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Documento BOE-A-2009-11182

Resolución de 20 de abril de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se autoriza a Aguas del Pilar, la explotación para su uso como agua embotellada de las procedentes del sondeo denominado Manantial el Pilar.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 6 de julio de 2009, páginas 56507 a 56508 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2009-11182

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente elevado por la Delegación Provincial de Granada de esta Consejería, que tiene como objeto la prosecución de trámites para la autorización de explotación de las aguas minerales procedentes del sondeo denominado «El Pilar», sito en el Paraje «Plines», del término municipal de Loja, provincia de Granada, expediente incoado por doña Emilia Selma Pérez y don José Luis Delgado Giraldo, en representación mancomunada de la empresa «Aguas del Pilar Sociedad Limitada», y en el que concurren los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.–Por Resolución del Consejero de Trabajo e Industria, de 17 de septiembre de 1998, se declaran como aguas minerales las procedentes del sondeo propiedad de la sociedad «Aguas del Pilar Sociedad Limitada», sito en el paraje «Plines», del término municipal de Loja, provincia de Granada.

Segundo.–En el expediente figura un informe técnico aportado por el titular sobre la propuesta del perímetro de protección, y se solicita que se dé trámite al perímetro de protección propuesto, así como los proyectos e instalaciones y demás documentación presentada.

Tercero.–El Instituto Geológico y Minero de España, en informe de fecha 22 de noviembre de 2006, y posterior aclaración de 14 de marzo de 2007, informa el perímetro propuesto, y aconseja una modificación en las coordenadas inicialmente propuestas.

Dicha modificación es comunicada al titular, quien la acepta en escrito de fecha 11 de abril de 2007.

Cuarto.–La Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud, en informe que obra en el expediente, indica que no existe inconveniente para la continuación del trámite de aprovechamiento para envasado de este agua y el reconocimiento del derecho al uso de la denominación de las mismas como minerales naturales.

Quinto.–Con fecha 30 de agosto de 2006, la Delegación Provincial de esta Consejería en Granada eleva escrito en el que interesa la prosecución de actuaciones.

Sexto.–La Consejería de Agricultura y Pesca informa el perímetro de protección con fecha de 16 de mayo de 2007, sin hacer consideración negativa alguna.

Séptimo.–Con fecha 12 de julio de 2007, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir conforme a lo previsto en el artículo 41.3 del Real Decreto 2857/1978, Reglamento General para el Régimen de la Minería, informa de la existencia dentro del perímetro de protección de los siguientes derechos otorgados previamente:

Expediente

Titular

Situación

Caudal

Tc- 03/2942

Área de Servicios Hermanos Martín, S.A.

x= 394913, y= 4113885

28.000 m3/a

Tc-17/4113

Ayuntamiento de Loja.

Finca Cuevas de Colas.

15 l/s

Octavo.–El perímetro de protección es sometido a información pública en «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 229, de 23 de octubre de 2007, sin que se haya recibido alegación alguna.

Noveno.–Con fecha de 4 de febrero de 2008 se requiere al promotor para que presente documentación técnica adicional que justifique el caudal conveniente para la explotación pretendida. Presentada dicha documentación, se piden mayores aclaraciones con fecha 23 de mayo de 2008.

Décimo.–Presentada por el promotor la documentación definitiva el 21 de enero de 2009, la Delegación Provincial de Granada la eleva a esta Dirección General el día 10 de febrero de 2009, junto con su informe favorable.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para otorgar la autorización de aprovechamiento de agua mineral, a tener de lo dispuesto por el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y de acuerdo con los artículos 26 de la Ley de Minas y 41.4 de su Reglamento.

Segundo.–Vistas la Ley de Minas de 21 de julio de 1973, el Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, el Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, y demás legislación de general y pertinente aplicación; dado que se cumplen los requisitos necesarios para que se conceda autorización de explotación a unas aguas declaradas como minerales, según el artículo 26 de la Ley de Minas y 41 del Reglamento General mencionado, y de acuerdo con el punto 4 del citado artículo 41,

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas resuelve:

Primero.–Otorgar a la empresa «Aguas del Pilar Sociedad Anónima», Cif B-29769635, con domicilio en la calle Torre del Mar, polígono Santa Teresa, 29196 Málaga, el derecho a la explotación para su uso como agua embotellada de las aguas procedentes sondeo denominado «Manantial el Pilar», sito en el paraje «Plines», término municipal de Loja, provincia de Granada, reconociendo el derecho al uso de la denominación de mineral natural.

Segundo.–El perímetro de protección será el constituido por el polígono cuyos vértices son los que a continuación de relacionan:

Vértice

X

Y

1

394.641,2

4.114.633,6

2

395.308,9

4.114.633,6

3

396.491,6

4.112.571,2

4

394.976,8

4.112.187,5

5

394.349,0

4.112.411,3

Estando las coordenadas expresadas en metros, proyección UTM, huso 30.

Tercero.–El caudal máximo instantáneo a explotar será de 10 l/s.

Cuarto.–Los derechos preexistentes que se citan en el antecedente de hecho séptimo deberán ser tenidos en cuenta en caso de litigio sobre el aprovechamiento del agua.

Quinto.–Esta autorización se otorga sin perjuicio de cualquier otra que fuese necesaria, de acuerdo con lo previsto por el artículo 2.3 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de abril de 2009.–La Directora General de Industria, Energía y Minas, Eva María Vázquez Sánchez

 

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