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Documento BOE-A-2008-6004

Orden TAS/914/2008, de 18 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2008, páginas 18489 a 18493 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-6004

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008 y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración de la Seguridad Social, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en el Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir diez plazas de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social (código 1632), por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, («Boletín Oficial del Estado» del 30) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personal con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. La plaza no cubierta en el cupo de reserva de discapacitados se acumulará a las generales de promoción interna.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante. La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la siguiente página web: «www.seg-social.es».

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes deberán cumplir, además:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1; o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1; o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Solicitudes

1.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

1.2 La solicitud se presentará en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado. 1.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. 1.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 1.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, n.º 4, 28071-Madrid.

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008, («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero), por la que se anuncia el resultado del sorteo celebrado el día 17 de enero de 2008. De acuerdo con dicha Resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «X», el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «Y» y así sucesivamente.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 18 de marzo de 2008.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P.D. (Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición.-La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Los aspirantes contestarán por escrito un cuestionario de 60 preguntas del programa del anexo II.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente. Este ejercicio se realizará en sesión única y con una duración de 60 minutos. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito, durante un período de 4 horas, de uno o varios supuestos prácticos. Para la resolución del/de los supuesto/s, el Tribunal podrá proponer a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del conocimiento en el campo de los Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, relacionadas con las materias que figuran en el anexo II de la convocatoria. El ejercicio deberá ser leído, necesariamente, por el opositor en sesión pública y llamamiento único. Decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria. Una vez concluida la exposición del candidato, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones relacionadas con el contenido de la prueba realizada, durante un período máximo de quince minutos. Se calificará con un máximo de 50 puntos. Para superar este ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos. Esta puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso.-Se valorarán a los aspirantes los siguientes méritos: 1. Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año hasta un máximo de 28 puntos.

2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 14 o inferior: 12,00 puntos.

Grados 15 y 16: 13,00 puntos. Grados 17 y 18: 14,00 puntos. Grados 19 y 20: 15,00 puntos. Grados 21, 22 o superior: 16,00 puntos.

3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 15 o inferior: 15,00 puntos.

Nivel 16: 16,00 puntos. Nivel 17: 17,00 puntos. Nivel 18: 18,00 puntos. Nivel 19: 19,00 puntos. Nivel 20: 20,00 puntos. Nivel 21, 22 o superior: 21,00 puntos.

También se otorgará esta puntuación a los funcionarios que hayan sido objeto de movilidad por cambio de adscripción de sus puestos de trabajo dentro del Ministerio de Sanidad y Consumo y sus organismos autónomos, dejando de estar adscritos, como consecuencia, a la Entidad gestora Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas. A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C1. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería realizar el reingreso. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

3. Curso selectivo.-Los aspirantes aprobados, nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la autoridad convocante, participarán en el curso selectivo correspondiente a la tercera fase del proceso de selección. El curso selectivo tendrá carácter eliminatorio.

El comienzo del mismo tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados en la fase de oposición. Su duración, que no excederá de seis meses, así como su contenido se concretará por resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Esta fase tendrá como finalidad esencial la adquisición por parte de los funcionarios en prácticas del conocimiento de aquellas materias de carácter eminentemente informático necesario para el desempeño de los puestos a ocupar. El curso selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos. Los aspirantes que no superen el curso selectivo, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionarios de carrera. Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en base a los informes emitidos por los responsables de las unidades en las que se realice el citado curso. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Valoración final del proceso:

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase y en el curso selectivo.

En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el segundo ejercicio. De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si aún hubiere lugar para ello se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el mérito de antigüedad, grado y trabajo desarrollado, por este orden. Finalmente, se atenderá a la antigüedad total en la Administración, computándose años, meses y días de servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 de 26 de diciembre, al día de publicación de la presente convocatoria. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II Programa

Programación y análisis de aplicaciones:

Tema 1. Análisis de Datos: Modelo Entidad/Asociación.

Tema 2. Diseño de datos: Modelo lógico relacional normalización. Tema 3. Análisis y diseño estructurado. Tema 4. Análisis y diseño orientado a objetos. Lenguaje de modelización unificado (UML). Tema 5. Diseño de planes de pruebas de aplicaciones. Tema 6. Planificación de control de calidad. Plan general garantía de calidad. Tema 7. Uso de generadores de código y herramientas cuarta generación en las fases de diseño e implementación. Tema 8. Programación orientada a objetos en Java. Objetos distribuidos. Tema 9. Ficheros externos: Organización de ficheros, compresión de datos, índices, ordenación de ficheros, técnicas Hashing. Tema 10. Temas avanzados de C: Tipos, operadores y expresiones. Estructuras de control, tablas y punteros. Estructuras entrada/salida.

