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Documento BOE-A-2009-14093

Resolución de 10 de junio de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se autoriza el uso e instalación en la red del contador estático de energía eléctrica de Landis & Gyr., S.A., unipersonal, modelo zmg en sus variantes 310 ctscd, 410 ctsbt, 410 ctsat, 405 ctsbt y 405 ctsat (trifásico 4 hilos).

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 1 de septiembre de 2009, páginas 75011 a 75013 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2009-14093

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.–Con fecha 23 de abril de 2009, D. Francisco Javier Tato, como Director General y Consejero Delegado de la empresa Landis & Gyr, sociedad anónima unipersonal, con domicilio en la calle Luis Fuentes Bejarano, n.º 60, local 1, 41020 Sevilla, inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número 04-E-201-R, solicitó de la Junta de Andalucía la autorización de uso del contador estático trifásico, combinado, bidireccional con registrador de medidas integrado, de conexión a 4 hilos, para la medida de la energía eléctrica activa clase B o C, reactiva clase 2 ó 1, de conexión directa o a transformadores, familia Landis+Gyr dialog zmg, marca Landis+Gyr con las siguientes variantes y características:

Modelo

Clase precisión
Energía activa

Clase precisión
Energía reactiva

Tensión

Intensidad

Punto de
Medida Tipo

zmg310ctscd

B

2

3 × 230/400 V

0,5 - 10 (80) A

3 ó 4

zmg410ctsbt

B

2

3 × 230/400 V

0,05 - 5 (10) A

3 ó 4

zmg410ctsat

B

2

3 × 63,5/110 V

0,05 - 5 (10) A

3 ó 4

zmg405ctsbt

C

1

3 × 230/400 V

0,05 - 5 (10) A

2

zmg405ctsat

C

1

3 × 63,5/110 V

0,05 - 5 (10) A

2

El modelo zmg410ctsbt contaba anteriormente con autorización de uso, concedida por resolución de 27 de junio de 2006, de la dirección general de industria, energía y minas, habiendo quedado invalidada en lo referente a la medida de la energía eléctrica activa tras la entrada en vigor del real decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del estado sobre instrumentos de medida.

Segundo.–Se adjunta a la solicitud la siguiente documentación:

Memoria técnica para la autorización de uso del contador estático combinado zmg Landis & Gyr, sociedad anónima unipersonal, redactada por el ingeniero industrial D. Antonio Cabrera Cruz, integrada por: memoria técnica, descripción y manual de usuario, planos, lista de componentes, fotografías, datos técnicos y descripción constructiva del contador.

Declaración de conformidad del fabricante, además de: declaración de conformidad a reglamentos y normas (dcn_zmg_08_03_01) y declaración de características principales del contador (dcp_zmg_08_03_01).

Certificado de ensayo expedido por el laboratorio oficial conteniendo:

Certificado de examen CE de modelo de energía activa, n.º 0300-es-082179001, expedido por el Centro Español de Metrología el 24 de febrero de 2009, con validez hasta el día 19 de febrero de 2019.

Certificado de inspección, validación del protocolo del Registrador, número Landis+Gyr zmg310cts_dcv 1.0 reg 38771, emitido por el centro español de metrología el 23 de febrero de 2006.

Certificado de inspección, validación del protocolo del Registrador, número Landis+Gyr zmg410cts_btv 1.0.5 reg 38771, emitido por el Centro Español de Metrología el 23 de febrero de 2006.

Certificado de inspección, validación del protocolo del Registrador, número Landis+Gyr zmg410cts_atv 1.2.0 reg 39609, emitido por el Centro Español de Metrología el 18 de febrero de 2008.

Documento 2089634-qua/cal 06-4006. Type test of a static three-phase four-wire energy meter, made by Landis+Gyr AG, Type ZMG310, class 1, expedido por Kema Quality B.V. el 16 de marzo de 2006. Así como la traducción del mismo realizada por Dña. Irene Casado Acosta, intérprete jurado (inglés).

