nivel y participa en la implantación temprana de la enseñanza del 2.º idioma como lengua extranjera. Tendrán que acreditar un nivel mínimo de la citada lengua B2 del Marco Europeo de Referencia de las Lenguas. Profesorado de Educación Primaria y Secundaria no especialista en idioma extranjero que participa en proyectos lingüísticos innovadores: Secciones bilingües, Programas de educación bilingüe, AICLE, etc. Tendrán que demostrar un nivel mínimo del citado idioma C1 del Marco Europeo de Referencia de las Lenguas.

Distribución territorial: Toda la Comunidad Valenciana (45% Valencia, 35% Alacant, 20% Castelló, aproximadamente).

Horizonte temporal de ejecución: Año 2008. Coste: 4.168.563 €. Financiación:

MEC: 1.667.425 Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451

CCAA: 2.501.138. Aplicación presupuestaria: 09.02.02.421.20.2, 09.02.01.422.20.1 y 09.02.01.422.30.1

Entidad ejecutora: Red de Centros de Formación, Innovación y Recursos Educativos, CEFIRE, con el apoyo de las Escuelas Oficiales de Idiomas.

Unidad administrativa responsable: Servicio de Formación del Profesorado de la Conselleria de Educación. Indicadores cuantitativos:

Actividades

Horas

Profesores

Presupuesto

Formación en lengua extranjera.

30

60.000

450

1.900.000

Formación didáctica

40

2.000

450

350.000

Formación de Formadores y elaboración de materiales

4

200

60

200.000

Formación en inmersión

5

1.000

60

1.700.000

Programa para la Mejora del éxito escolar

Descripción de las actuaciones: Las circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales inciden en el porcentaje de alumnos que progresan adecuadamente a lo largo de la enseñanza básica y hacen disminuir el éxito del alumnado, especialmente en los últimos años de la enseñanza básica. Con la finalidad de disminuir el efecto de dichas variables sobre el rendimiento final del alumnado, se plantean las siguientes actuaciones: programa de apoyo para el alumnado que inicia la escolarización en la Educación Primaria y presenta dificultades de aprendizaje; programa de refuerzo para el alumnado que, escolarizado en Educación Primaria o en ESO, permanezca un año más en el mismo ciclo; programa de refuerzo dirigido al alumnado que promociona desde la Educación Primaria hasta la ESO sin haber superado todas las áreas; programa de refuerzo de las capacidades básicas para aquellos alumnos que, en virtud del Informe Final de Educación Primaria, así lo requieran para seguir con aprovechamiento la ESO; programa de apoyo a las áreas o materias que presentan un mayor índice de fracaso escolar; programa para incrementar la variedad educativa en la ESO; programa de difusión de materiales didácticos y de apoyo para el alumnado con dificultades en el aprendizaje de las áreas o materias debidas a los factores anteriormente mencionados. Objetivos que se pretenden alcanzar: Incrementar el éxito académico del alumnado que presenta condiciones desfavorables de partida desde un punto de vista social, económico, cultural, étnico o personal; mejorar sus habilidades sociales con la finalidad de lograr una mayor integración socioeducativa; poner a su alcance medios materiales y personales complementarios para que alcancen el éxito escolar. Actividades que se han de desarrollar:

a) Programa de detección de dificultades de aprendizaje dirigido al alumnado que cursa el primer ciclo de la Educación Primaria.

b) Programa de apoyo específico al alumnado que cursa 1.º y 2.º de Educación Primaria, y presenta dificultades de aprendizaje detectadas a través del programa especificado en el punto anterior. c) Programa de refuerzo para el alumnado que, escolarizado en Educación Primaria, permanece un curso adicional en el mismo ciclo. d) Programa de refuerzo para el alumnado que, escolarizado en ESO, permanece un curso adicional en el mismo curso. e) Programa de refuerzo dirigido al alumnado que se incorpora a la ESO con áreas pendientes de la etapa anterior. f) Programa de refuerzo de las capacidades básicas para aquellos alumnos que, de conformidad con el Informe final de evaluación de la Educación Primaria, así lo requieran para seguir con aprovechamiento la ESO. g) Programa específico de apoyo a las áreas o materias instrumentales: Matemáticas; Lengua Castellana; Lengua Valenciana. h) Programa específico de desarrollo curricular complementario dirigido al alumnado de ESO. i) Programa para difundir materiales específicos de apoyo -en las lenguas curriculares de la Comunitat-, dirigidos al alumnado con especial riesgo de fracaso escolar. j) Programa de desarrollo y puesta en marcha de modelos organizativos alternativos que den respuesta a las necesidades del alumnado desfavorecido.