Tecnología base: Tema 11. Conceptos básicos de Sistema Operativo. Monitorización del Sistema Operativo.

Tema 12. Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Bases de Datos con objetivos específicos: Data Warehouse, OLAP, Data Mart, Data Mining. Tema 13. Redes de almacenamiento. Tecnologías básicas. Arquitecturas. Protocolos de comunicaciones. Tema 14. Jerarquización de la información. Gestión del ciclo de vida de la información. Técnicas de virtualización. Tema 15. El sistema de Memoria: Tecnologías de los dispositivos de memoria, memoria caché, memoria virtual y memoria compartida. Tema 16. Ordenadores de conjunto reducido de instrucciones (RISC): Ventajas e inconvenientes frente a los CICS. Características de un RISC genérico. Tema 17. Arquitectura de Sistemas Operativos Distribuidos. Modelo Cliente/Servidor. Modelo ISO/OSI. Sincronización en Sistemas Operativos Distribuidos. Gestión de ficheros en Sistemas Operativos Distribuidos.

Redes de comunicación: Tema 18. Modelo de referencia OSI, servicios y protocolos en el modelo OSI.

Tema 19. La Capa Física: Redes digitales y analógicas, transmisión en banda base, modulación. Técnicas de multiplexación y medios de transmisión. Tema 20. La Capa de Enlace: Su función. Detección y corrección de errores. Protocolos de la capa de enlace. Rendimiento de protocolos. Tema 21. Redes LAN: Servicios y normas IEEE-802.3 y 802.5. Redes inalámbricas. Tema 22. La Capa de Red: Servicios, circuitos virtuales y datagramas. Técnicas de encaminamiento. Interconexión de redes. Tema 23. Arquitectura TCP/IP: Generalidades, direccionamiento y enrutamiento IP, protocolos de transporte TCP y UDP, servicios a nivel de aplicación. Tema 24. Redes públicas de datos: X.25, RDSI, Frame Relay y ATM. Arquitectura de redes privadas: SNA. Tema 25. Gestión de redes de área local. Tema 26. La red Internet. Arquitectura de red. Principios de funcionamiento. Servicios. Organismos.

Seguridad: Tema 27. Política de salvaguarda y recuperación de la información. Centros de respaldo: recuperación ante desastres y continuidad de negocio.

Tema 28. Seguridad física y lógica de los datos: Copia síncrona, asíncrona e instantánea en subsistemas de almacenamiento de datos. Técnicas software y hardware. Seguridad perimetral: cortafuegos. Seguridad en contenidos: antivirus. Tema 29. Encriptación: sistemas simétricos y asimétricos. Clave pública y clave privada. Certificados digitales. Organismos certificadores.

ANEXO III Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidenta: D.ª Carmen Braña Ferrando, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

D.ª María José Romero Leal, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

D. José María Esparza Madrid, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado. D. Fernando Cerrato Mejías, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: D. Víctor Lafuente Carrasco, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social. Tribunal suplente:

Presidente: D. Héctor de Blas Beorlegui, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

D.ª Begoña Viñas Sierra, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

D. Miguel Labaleta Latorre, del Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado. D.ª Francisca Paula Chiclana Hoyos, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Secretaria: D.ª Laura Gosálvez Alfaro, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

La solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se rellenará conforme a las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a «Código» figurará «1632». En el recuadro 17, se consignará la clave «P.I.». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado. En el recuadro 19 se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se haya publicado la presente convocatoria. En el recuadro 20 de la solicitud destinado a «Provincia de examen» se consignará por los aspirantes que concurran a la celebración de este proceso selectivo, la provincia de «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado.

En el recuadro 25, apartado A), «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», los aspirantes deberán indicar el código del Cuerpo o Escala desde el que participan; en el apartado B) el Ministerio u Organismo de Destino y en el apartado C) el Centro directivo.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 10,35 €. Para los miembros de familias numerosas de categoría general, la tasa por derechos de examen será de 5,17 €. El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se adjuntará el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. La solicitud se dirigirá a: «Sra. Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales».

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