Por Orden ECI/1091/2007, de 2 de abril (BOE de 25 de abril) se hizo pública la convocatoria para la concesión de la Mención de Calidad a estudios de doctorado de las Universidades españolas para el curso 2007-2008. Mediante Resoluciones de 19 de Septiembre y de 16 de noviembre de 2007, (BOE de12 de octubre y 17 de diciembre respectivamente), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se concedieron las Menciones de Calidad a los programas de doctorado de las Universidades españolas que figuraban zen los anexos de las citadas resoluciones y a su vez se denegaron o desestimaron aquellos que no se relacionaban en los mismos. Contra dichas resoluciones se presentaron recursos de reposición que han sido evaluados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y emitido informe de conformidad con el punto I.4.3 de la convocatoria. De conformidad con dicho evaluación, algunos de los informes han resultado favorables para la consiguiente propuesta de concesión o renovación de la Mención de calidad. En virtud de lo establecido en el artículo 116 en relación con el 13.4 ambos de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Secretaría de Estado de Universidades del Ministerio de Ciencia e Innovación es competente para resolver el presente recurso de reposición, ya que asumió las competencias del órgano que dictó el acto impugnado, la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, que fue suprimida por el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril. En consecuencia y de conformidad con lo anterior, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero.-Conceder y renovar la Mención de Calidad a los estudios de doctorado de las Universidades que se relacionan en el Anexo I y II de esta Resolución, mediante la concesión o renovación respectivamente.
Segundo.-Las menciones de calidad concedidas y renovadas tendrán validez para los periodos que en cada caso se especifican en los anexos, sin perjuicio de las actuaciones que puedan derivarse de los informes anuales de seguimiento.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 23 de abril de 2008.-El Secretario de Estado de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.
ANEXO I Concesión de la mención de calidad. Curso 2007/2008 |
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Universidad |
Referencia |
Programa doctorado |
Procedimiento |
Período de validez |
Universidad Rovira i Virgili. |
MCD2007-00001 |
Salud Mental: Genética y Ambiente. |
Concesión. |
2007/2008 A 2010/2011 |
ANEXO II Renovación y seguimiento de la mención de calidad. Curso 2007/2008 |
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Universidad |
Referencia |
Programa doctorado |
Procedimiento |
Período de validez |
Universidad Autónoma de Barcelona. |
MCD2003-00067 |
Ciencia y Tecnología de Materiales. |
Seguimiento-3. |
2007/2008 A 2009/2010 |
Universidad Complutense de Madrid. |
MCD2004-00200 |
Texto y Contextos Italianos. |
Renovación. |
2007/008 A 2010/2011 |
Universidad de Sevilla. |
MCD2006-00464 |
Ciencia de los Materiales. |
Seguimiento-1. |
2007/2008 |
MCD2006-00492 |
Derecho. |
Seguimiento-1. |
2007/2008 |
|
MCD2006-00564 |
Procesos de Desarrollo e Intervención Familiar. |
Seguimiento-1. |
2007/2008 |
|
MCD2007-00227 |
Biología Molecular y Biotecnología Vegetal. |
Seguimiento-1. |
2007/2008 |
|
Universidad de León. |
MCD2004-00345 |
Ciencias de la Salud. |
Renovación. |
2007/2008 A 2010/2011 |
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