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Documento BOE-A-2008-6005

Orden TAS/915/2008, de 19 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2008, páginas 18494 a 18498 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-6005

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» del 15), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el acceso en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 50 plazas del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, Código 1610, por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30). Del total de estas plazas se reservarán tres plazas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva de discapacitados se acumularán a las generales de promoción interna. De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la siguiente página web: «www.seg-social.es» (Menú: «Más información»/Oferta pública de empleo).

3. Programas

El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Requisitos específicos del acceso por promoción interna

Los aspirantes deberán cumplir además:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1 o a Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, éstos últimos, en la Administración General del Estado.

Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1, o en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es. 6.2 La solicitud se presentará en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado. 6.3 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. 6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria. 7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, n.º 4, de Madrid, C.P. 28071.

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «X», de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 («Boletín Oficial del Estado» del 4 de febrero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 17 de enero. De acuerdo con dicha Resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «X», el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra «Y», y así sucesivamente. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor/a Ministro/a de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 19 de marzo de 2008.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P.D. (Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Fase de Oposición: La oposición estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos obligatorios:

1. Primer ejercicio: tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en un cuestionario de preguntas del programa detallado en el anexo II, dirigido a apreciar las aptitudes de los aspirantes en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.

Los aspirantes contestarán un cuestionario de 70 preguntas referidas a la materia del programa del anexo II. Las cuestiones se contestarán por escrito mediante preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas y en blanco se valorarán negativamente. Este ejercicio se realizará en sesión única y con una duración de 90 minutos. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder al segundo ejercicio. Esta puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

2. Segundo ejercicio: tendrá carácter eliminatorio.

Consistirá en desarrollar por escrito un tema de entre dos propuestos por el Tribunal correspondientes a la materia del programa del anexo II.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder a la fase de Concurso. El ejercicio deberá ser leído, necesariamente, por el opositor en sesión pública y llamamiento único. Decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria. Una vez concluida la exposición del candidato, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones relacionadas con el contenido de la prueba realizada, durante un período máximo de quince minutos. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

La certificación de méritos para la valoración de la fase de concurso deberá estar referida a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Se valorarán los siguientes méritos:

1. Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año hasta un máximo de 28 puntos.

2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 14 o inferior: 12,00 puntos.

Grado 15 y 16: 13,00 puntos. Grado 17 y 18: 14,00 puntos. Grado 19 y 20: 15,00 puntos. Grado 21, 22 o superior: 16,00 puntos.

3. Trabajo desarrollado: Se otorgará la siguiente puntuación según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.

También se otorgará esta puntuación a los funcionarios que hayan sido objeto de movilidad por cambio de adscripción de sus puestos de trabajo dentro del Ministerio de Sanidad y Consumo y sus organismos autónomos, dejando de estar adscritos, como consecuencia, a la Entidad gestora Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Nivel 15 o inferior: 15,00 puntos.

Nivel 16: 16,00 puntos. Nivel 17: 17,00 puntos. Nivel 18: 18,00 puntos. Nivel 19: 19,00 puntos. Nivel 20: 20,00 puntos. Nivel 21, 22 o superior: 21,00 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C1. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería realizar el reingreso. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, a la obtenida en el primer ejercicio. De mantenerse esta circunstancia se dirimirá a favor de la mayor puntuación alcanzada en el mérito de antigüedad y, de persistir aún el empate, se atenderá a la puntuación otorgada al grado personal consolidado y al trabajo desarrollado, por este orden. Si aún hubiere lugar para ello, se dirimirá por el criterio de la antigüedad total en la Administración, computándose años, meses y días de servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, al día de publicación de esta convocatoria. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimiento ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO II Temario

