Visto el expediente de indulto de don Huseyin Salgan Tasdemir, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 28 de abril de 2004, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la sección primera de la Audiencia Provincial de Madrid, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de siete años de prisión, con accesorias de inhabilitación absoluta y multa de 528.480 euros y de un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de 18 meses de prisión, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 2009,
Vengo en indultar a don Huseyin Salgan Tasdemir cuatro meses de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 3 de julio de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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