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Documento BOE-A-2008-7993

Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Pinto, para rehabilitar el Escudo Heráldico.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2008, páginas 22618 a 22618 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2008-7993

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Pinto, inició expediente para la rehabilitación de Escudo Heráldico, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, artículo 7 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid y Decreto 30/1987, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales. La propuesta fue aprobada por el Pleno Municipal en sesión de 25 de marzo de 2004. Los informes de la Real Academia de la Historia y de los Asesores de Heráldica (Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía) fueron solicitados el 17 de mayo de 2004. Los Asesores de Heráldica (Real Academia Matritense de Heráldico y Genealogía) informaron favorablemente el 9 de noviembre de 2004. La Real Academia de la Historia informó favorablemente el 5 de mayo de 2006. Consta informe favorable de la Dirección General de Cooperación con Administración Local de 7 de junio de 2005. Consta asimismo informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la Consejería de Presidencia, emitido el 16 de junio de 2005. El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, el Decreto 30/1987, de 9 de abril y el artículo 7 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia e Interior, de conformidad con el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4 del Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 13 de septiembre de 2007, acuerda:

Primero.-Autorizar la Rehabilitación del Escudo Heráldico de Pinto, con la descripción siguiente: Escudo: «Jaquelado de quince escaques, ocho de oro y siete de gules, cargado con la figura de un globo terráqueo de azur, con los continentes en oro y un punto de gules en el centro de la península ibérica. Al timbre corona real de España».

Segundo.-Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Pinto. El presente acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, produciendo sus efectos a partir del día de su publicación. También se publicará en el Boletín Oficial del Estado

Madrid, 13 de septiembre de 2007.-El Consejero de Presidencia e Interior, Francisco Granados Lerena.-La Presidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre Gil de Biedma.

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