1. La Seguridad Social en la Constitución española de 1978. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1994. Estructura y contenido. 2. Régimen económico financiero de la Seguridad Social: Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social. Recursos generales de la Seguridad Social. Fondo de Reserva de la Seguridad Social. 3. Campo de aplicación y composición del sistema de la Seguridad Social. Régimen General: Ámbito subjetivo de aplicación, inclusiones y exclusiones. 4. Campo de aplicación y composición del sistema de la Seguridad Social. Regímenes Especiales: Enumeración y características generales. Sistemas Especiales: Enumeración y características generales. 5. Normas sobre afiliación. Altas y bajas en el Régimen General. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras situaciones asimiladas a la del alta. Encuadramiento e inscripción. 6. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de accidente de trabajo. El accidente «in itinere». El concepto de enfermedad profesional. 7. Acción protectora. Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas. 8. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de prestaciones. 9. Incapacidad temporal: Concepto y causas que motivan esta situación. Beneficiarios. Prestación económica: Determinación y cuantía. Nacimiento, duración y extinción del derecho al subsidio. Control de la incapacidad. 10. Maternidad: Prestaciones y duración. Prestación por paternidad. Prestación por riesgo durante el embarazo. Prestación por riesgo durante la lactancia natural. Especial referencia a la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. 11. Incapacidad permanente en la modalidad contributiva: concepto. Grados de incapacidad. Prestaciones. Determinación y cuantía. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción del derecho. 12. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y revisión de la incapacidad permanente. 13. Jubilación en la modalidad contributiva: Concepto. Requisitos: Especial referencia a la edad de jubilación. Determinación de la cuantía de la prestación: Base reguladora y porcentaje aplicable. Suspensión y extinción de la prestación. 14. La protección por muerte y supervivencia. Hecho causante. Requisitos para las pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares. Cuantía de las prestaciones. Compatibilidad. Extinción. El auxilio por defunción. 15. El extinguido Seguro de Vejez e Invalidez. Antecedentes. Pervivencia actual. Régimen jurídico de sus prestaciones. 16. Prestaciones familiares. Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo. Prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo. Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas o monoparentales y en los casos de madres discapacitadas. Prestación por parto o adopción múltiples. Prestaciones familiares en la modalidad contributiva. 17. Las pensiones no contributivas. Antecedentes. Invalidez no contributiva: concepto, beneficiarios, cuantía y régimen jurídico. Jubilación no contributiva: concepto, beneficiarios, cuantía y régimen jurídico. Prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados. 18. La protección por desempleo. Concepto y clases. Situación legal de desempleo y formas de acreditación. Tramitación y pago. Obligaciones de empresarios y trabajadores. La prestación por desempleo. Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración, cuantía, suspensión y extinción del derecho. El subsidio por desempleo. Modalidades y beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración cuantía, suspensión y extinción del derecho. 19. El presupuesto de la Seguridad Social. El ciclo presupuestario: Elaboración, seguimiento y liquidación. La contabilidad pública. 20. La función interventora: ámbito de aplicación y principios de ejercicio. Fases de la función interventora, la fiscalización limitada previa y el control posterior. El control financiero: ámbito de aplicación y formas de ejercicio. Especial referencia al control financiero de las Entidades de la Seguridad Social. 21. La Intervención General de la Seguridad Social. Naturaleza y estructura. Funciones y competencias. 22. De la Beneficencia a los Servicios Sociales. Los Servicios Sociales en la España del siglo XXI. Retos de futuro. Los Servicios Sociales para personas mayores y personas con discapacidad. Especial referencia a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. 23. Revalorización de pensiones: Pensiones únicas y pensiones concurrentes. Cuantías mínimas y complementos por mínimos. Límites máximos. 24. La cotización a la Seguridad Social: Normas comunes del Sistema. La liquidación de cuotas. El Régimen General de la Seguridad Social. Supuestos Especiales. Bases y tipos de cotización. Liquidación de otras deudas. 25. La gestión recaudatoria: Concepto, competencia y objeto. Responsables del pago. Requisitos para el pago. De las distintas formas de extinción de las deudas. El aplazamiento. La recaudación en período voluntario. Efectos de la falta de recaudación en plazo reglamentario. Recaudación de otros recursos. Capitales coste de pensiones. Control de recaudación. 26. La recaudación en vía ejecutiva. Normas generales. Iniciación y títulos ejecutivos. La providencia de apremio. Oposición y efectos. El embargo de bienes. Enajenación de bienes: Modalidades. Créditos incobrables. Tercerías. 27. Gestión de la Seguridad Social. Entidades Gestoras: Naturaleza, organización y funciones. La colaboración en la gestión de la Seguridad Social. 28. La Tesorería General de la Seguridad Social. Naturaleza, competencias y funciones. Estructura orgánica. La Gerencia de Informática de la Seguridad Social. 29. Los Regímenes Especiales de la Seguridad Social. Régimen Especial Agrario. Planteamiento general, campo de aplicación. Inscripción de los trabajadores en el censo. Cotización y recaudación de los trabajadores y empresarios. Acción protectora. 30. Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. 31. Régimen Especial de la Minería del Carbón. Campo de aplicación. Particularidades en materia de cotización y de la acción protectora. Régimen Especial de Empleados de Hogar. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora. El Seguro Escolar. Breve referencia a los regímenes externos al Sistema de Seguridad Social. 32. El derecho a la salud en la Constitución. El Sistema Nacional de Salud. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. 33. La asistencia sanitaria en el sistema español de Seguridad Social. Riesgo protegido: la enfermedad, maternidad y accidente. Beneficiarios. Prestaciones incluidas y excluidas. Modalidades de las prestaciones sanitarias. Especialidad de la protección de los riesgos profesionales. La prestación farmacéutica. Participación del beneficiario en el coste de los medicamentos. 34. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Órganos de dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Funciones y competencias. El Ministerio de Sanidad y Consumo: Competencias. El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria: Naturaleza y funciones. 35. Infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social. Procedimiento de actuación de los órganos de participación en las Entidades Gestoras. Otros procedimientos administrativos especiales. 36. Derecho Internacional de Seguridad Social. Fuentes. Convenios bilaterales suscritos por España: Características generales y principios que los informan. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo y del Consejo de Europa ratificados por España. 37. Derecho comunitario de Seguridad social. Fuentes. La libre circulación de trabajadores en la U.E. Reglamentos de la Comunidad Europea en materia de Seguridad Social: Especial referencia a los Reglamentos 1408/1971 y 574/1972, de la C.E. y sus actualizaciones.