Población a la que se dirige: Alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos que presenta dificultades de inserción escolar por encontrarse en situación desfavorable derivada de circunstancias sociales, económicas, culturales, étnicas o personales.

Distribución territorial: Comunitat Valenciana. Horizonte temporal de ejecución: Año 2008. Coste: 6.976.180 €. Financiación:

MEC: 2.790.472. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 4.185.708 Aplicación presupuestaria: 09.02.01.422.20.1, 09.02.01.422.30.1 y 09.02.01.421.30.2. Entidad ejecutora: Conselleria de Educación. Unidad administrativa responsable:

Área de Ordenación: Servicio de Ordenación: Académica/Servicio de Enseñanzas en Valenciano (Dirección General de Ordenación y Centros Docentes).

Indicadores cuantitativos:

N.º de centros de educación primaria y secundaria en los que se desarrollan actuaciones: 1.000 centros docentes (650 Educación Primaria, 350 Ed. Secundaria).

N.º de alumnos beneficiarios de educación primaria: 13.000. N.º de alumnos beneficiarios de educación secundaria: 15.000. N.º de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades básicas (artículo 24.8): 2. N.º de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en educación primaria o secundaria sin haber superado todas las áreas o materias (artículo 20.3 y 28.5): 2. N.º de acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades de aprendizaje en le educación primaria: 2. N.º de acciones dirigidas al apoyo a actuaciones en las áreas y materias de primaria y secundaria con menores índices de éxito: 6. N.º de acciones dirigidas a apoyar la variedad de la oferta en ESO: diversificación curricular, opcionalidad en 4.º, etcétera: 2. Otras acciones: 2.

Programa dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones: Oferta formativa en fase experimental para valorar la implantación de los módulos de carácter general y específicos de los Programas de Cualificación Profesional Inicial que se impartirán en la Comunidad Valenciana en centros docentes públicos dependientes de la Conselleria de Educación, con el objeto de evitar el abandono temprano de la escolarización. Objetivos que se pretenden alcanzar:

Establecer las bases de los Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) a implantar en la comunidad Valenciana de manera que respondan a las necesidades y aspiraciones del alumnado con riesgo de abandono escolar.

Reducir el abandono escolar de la población mayor de 16 años que no ha obtenido el graduado escolar en Secundaria. Adquirir una cualificación profesional inicial que le permita la inserción laboral y retomar la formación como estrategia de mejora de sus condiciones laborales.

Actividades que se han de desarrollar: Realizar la oferta formativa de PCPI y celebrar jornadas de trabajo y congresos para analizar la puesta en marcha experimental del proyecto, presentar conclusiones y extender la experiencia al profesorado.

Población a la que se dirige: Alumnado mayor de 16 años y menor de 21 sin el graduado escolar en Secundaria. Distribución territorial: Comunitat Valenciana. Horizonte temporal de ejecución: Año 2008. Coste: 2.409.772 euros. Financiación:

MEC: 963.908,8 euros. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 1.445.863,2 euros Aplicación presupuestaria: 09.02.01.422.20.1 y 09.02.01.422.30.1.

Entidad ejecutora: Conselleria de Educación.

Unidad administrativa responsable: Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional. Indicadores cuantitativos:

N.º de acciones planificadas: 150.

N.º de alumnos apoyados o que han participado en el programa: 180. N.º de centros donde se desarrollan las actuaciones: alrededor de 85 centros docentes públicos.

Programa Dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones: Prevención del abandono escolar de la población perteneciente a minorías y en situación de riesgo social mediante acciones de apoyo al sistema escolar, control del absentismo escolar y labores de asistencia social. Objetivos que se pretenden alcanzar: Reducir el abandono escolar de la población perteneciente a minorías y en situación de riesgo social. Actividades que se han de desarrollar: Intervenciones específicas de asistencia social y control del absentismo Escolar en el medio social desfavorecido a través de una ONG con experiencia en el campo señalado. Población a la que se dirige: Población marginal del 2.º ciclo de la E.S.O. perteneciente a minorías. Distribución territorial: Valencia, Castellón y Alicante. Horizonte temporal de ejecución: curso 2007-2008. Coste: 100.000 euros. Financiación:

MEC: 40.000 euros. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 60.000 euros. Aplicación presupuestaria: 09.02.03.421.50.2 y 09.02.03.421.50.4. Entidad ejecutora: Asociación PUNJAB para la integración de marginados y Conselleria de Educación. Unidad administrativa responsable:

Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación. Profesional.

