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Documento BOE-A-2008-8809

Resolución de 13 de mayo de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Centro de Investigaciones Sociológicas, para la realización de la encuesta «Barómetro sanitario 2008».

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2008, páginas 23929 a 23930 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-8809

TEXTO ORIGINAL

El Director General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, del Ministerio de Sanidad y Consumo y el Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas han suscrito, con fecha 24 de abril de 2008, un Acuerdo de encomienda de gestión para la realización de la encuesta «Barómetro sanitario 2008».

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 13 de mayo de 2008.-El Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.

ANEJO Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Centro de Investigaciones Sociológicas para la realización de la encuesta «barómetro sanitario 2008»

En Madrid, a 24 de abril de 2008.

REUNIDOS

De una parte, don Javier Rubio Rodríguez, Director General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, órgano competente por delegación de competencias de Orden Ministerial SCO/2475/2004, de 8 de julio de 2004 (BOE de 23 de julio de 2004).

De otra parte, don Fernando Vallespín Oña, Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas, según nombramiento conferido por Real Decreto 1002/2004 y en virtud de las facultades que le otorga la Ley 39/1995, de 19 de diciembre (BOE de 20 de diciembre de 1995).

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Sanidad y Consumo precisa realizar una encuesta nacional para conocer la opinión de los españoles en relación con el sistema sanitario, en general, y sobre una serie de medidas concretas, en particular, así como sus expectativas en relación con el funcionamiento de los servicios sanitarios públicos.

La encuesta consta de dos partes:

1. Una parte fija que incidirá sobre los siguientes aspectos: La importancia de la sanidad en relación con otras áreas de interés.

La opinión sobre el funcionamiento del sistema sanitario. La cobertura sanitaria pública y privada. La disponibilidad de la tarjeta sanitaria. La utilización de los servicios públicos y/o privados. La valoración de los diferentes niveles asistenciales: atención primaria y atención especializada, consultas e ingresos. La información que facilitan los servicios sanitarios. La percepción de las demoras asistenciales. La búsqueda de posibles desigualdades en el estado de salud por razón de género

2. Otra parte variable, enfocada al análisis de cuestiones específicas de interés temporal, tales como el impacto de algunas medidas que puedan afectar a la asistencia sanitaria, la aceptación de otras pendientes de desarrollar y las actitudes sociales ante situaciones diversas. Segundo.-Que el Centro de Investigaciones Sociológicas posee la infraestructura suficiente para garantizar la realización de encuestas de este tipo con las garantías técnicas y metodológicas adecuadas.

Tercero.-Que el Ministerio de Sanidad y Consumo dispone de la consignación presupuestaria suficiente, en el presupuesto correspondiente al ejercicio económico de 2008, para imputar el gasto que supone el presente estudio en la aplicación presupuestaria detallada en la estipulación tercera. Asimismo, la presente encomienda se instrumenta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas (BOE de 20 de diciembre de 1995). Por todo ello, ambas partes acuerdan las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.-El Centro de Investigaciones Sociológicas se compromete a realizar y tener entregada antes, del 15 de diciembre de 2008, una encuesta a una muestra representativa de la población española no institucionalizada que tendrá como: Ámbito geográfico: el territorio nacional, incluidas Ceuta y Melilla.

Tamaño: 6.936 entrevistas, divididas en tres submuestras de 2.312 entrevistas cada una. Cada submuestra incluirá la realización de las partes fija y variable del cuestionario, así como los puntos 4, 5, 6 y 7 recogidos en la estipulación segunda.

Segunda.-A partir de la firma de la presente encomienda, el Centro de Investigaciones Sociológicas desarrollará las siguientes tareas específicas:

1. La confección y edición de los cuestionarios.

2. El diseño de la muestra. 3. El diseño de los trabajos de campo. 4. La realización y supervisión de los trabajos de campo. 5. La depuración y codificación de los cuestionarios. 6. La grabación de la información, el control de los errores, las normas para su listado y el análisis de consistencia. 7. La tabulación de los resultados según el plan de explotación propuesto por el Ministerio de Sanidad y Consumo, tanto de cada oleada como del total de la muestra (anexo 1). 8. La preparación de material de datos completa en soporte magnético así como la edición de las tablas de resultados en formato de presentación DIN A-4, según dicho plan de explotación.

