Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-4999

Resolución de 16 de enero de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía y Consumo, por la que se habilita al Centro Nacional de Tecnología de Regadíos como organismo autorizado para ejecutar diversas actuaciones en metrología legal.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 14 de marzo de 2008, páginas 15633 a 15633 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2008-4999

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha de registro de entrada 8 de agosto de 2007, doña Cristina Madurga del Cura, en nombre y representación de CENTER, con domicilio en camino de la Vega, s/n, CP 28830, San Fernando de Henares, Madrid, solicita la habilitación del Centro Nacional de Tecnología de Regadíos como organismo autorizado para la realización de los ensayos y emisión de los informes previos a la aprobación de modelo, sobre los contadores de agua no contemplados en el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida. Segundo.-La Entidad solicitante cumple con los requisitos establecidos para la realización de diversas funciones en el ámbito de la metrología legal. Tercero.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas considera que se han cumplido los trámites reglamentarios en la tramitación del expediente.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Es competente para la adopción de esta Resolución la Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y los Decretos 7/2007 y 40/2007, de 20 de junio y de 28 de junio, por los que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y se modifican parcialmente sus estructuras Segundo.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, así como la Orden de 28 de diciembre de 1988, por el que se regulan los contadores de agua fría no definidos en el anexo V del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas resuelve:

Primero.-Conceder a CENTER la habilitación como organismo autorizado para la realización de ensayos y emisión de informes con carácter previo a la aprobación de modelo de contadores de agua fría contemplados en la Orden de 28 de diciembre de 1988, por el que se regulan los contadores de agua fría.

Segundo.-Esta habilitación tendrá un periodo de vigencia de tres años a contar desde el día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución, estando sometida a todos los condicionamientos establecidos en la misma.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 16 de enero de 2008.-El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid