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Documento BOE-A-2009-10897

Acuerdo GOV/72/2009, de 5 de mayo, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la Fábrica Can Miralda-Els Panyos, en Manresa, y se delimita su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 1 de julio de 2009, páginas 55225 a 55229 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2009-10897

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución CMC/3392/2008, de 24 de octubre (DOGC número 5259, de 17-11-2008), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la fábrica Can Miralda-Els Panyos, en Manresa, y de delimitación de su entorno de protección.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans;

Visto que durante la tramitación de este expediente no se ha presentado ninguna alegación;

A propuesta del consejero de Cultura y Medios de Comunicación, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la fábrica Can Miralda-Els Panyos, en Manresa (Bages), según la ubicación y la descripción que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar el entorno de protección de este monumento, que se grafía en el plano que se publica con este Acuerdo y según la justificación que consta en el anexo 2.

3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento y del entorno de protección.

4. Publicar íntegramente en el DOGC y en el BOE este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a los interesados y al ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

5. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde la publicación en el DOGC o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 5 de mayo de 2009.–La Secretaria del Gobierno, Laia Bonet Rull.

ANEXO 1
Ubicación y descripción

El elemento objeto de este Acuerdo de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, es la antigua fábrica Can Miralda-Els Panyos, en Manresa (Bages), que está ubicada al lado del río Cardener, en el sector sudoeste de la ciudad de Manresa.

Tipológicamente es un edificio industrial textil, originariamente y funcionalmente de los llamados fábrica de río. La nave tiene una orientación norte-sur, paralela al río con tejado a cuatro vertientes y anchura limitada por la tecnología y los sistemas constructivos de la época. Tiene una longitud de 108,30 m y una anchura de 12,80 m en dos crujías cubiertas con vigas de 5 m. Las paredes, de mampostería de piedra, son de gran grosor y oscilan entre 120 cm y 52 cm. Originariamente tenía 366 ventanas.

Los materiales que se utilizaron inicialmente para su construcción fueron la piedra, la pieza cerámica y la madera.

El sótano, con bóvedas sustentadas en sólidas columnas, constituye un espacio muy característico. Las vigas de madera proporcionan la resistencia necesaria a los tres pisos que separan las cuatro plantas (sótano, planta baja, primer piso y segundo piso).

La energía hidráulica fue la fuerza motriz empleada desde un primer momento. Posteriormente se instaló una máquina de vapor, según los criterios de optimización de la fuerza motriz, con el alojamiento de la máquina de vapor integrada en la sección general de la volumetría principal de la edificación. El espacio de las calderas, caja de fuegos y chimenea, se situaba lateralmente en el edificio auxiliar externo, por razones de seguridad ante el riesgo de incendios o explosiones fortuitas de las calderas. Por otra parte se hace bien visible donde estaba instalado el árbol de transmisiones para la transmisión a todas las partes de la fábrica.

Este edificio es un ejemplo constructivo del inicio de la introducción en Cataluña de la tipología manchesteriana, donde elementos como la reducida dimensión de las ventanas, las columnas de piedra, las armaduras, la estructura horizontal de la madera y la anchura de las crujías indican claramente su antigüedad.

Es necesario remarcar que el edificio de la antigua fábrica Can Miralda-Els Panyos es un testimonio único de la etapa inicial de la industrialización a gran escala en Cataluña.

El inmueble de Can Miralda es la fábrica de río más antigua de Cataluña (1820-1824) que se conserva de la primera industrialización, anterior incluso a la Igualadina Cotonera (1842) y al Vapor Vell de Sants (1848), ya declaradas bienes culturales de interés nacional, en la categoría de monumento histórico.

A nivel representativo, la fábrica de Els Panyos simboliza el despegue industrial de Cataluña y de la ciudad de Manresa. Al mismo tiempo es símbolo de la energía emprendedora de los capitalistas locales y del trabajo constante de los obreros textiles.

A nivel sentimental, Els Panyos y sus ventanas forman parte de la ribera izquierda del Cardener desde hace unos ciento ochenta y cinco años, y los manresanos tienen interiorizada tanto la estructura del edificio como el mismo topónimo de Els Panyos.

A nivel social puede quedar como un símbolo permanente de la recuperación industrial después de la Guerra del Francés y de la función textil de Manresa.

La fábrica Can Miralda-Els Panyos es propiedad del Ayuntamiento de Manresa.

Se considera monumento la edificación conformada por:

La nave principal de planta semisótano, baja y dos pisos.

El edificio auxiliar con el depósito del agua.

La zona de turbinas anexa al edificio auxiliar.

El canal de agua, sus derivaciones y los depósitos soterrados en los lados este, sur y oeste de la nave principal.

La chimenea, situada en el espacio vacío entre la fábrica y la calle Francesc Moragas, actual plaza Dels Panyos.

También se incluye el subsuelo correspondiente a estos elementos, según la delimitación representada en el plano que se publica.

ANEXO 2
Justificación del entorno de protección

La definición de un entorno de protección alrededor de la fábrica Can Miralda-Els Panyos, en Manresa (Bages), se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus múltiples valores culturales en las mejores condiciones posibles.

Esta figura legal considera e incorpora, desde su propia definición, las interacciones del monumento con cada uno de los elementos de su entorno, así como la relación entre éstos. Es, pues, un elemento valorativo de la realidad, con la clara intención de conservar en las mejores condiciones posibles el legado patrimonial inherente al monumento.

Se pretende conseguir el equilibrio entre la necesidad de crear un área de protección alrededor del monumento que garantice suficientemente el control sobre su entorno y la voluntad de no afectar a más espacios de los estrictamente indispensables para su correcta percepción.

El entorno se define siguiendo tres criterios básicos:

Controlar, en relación con los espacios citados y con el propio monumento, la afectación de las posibles actuaciones en los edificios y espacios adyacentes o confrontantes a los mismos.

Controlar las perspectivas de la fábrica desde los espacios públicos que la rodean.

Considerar como unidad básica, para realizar la delimitación, la parcela urbanística, excepto en algún caso excepcional en el que justificadamente se opta por otra solución.

De acuerdo con estos principios generales, se justifican a continuación cada una de las fincas incluidas en el entorno:

Ausiàs March, calle:

Finca número 27 (se corresponde con la finca 59-61-63 de la calle Francesc Moragas): Edificio en esquina con calle Francesc Moragas. La directriz de la calle Ausiàs March, sobre el eje de la fachada este del monumento, hace que la visión del mismo se realice en una perspectiva central a cuyos lados, enmarcándolo, se encuentra esta parcela. Esta situación obliga a incorporarla al entorno en una medida suficiente para garantizar el control sobre esta visual.

Calaf a Lleida, carretera de:

Finques s/núm.: Dos fincas situadas a lo largo de la carretera y al lado oeste del río Cardener. Están próximas al monumento y tienen incidencia visual como fondo ambiental y paisajístico.

Fonollar, calle:

Finca número 52 (se corresponde con la finca 49 de la calle Francesc Moragas): edificio que también tiene fachada en la calle Francesc Moragas. La fachada a la calle Francesc Moragas de este edificio, conjuntamente con las fachada de las finca adyacentes que hacen esquina con la calle Ausiàs March, forman una primera línea edificatoria de la fábrica a la altura de la plaza Dels Panyos. Estas fachadas tienen una incidencia visual directa y están confrontadas en relación con el monumento.

Francesc Moragas, calle:

Finca números 36 a 64: tres edificios denominados bloques A, B y C. Situados al sudeste del monumento, son las edificaciones más próximas, sobre todo los bloques B y C. Las fachadas de éstos tienen una incidencia visual directa en relación con las fachadas del monumento y además son el telón de fondo de las visuales desde el otro lado del río.

Finca número 51 (se corresponde con la finca 20 de la calle Ausiàs March): edificio en esquina con las calles Ausiàs March y Fonollar. La directriz de la calle Ausiàs March sobre el eje de la fachada este del monumento hace que la visión del mismo se realice en una perspectiva central, a cuyos lados, enmarcándolo, se encuentra esta parcela. Esta situación obliga a incorporarla al entorno en una medida suficiente para garantizar el control sobre esta visual.

Sector central:

Los espacios que forman este sector están adyacentes al monumento (chimenea, fábrica, canal, etc.), lo que hace que cualquier intervención tenga un efecto directo sobre la visualización del monumento. La visión principal de la fábrica se produce desde este sector, por lo que estos espacios desempeñan un papel fundamental.

Sector norte, calle Francesc Moragas, números 10 a 34:

Sector con dos edificaciones situadas al nordeste del monumento. Son las más cercanas por este lado. Sus fachadas tienen una incidencia visual directa en relación a las del monumento y además son el telón de fondo de las visuales desde el otro lado del río.

Por lo que respecta al subsuelo del entorno, es necesario controlar las intervenciones que se produzcan tanto desde la vertiente arqueológica, en relación con los posibles hallazgos relacionados con el monumento, como desde la vertiente documental, por la información histórica que puedan aportar.

Por otro lado, en relación con este último tipo de actuaciones, su afectación sobre las construcciones y la seguridad física que requieren justifican, por sí mismas, la necesidad del control administrativo previo y su supervisión por parte de los órganos de control de las intervenciones.

El subsuelo del entorno se incluye también para prevenir futuras actuaciones que pueden perjudicar tanto a la visualización del propio monumento como representar un riesgo para su integridad física y ambiental.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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