ANEXO III Tribunal Calificador

Titulares:

Presidente: Don Alberto Llorente Álvarez, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales: Don Enrique Sánchez-Izquierdo Nieto, del Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social. Don Martín Fernando Casero Suárez, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Doña Reyes González Valbuena, del Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. Secretario: Don Alfredo Sanz Ocón, de la Escala de Gestión de Empleo del Instituto Nacional de Empleo.

Suplentes:

Presidenta: Doña Gloria Perlado Ranz, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales: Doña Margarita Martín-Serrano García, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Don Jesús Fidalgo Blanco, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Doña Julia Tercero Valentín, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Secretaria: Doña M. Ángeles Morodo Mateo, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

La solicitud de admisión a las pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se rellenará conforme a las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. Promoción Interna». En el recuadro referido a «Código» harán constar el número «1610». En el recuadro 17, «Forma de Acceso» se consignará la clave «P.I.». En el recuadro 18 se consignará «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado. En el recuadro 19 se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se haya publicado la presente convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen» se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, expresándolo en el recuadro número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

Dígito «2»: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado. En el recuadro 25, «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», apartado A), los aspirantes deberán indicar el código del Cuerpo o Escala desde el que participan; en el apartado B) el Ministerio u Organismo de destino, y en el apartado C) el Centro Directivo. El importe de la tasa de derechos de examen será de 10,35 euros. Para los miembros de familias numerosas de categoría general, la tasa por derechos de examen será de 5,17 euros. El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El ingreso de dicho importe se efectuará, junto a la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros, o cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la validación por la entidad colaboradora, en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero deberán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero.» El ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. La solicitud se dirigirá a: «Sra. Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales».

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