Mediante la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Política Social, se dio cumplimiento a lo establecido en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento de los datos de carácter personal.
El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.
En base a lo anteriormente expuesto y con el fin de completar la relación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Política Social y Organismos dependientes, se procede a una nueva regulación mediante la presente disposición.
En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de Datos.
En su virtud, dispongo:
Primero. Se amplia el contenido del anexo I de la Orden de 21 de julio de 1994 con la creación de un nuevo fichero automatizado, denominado «Salud y Prevención de Riesgos», cuyos datos figuran en el anexo de esta orden.
Segundo. El titular de la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, como órgano responsable del fichero, adoptará, bajo la superior dirección de la Ministra de Sanidad y Política Social, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
Tercero. Los datos contenidos en este fichero solo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la Ley.
Cuarto. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de septiembre de 2009.–La Ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez García-Herrera.
1. Denominación del fichero: Salud y Prevención de Riesgos
Finalidad: Gestión sanitaria preventivo-curativa de los trabajadores y gestión y tratamiento de la información necesaria para la prevención de los riesgos laborales.
Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Trabajadores de los Servicios Centrales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Obtención directa de los propios trabajadores o mediante la cumplimentación de formularios y a través de la realización de reconocimientos o pruebas.
Cesión de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: No está prevista la cesión de datos en materia de salud laboral, salvo que estos sean necesarios para la adecuada atención sanitaria, en los términos que se derivan de la aplicación de la normativa reguladora del Sistema de Información del Sistema Nacional de Salud, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, y en los supuestos establecidos en el artículo 10.5 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. En materia de prevención de riesgos laborales, a la autoridad laboral e Inspección de Trabajo, en los términos previstos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Órganos de las Administraciones responsable del fichero: Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
Servicios ante los cuales se podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Prevención y Salud Laboral -Subdirección General de Gestión Económica y Recursos Humanos, calle Alcalá, 56. 28071 Madrid.
Medidas de Seguridad con indicación de nivel: Alto.
Estructura básica del fichero: Base de datos. Sistema de información automatizado.
Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI, dirección postal y electrónica, teléfono, número de Seguridad Social. Datos de características personales: Sexo, fecha de nacimiento. Datos profesionales: Grupo de cotización, antigüedad en el puesto de trabajo. Datos de empleo: Fecha de cese en la empresa y motivo. Datos de salud: Historia clínica.
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