Documento 2089634-qua/cal 06-4007. Type test of a static transformer operated three-phase four-wire energy meter, made by Landis+Gyr AG, Type zmg405, class 0,5S and zmg410, class 1, expedido por Kema Quality B.V. el 16 de marzo de 2006. Así como la traducción del mismo realizada por Dña. Irene Casado Acosta, intérprete jurado (inglés).

Documento 2111180-qua/cal 07-4041A. Type test of a static transformer operated three-phase four-wire or three-phase three-wire energy meter, made by Landis+Gyr AG, Type zmg405, zfg405, zmg410 and zfg410, class 0,5S or class 1, expedido por Kema Quality B.V. el 21 de febrero de 2008. Así como la traducción del mismo realizada por Dña. Irene Casado Acosta, intérprete jurado (inglés).

Documento 2117159-qua/cal 08-4015. Type test of a static transformer operated three-phase four-wire or three-phase three-wire energy meter, made by Landis+Gyr AG, Type zmg405, zfg405, zmg410 and zfg410, class 0,5S or class 1, expedido por Kema Quality B.V. el 27 de mayo de 2008. Documento coincidente con el anterior, al que se incorporan dos páginas (la página 40 y la página 41) que recogen los datos correspondientes a un ensayo adicional solicitado por Verificaciones Industriales de Andalucía (VEIASA).

Tercero.–Con fecha 13 de mayo de 2009, Verificaciones Industriales de Andalucía (VEIASA) emitió a solicitud de esta Dirección General informe técnico, que figura como tal en el expediente, en el que manifestó:

«Habiendo analizado la documentación aportada se constata que los contadores cumplen con los requisitos exigibles para la concesión de la Autorización de Uso.»

Fundamentos de derecho

Primero.–El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, establece en su artículo 8 que, aquellos aparatos o dispositivos para los que no se haya establecido reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, requerirán autorización del modelo para su uso e instalación en la red y estarán sujetos a las verificaciones correspondientes, siendo esto aplicable a la medida de la energía eléctrica reactiva de lo contadores combinados, para la que no existe actualmente normativa metrológica específica. En cuanto a la medida de la energía eléctrica activa, al existir normativa metrológica específica al respecto, deben superar estos contadores combinados la evaluación de conformidad, según el control metrológico del Estado establecido en el capítulo II del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida.

Segundo.–La competencia para dictar esta Resolución viene atribuida a la Dirección General de Industria, Energía y Minas en virtud de lo previsto en el artículo 2.2 del Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, así como al Anexo A, punto I, apartado 3, del Real Decreto 4164/1982, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, en relación con Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 168/2009, de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, resuelvo:

Primero.–Conceder la autorización del modelo, para su uso e instalación en la red, del contador estático trifásico, combinado, bidireccional con registrador de medidas integrado, de conexión a 4 hilos, para la medida de la energía eléctrica activa clase B o C, y reactiva clase 2 ó 1, de conexión directa o a transformadores, familia Landis+Gyr Dialog ZMG, marca Landis+Gyr, con las siguientes variantes y características:

Modelo

Clase precisión
Energía activa

Clase precisión
Energía reactiva

Tensión

Intensidad

Punto de
Medida Tipo

zmg310ctscd

B

2

3 × 230/400 V

0,5 - 10 (80) A

3 ó 4

zmg410ctsbt

B

2

3 × 230/400 V

0,05 - 5 (10) A

3 ó 4

zmg410ctsat

B

2

3 × 63,5/110 V

0,05 - 5 (10) A

3 ó 4

zmg405ctsbt

C

1

3 × 230/400 V

0,05 - 5 (10) A

2

zmg405ctsat

C

1

3 × 63,5/110 V

0,05 - 5 (10) A

2

Segundo.–Cualquier variación de las condiciones o requisitos que sirvieron de base para la presente Resolución deberá comunicarse a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Tercero.–Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento metrológico específico que regule el instrumento autorizado, sin perjuicio de obtener las prórrogas que esta Dirección General estime oportunas.

Cuarto.–Previamente a su instalación, los instrumentos objeto de la presente Resolución tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de junio de 2009.–La Directora General de Industria, Energía y Minas, Eva María Vázquez Sánchez.

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