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Documento BOE-A-2008-7994

Acuerdo de 31 de enero de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Navalcarnero para adoptar Escudo Heráldico.

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2008, páginas 22618 a 22619 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2008-7994

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Navalcarnero inició expediente para la adopción de Escudo Heráldico, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188, del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, artículo 7 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid y Decreto 30/1987, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales. La propuesta fue aprobada por el Pleno Municipal en sesión de 24 de octubre de 2005, tras la instrucción del correspondiente expediente, en el que consta la memoria heráldica explicativa de las razones que justifican la aprobación del escudo y de los criterios heráldicos utilizados. Los informes de la Real Academia de la Historia y de los Asesores de Heráldica (Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía) fueron solicitados el 14 de noviembre de 2005. La Real Academia de la Historia informó favorablemente el 21 de abril de 2006. Los Asesores de Heráldica ya habían emitido su parecer favorable el 30 de junio de 2005. Consta asimismo, informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la entonces Consejería de Presidencia, emitido el 7 de noviembre de 2006. El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril, y artículo 7 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia e Interior, de conformidad con el artículo 41.I) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y con el artículo 4 del Decreto 7/2007, de 20 de junio, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 21 de enero de 2008, acuerda:

Primero.-Autorizar la adopción del Escudo Heráldico de Navalcarnero, con la descripción siguiente: Escudo: «Partido. Primero de gules una cruz de oro; Segundo de azur, un acueducto de órdenes, de plata, mazonado de sable, sostenido por una campaña de losas de plata, mazonadas de sable. Al timbre Corona Real de España».

Segundo.-Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Navalcarnero. Este Acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, produciendo sus efectos a partir del día de su publicación. También se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 31 de enero de 2008.-El Consejero de Presidencia e Interior, Francisco Granados Lerena.-La Presidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre Gil del Biedma.

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