Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación de 4 de diciembre de 2006 (BOE del 14 de diciembre) se convocó el Programa de ayudas para la movilidad de profesores de universidad e investigadores españoles y extranjeros y ayudas para la contratación de jóvenes doctores extranjeros en universidades y centros de investigación españoles. Por Resolución de 20 de junio de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se denegaron las ayudas solicitadas en la modalidad A por D. Ramón Alonso Sanz y D.ª M.ª Josefina Rodríguez Enríquez para realizar una estancia de investigación en el extranjero. Una vez estimados positivamente los recursos de reposición interpuestos por D. Ramón Alonso Sanz y D.ª M.ª Josefina Rodríguez Enríquez contra la citada Resolución, y justificada por el profesor Alonso Sanz su incorporación al centro receptor, en virtud de la delegación de competencias efectuada por la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (Boletín Oficial del Estado de 28 de enero), de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, he resuelto:
Primero.-Conceder las ayudas para Estancias de profesores e investigadores españoles en centros de enseñanza superior e investigación extranjeros, o excepcionalmente españoles, incluido el programa «Salvador de Madariaga» que figuran en el Anexo de esta Resolución.
Segundo.-El gasto resultante, por un importe total de 58.000,00 € (cincuenta y ocho mil euros) será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A. 781, con el siguiente desglose económico:
Anualidad 2007: 12.800,00€.
Anualidad 2008: 45.200,00€.
El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los presupuestos generales del Estado.
Tercero.-Estas ayudas estarán exentas de retención en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de conformidad con lo establecido en el artículo 7.j) del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE del 10 de marzo de 2004). Cuarto.-Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en los apartados A.6 y A.8 de la Resolución de 4 de diciembre de 2006, de convocatoria del Programa. Los incumplimientos de dichas obligaciones podrán dar lugar a la revocación de la ayuda concedida, parcial o totalmente, en los términos recogidos en el punto 8 de la citada resolución.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 27 de diciembre de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.
ANEXO |
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Apellidos, nombre |
Referencia |
Fecha de inicio |
Fecha de fin |
Organismo de destino |
País |
Dotación mensual |
Ayuda gastos traslado e instalación |
Importe |
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2007 |
2008 |
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Alonso Sanz, Ramón. |
PR2007-0439 |
2007-09-01 |
2008-04-30 |
University of The West of England. |
Reino Unido. |
2.700 |
2.000 |
12.800,00 |
10.800,00 |
Rodríguez Enríquez, M.ª Josefina. |
PR2007-0487 |
2008-01-01 |
2008-12-31 |
University of Oxford. |
Reino Unido. |
2.700 |
2.000 |
34.400,00 |
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