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Documento BOE-A-2008-8654

Orden EYE/567/2008, de 26 de febrero, de la Consejería de Economía y Empleo de declaración de «mineral natural» del agua procedente de sondeo con la denominación «Castillo de Gormaz» (Gormaz, Soria).

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 16 de mayo de 2008, páginas 23647 a 23647 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2008-8654

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de sondeo denominado «Castillo de Gormaz», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Gormaz, en la provincia de Soria y del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Con fecha 24 de octubre de 2001, D. Ángel Ortego Soria presenta en la Delegación Territorial de Soria una solicitud para que se proceda a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de sondeo situado en la finca de su propiedad n.º 206 del polígono 3, de la zona de concentración parcelaria de Gormaz, perteneciente al término municipal de Gormaz. Junto con la solicitud presenta copia de la escritura de compraventa de la finca y del DNI. 2. Las publicaciones reglamentarias se llevan a efecto, con fecha 30 de noviembre de 2001 en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y con fecha 19 de diciembre de 2001 en el Boletín Oficial de Castilla y León. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones. 3. Con fecha 19 de junio de 2003, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Soria notifica a Confederación Hidrográfica del Duero la solicitud efectuada, para su conocimiento. Con fecha 31 de julio de 2003, emite informe Confederación Hidrográfica del Duero en el que manifiesta que las aguas minerales y termales se encuentran excluidas de la Ley de Aguas, siendo el otorgamiento de estas concesiones competencia de la Comunidad Autónoma. 4. Con fecha 2 de marzo de 2004, D. Avelino Martínez Hernández en calidad de representante de la empresa Fontsoria, S. L., pone en conocimiento que la finca donde se asienta el sondeo a declarar ha sido aportada a la sociedad en su constitución por parte de los herederos de D. Ángel Ortego Soria, esposa e hijos, solicitando la continuación de la tramitación a favor de la citada sociedad. Junto a la solicitud presenta copia de la escritura de constitución de la sociedad. 5. Con fecha 18 de marzo de 2004, se realiza la toma de muestras de las aguas en presencia del representante de la Sección de Minas y representantes de la empresa Fontsoria, S. L., de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Régimen de la Minería en su artículo 39. 6. Con fecha 1 de abril de 2004, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Soria envía la muestra para su análisis e informe por el Instituto Geológico y Minero de España, de acuerdo con el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería. 7. El Instituto Geológico y Minero de España emite con fecha 21 de noviembre de 2004, informe favorable a las características físico-químicas de la muestra de agua procedente del referido manantial para mineral natural, a la vista de los resultados del análisis realizado por su laboratorio. 8. Con fecha 18 de junio de 2007, por representante de la empresa solicitante se presenta en la Sección de Minas de Soria un cuadro comprensivo de datos relativos a caudal, temperatura, composición química y características microbiológicas del agua referidos a doce meses consecutivos. 9. Con fecha 22 de junio de 2007, la Sección de Minas con el visto bueno del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Soria informa favorablemente la solicitud de declaración de agua «mineral natural». 10 Con fecha 27 de junio de 2007, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Soria remite el expediente al Servicio de Minas de la Dirección General de Energía y Minas para continuar con la tramitación. 11 La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad, con fecha 31 de octubre de 2007, emite informe vinculante, favorable a la declaración de agua «mineral natural» la procedente del sondeo de referencia. 12 Con fecha 7 de febrero de 2008, el Servicio de Minas emite informe favorable a la declaración de «Mineral Natural», siendo ratificado en los mismos términos por la Dirección General de Energía y Minas.

Fundamentos de Derecho

1. El Consejero de Economía y Empleo es el competente para resolver, de acuerdo con el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías y el Decreto 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo. 2. El Real Decreto 1704/2002, de 18 de octubre de 2002, modificado por el Real Decreto 1744/2003, de 19 de diciembre, regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas. 3. En el expediente se han cumplido los requisitos de procedimiento recogidos en la vigente Ley de Minas y en su Reglamento.

Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Energía y Minas resuelvo:

Declarar como «Mineral Natural» el agua procedente de sondeo denominada «Castillo de Gormaz», recurso de la Sección B), situado en el término municipal de Gormaz, en la provincia de Soria, promovido por la empresa Fontsoria, S. L.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contados también desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 26 de febrero de 2008.-El Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva Rodríguez.

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