Área de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa. Servicio de Innovación Educativa.

Indicadores cuantitativos:

Entre otros, se pueden considerar los siguientes: N.º de acciones planificadas. Acciones en centros CAES de la Comunitat Valenciana.

N.º de alumnos apoyados o que han participado en el programa: 6000 alumnos aproximadamente de los centros CAES. N.º de centros donde se desarrollan las actuaciones: 20-30. Acuerdos o convenios de colaboración con otras instituciones: Convenio con la asociación PUNJAB para la integración de minorias y marginados. Material específico de apoyo distribuido: Guías didácticas elaboradas por la ONG «Punjab».

Programa Dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones: Programas experimentales de prevención del abandono escolar prematuro. Objetivos que se pretenden alcanzar: Apoyar la realización de programas experimentales de prevención del abandono escolar prematuro en centros con población de 3.º y 4.º de la ESO en situación de riesgo. Actividades que se han de desarrollar: Apoyo, asesoramiento y cobertura técnica y de recursos a los centros de las características señaladas para diseñar e implementar planes experimentales de prevención del abandono. Desarrollo de talleres pre-laborales y actividades lúdico-deportivas y de ocio saludable donde desarrollar experimentalmente el currículum de los alumnos inscritos en el programa. Población a la que se dirige: Población de 3.º y 4.º de ESO en grave riesgo de abandono escolar. Distribución territorial: 10 experiencias piloto: 5 en Valencia 3 en Alicante y 2 en Castellón. Horizonte temporal de ejecución: curso 2007-2008. Coste: 600.000 euros. Financiación:

MEC: 240.000 euros. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 360.000 euros. Aplicación presupuestaria: 09.02.01.422.30.1 y 09.02.03.421.50.2 Entidad ejecutora:

Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la F. Profesional.

Área de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa. Unidad administrativa responsable: Servicio de Innovación Educativa.

Indicadores cuantitativos:

N.º de acciones planificadas: 10 programas experimentales en IES con población marginal.

N.º de alumnos apoyados o que han participado en el programa: 240 alumnos. N.º de centros donde se desarrollan las actuaciones: 10. N.º de acuerdos o convenios de colaboración con otras instituciones: 10. Material específico de apoyo distribuido: Materiales didácticos elaborados por el profesorado del programa, material de taller de jardinería, de mantenimiento, de ocio y deporte constructivo, etc, elaborado por el personal de apoyo al programa.

Observaciones: Se requieren profesores (dos) por centro como plantilla suplementaria para implementar estos programas experimentales de prevención del abandono escolar prematuro.

Programa Dirigido a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones: Congresos provinciales de Buenas prácticas para la prevención del abandono escolar prematuro. Objetivos que se pretenden alcanzar:

Concienciar a los centros educativos sobre la importancia de desarrollar proyectos de control del absentismo escolar y prevención del abandono escolar prematuro 3.º y 4.º ESO.

Mostrar prácticas de éxito respecto a la labor preventiva señalada. Motivar al profesorado y a los equipos directivos a poner en marcha actuaciones preventivas. Actividades que se han de desarrollar:

Congresos de «Buenas prácticas para la prevención del abandono escolar prematuro».

Edición de una publicación que recoja las mejores prácticas al respecto de la Comunidad Autónoma o de otros ámbitos territoriales. (Proyectos conjuntos, programas experimentales, etc).

Población a la que se dirige: Profesorado, psicopedagogos y directores de centros que atienden a alumnado de 3.º y 4.º de ESO en riesgo de abandono escolar.

Distribución territorial: Comunitat Valenciana. Horizonte temporal de ejecución: Noviembre 2008. Coste: 150.000 euros. Financiación:

MEC: 60.000 euros. Aplicación presupuestaria: 18.11.322B.451.

CCAA: 90.000 euros. Aplicación presupuestaria: 09.02.03.421.50.2.

Entidad ejecutora:

Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación. Profesional.

Área de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa. Unidad administrativa responsable:

Servicio de Innovación Educativa.

Indicadores cuantitativos:

N.º de acciones planificadas: 3 ediciones del Congreso de Buenas prácticas y una edición de al menos un ejemplar por centro de secundaria más 1.000 ejemplares para los congresistas.

N.º de alumnos apoyados o que han participado en el programa: indirectamente todos los del sistema. N.º de centros donde se desarrollan las actuaciones: un ejemplar de la publicación por centro. Material específico de apoyo distribuido: Una publicación que recoja las mejores prácticas al respecto de la Comunidad Autónoma o de otros ámbitos territoriales sobre prevención del abandono escolar prematuro.

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