Tercera.-El precio total, incluidos impuestos, para la realización del estudio descrito en las estipulaciones anteriores será de 213.000,00 €, (doscientos trece mil euros) que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 26.13 311-O 227.06 del presupuesto de gasto del Departa-mento correspondiente al ejercicio 2008.

Cuarta.-El servicio se abonará al Centro de Investigaciones Sociológicas en dos plazos, cada uno de ellos del 50 % del total estipulado, previa recepción de conformidad de los trabajos por parte de la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, con las condiciones siguientes:

Primer plazo (106.500,00 €) a la entrega de los trabajos especificados en los apartados 1, 2 y 3 de la estipulación segunda (confección y edición de los cuestionarios, diseño de la muestra y de los trabajos de campo).

Segundo plazo (106.500,00 €) una vez realizadas las tres submuestras, que comprenden la parte variable del cuestionario y los trabajos especificados en los apartados 4 a 8 de la estipulación segunda.

Quinta.-Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo todas las incidencias que puedan surgir a lo largo del desarrollo de la presente Encomienda, relativas a la interpretación, resolución y efectos de la misma, a través de un Comité de Seguimiento que se reunirá a petición de parte y al menos una vez antes del fin de su vigencia, levantándose acta de los acuerdos adoptados. Estará compuesto por:

Ministerio de Sanidad y Consumo: La Subdirectora General del Instituto de Información Sanitaria.

Centro de Investigaciones Sociológicas: el Director del Departamento de Investigación.

Sexta.-La duración de la esta Encomienda será el periodo comprendido entre la fecha de su firma y el 15 de diciembre de 2008.

Séptima.-La propiedad del estudio «Barómetro Sanitario 2008» corresponde al Ministerio de Sanidad y Consumo, y como consecuencia de ello se reserva los derechos siguientes:

Publicar, total o parcialmente, los textos y el material generado como consecuencia de lo pactado.

Amparar bajo su denominación orgánica extensa, abreviada o logotípica, así como con los formatos, colores y símbolos que le son propios, tanto las explotaciones como las publicaciones que sobre la investigación se realicen, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (BOE de 22 de abril de 1996), modificado por la Ley 23/2006, de 7 de julio (BOE de 8 de julio de 2006). Actuar como interlocutor de todos aquellos ciudadanos o instituciones que soliciten información sobre el Barómetro Sanitario 2008, tanto para la realización de trabajos de investigación con los datos obtenidos, como para otros fines, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el ar-tículo 8 de la ley 39/1995, de 19 de diciembre, de Organización del Centro de Investigaciones Sociológicas (BOE de 20 de diciembre de 1995).

Octava. Marco jurídico.-La presente encomienda de gestión es una de las previstas en el artículo 3.1.l) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (BOE de 21 de abril de 2000), por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación sin perjuicio de los principios y criterios en él contenidos para resolver las lagunas que pudieran suscitarse.

Novena. Jurisdicción.-Las dudas y controversias que puedan surgir con motivo de la interpretación y aplicación del presente convenio que no puedan ser resueltas en el seno de la comisión de seguimiento se resolverán de conformidad con las normas aplicables en Derecho, y serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y para que así conste lo acordado, se firma, por duplicado, la presente Encomienda de Gestión en el lugar y fecha indicados al principio.-Por el Ministerio de Sanidad y Consumo, el Director General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, Javier Rubio Rodríguez.-Por el Centro de Investigaciones Sociológicas, Fernando Vallespín Oña.

ANEXO I

Plan de explotación para la encuesta correspondiente al «Barómetro Sanitario 2008»: Tabulación de los resultados para cada una de las tres oleadas.

Tabulación del resultado total de las tres oleadas.

Los resultados de cada una de las tres oleadas y el total estarán compuestos de:

Tabulaciones marginales.

Tabulación por oleadas. Tabulación por variables sociodemográficas. Tabulación por Comunidades Autónomas. Tabulación por situación socio laboral.

Nota.-En las preguntas con multirrespuestas las frecuencias se darán en razón de los entrevistados.

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