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Documento BOE-A-2008-6362

Resolución de 5 de febrero de 2008, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para el Palacio y la ermita de Prelo, en el concejo de Boal.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2008, páginas 19528 a 19530 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2008-6362

TEXTO ORIGINAL

El Palacio y la ermita de Prelo, en el concejo de Boal, fueron declarados Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, mediante Orden de 17 de junio de 1982, del Ministerio de Cultura. Ahora, y en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se considera conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para estos elementos patrimoniales. Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, de fecha 24 de enero de 2008, por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la definición de un entorno de protección para el Palacio y la ermita de Prelo. Vistas la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/99, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente administrativo para fijar un entorno de protección para el Palacio y la ermita de Prelo, en el concejo de Boal.

Segundo.-Establecer un entorno provisional para el Palacio y la ermita de Prelo, según la descripción literal y gráfica que se publica como anexo a la presente Resolución.

Tercero.-. Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 5 de febrero de 2008.-La Consejera de Cultura y Turismo, Encarnación Rodríguez Cañas.

ANEXO I Delimitación literal del entorno de protección

La presente delimitación literal está realizada sobre la base del catastro de Boal. Se incluyen en el entorno de protección del Palacio y ermita de Prelo los terrenos comprendidos dentro del perímetro delimitado por los siguientes puntos:

Polígono 52: 1-2. Parte del extremo NO de la subparcela 567a en sentido de las agujas del reloj, hasta el extremo NE de la misma.

2-3. Segmento virtual en perpendicular al margen opuesto de la carretera AS-35 (parcela 9001).

Polígono 69:

3-4. Por el margen de la carretera AS-35 (parcela 9001), limita con las parcelas 71a, 72 y 73 hasta el punto donde se encuentra con la carretera (parcela 9004).

4-5. Por el margen de la carretera (parcela 9004), que limita con las parcelas 73, 198a y 198b, hasta el extremo SE de la subparcela 198b.

Polígono 51:

5-6. Límite E de las subparcelas 198a y 198b, con las subparcelas 200b, 211b, 211a y 211 c.

6-7. Límite entre la subparcela 211c con las parcelas 273 y 274. 7-8. Segmento virtual cruzando en perpendicular la carretera (parcela 9003) hasta su encuentro con la subparcela 277a. 8-9. Límite entre la subparcela 277a y las parcelas 9003 y 342. 9-10. Límite N de la parcela 342, limitando con las subparcela 279d y las parcelas 248 y 249. 10-11. Límite N de la subparcela 247a, limitando con la parcela 248 y la subparcela 247b, hasta el camino (parcela 9014). 11-12. Límite entre la subparcela 251b y el camino, (parcela 9014).

Polígono 49:

12-13. Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo SE de la parcela 251b, atravesando el camino, (parcela 9013), hasta el margen opuesto del mismo.

13-14. Límite del camino, (parcela 9013), con las parcelas 176 y 175. 14-15. Límite S de la subparcela 166a con la parcela 9017 y la subparcela 166b. 15-16. Límite S de la parcela 167, limitando con las subparcelas 166b y 799a, hasta el camino, (parcela 9017). 16-17. Límite entre la parcela 9017 y las parcelas 167, 800 y 141. 17-18. Límite entre la parcela 10141 y las parcelas 9017 y 9011. 18-19. Límite entre la parcela 144 y la parcela 9011, hasta la perpendicular al extremo NE de la subparcela 139b. 19-20. Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo NE de la subparcela 139b. 20-21. Límite entre la parcela 119 y la subparcela 139b. 21-22. Límite entre la parcela 118 y las parcelas 828 y 9017 y la subparcela 139b. 22-23. Segmento virtual trazado en perpendicular al margen opuesto de la carretera (parcela 9021). 23-24. Límite entre la parcela 9021 y las parcelas 116, 126 y 123. 24-25. Límite que divide las subparcelas 121a y 121b. 25-26. Límite entre el camino, (parcela 9008) y la parcela 9019 y la subparcela 121a.

Polígono 51:

26-27. Límite entre la parcela 9019 y las parcelas 235 y 234.

27-28. Límite entre la parcela 254 con las subparcelas 322a, 322b, 232a y 232b. 28-29. Límite entre la parcela 231 con la parcela 229 y las subparcelas 232a y 232b. 29-30. Límite S de la parcela 229 con las parcelas 228 y 227. 30-31. Límite O de la parcela 227 con la carretera, (parcela 9006), hasta la perpendicular con el extremo NE de la parcela 220. 31-32. Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo NE de la parcela 220, atravesando la carretera (parcela 9006). 32-33. Límite N de las parcelas 220 y 221 con la carretera, (parcela 9006), hasta la perpendicular con el extremo S de la subparcela 145a. 33-34. Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo S de la subparcela 145a atravesando la carretera (parcela 9006). 34-35. Límite entre la subparcela 145b y las parcelas 146, 147 y 148 y las subparcela 145a, hasta el extremo NE de la parcela 10144. 35-36. Límite N de las parcelas 10144 y 143b que limita con las parcelas 148, . 149 y las subparcelas 341b, 150b, 151b, 152b, 154b, 155b, 156b, 157b, 158b, y 143a, hasta el extremo NO de la subparcela 143b. 36-37. Segmento virtual trazado en perpendicular a la carretera, (parcela 9001), hasta el margen opuesto. Limite de la parcela 181 con la carretera, (parcela 9001) y la parcela 178. 37-38. Límite de la parcela 181 con la carretera, (parcela 9001) y la parcela 178.

Polígono 52:

38-39. Segmento virtual trazado en perpendicular a la carretera, (parcela 9013), hasta el margen opuesto.

39-40. Límite de las subparcelas 183c y 183a con las parcelas 179, 182, 184b, 184a y 618. 40-41. Límite entre la parcela 619 con las parcelas 618 y 10598. 41-42. Segmento virtual uniendo el extremo NO de la parcela 619, atravesando el camino, (parcela 9013), con el extremo SE de la subparcela 190a. 42-43. Límite S de la subparcela 190a con la parcela 598. 43-44. Límite S de la parcela 575 con las parcelas 598 y 597. 44-45. Límite N de la parcela 597 con el camino, (parcela 9013). 45-46. Límite N de la parcela 595 con el camino, (parcela 9013) hasta la perpendicular con el extremo SO de la subparcela 578b. 46-47. Segmento virtual trazado en perpendicular al extremo SO de la parcela 578b, atravesando el camino (parcela 9013). 47-48. Límite O de las subparcelas 578a y 578b con las parcelas 579, 580 y 582, hasta el extremo SO de la parcela 581. 48-49. Límite O de la parcela 581, limitando con las parcelas 582, 589, 588, 583, 587, 584 y 585, hasta el extremo NO de la parcela 581. 49-50. Segmento virtual uniendo el extremo NO de la parcela 581, atravesando la carretera, (parcela 9004), con el extremo SO de la subparcela 567a. 50-1. Límite O de la subparcela 567a con la subparcela 566b.

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